26.04.2024 |
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ALERTA El Diario de Cantabria

CASO RIBAMONTÁN AL MONTE

El sistema corrupto del PRC-PSOE. Nóminas sin desempeñar ningún trabajo, contratos a dedo y pagos sin justificar

El alcalde regionalista Francisco Arco reconoce, según consta en el escrito del juez, haber cometido determinadas irregularidades, si bien las justificó en que, «tanto dicho Ayuntamiento, como otros, habían actuado de dicha forma en el pasado, lo cual considera que le habilita para perpetuar dichas prácticas ilegales y, posiblemente, delictivas»

Se investiga una presunta prevaricación  y malversación de fondos públicos | El PRC espera que «la Fiscalía archive» el caso

El regionalista Joaquín Arco. De la negación y el silencio, a la imputación del juez

Los seis imputados por presuntos delitos de prevaricación y malversación en el Ayuntamiento de Ribamontán al Monte, de izquierda a derecha: Mercedes Fernández, Jesús García, Joaquín Arco, Lidia Ruiz, Fernando González y Raúl Fermín Ruiz. / ALERTA
Los seis imputados por presuntos delitos de prevaricación y malversación en el Ayuntamiento de Ribamontán al Monte, de izquierda a derecha: Mercedes Fernández, Jesús García, Joaquín Arco, Lidia Ruiz, Fernando González y Raúl Fermín Ruiz. / ALERTA
El sistema corrupto del PRC-PSOE. Nóminas sin desempeñar ningún trabajo, contratos a dedo y pagos sin justificar

Los regionalistas y socialistas de Ribamontán al Monte tendrán que explicar ante el juez irregularidades que supuestamente vienen cometiendo en el Consistorio desde 2016. El alcalde regionalista de Ribamontán al Monte, Joaquín Arco y los ediles de la Corporación, Raúl Fermín Ruiz, Fernando González, Mercedes Fernández, del PRC y Jesús García, del PSOE, así como la exconcejal  Lidia Ruiz, también del PRC, han sido procesados por presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación de fondos públicos. Por el momento, ninguno de los investigados ha renunciado a su cargo y se mantienen en sus puesto, a pesar del demoledor escrito del juez que deja en evidencia la gestión que han realizado de los fondos del Ayuntamiento. La causa investiga el supuesto pago irregular de unas facturas por importe cercano a los 20.000 euros tras una denuncia presentada en 2018.

Según el auto al que ha tenido acceso ALERTA, el magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Santoña sostiene que hay «argumentos jurídicos sólidos» para sentar en el banquillo a Arco y sus colaboradores ya que, como se refleja en las diligencias previas, los imputados habrían dictado resoluciones administrativas con pleno conocimiento de que eran irregulares.

Además, el magistrado pone de relieve que tanto el alcalde como los miembros de la Corporación que apoyaron estos presuntos delitos habían sido advertidos acerca de la ilegalidad que estarían cometiendo en seis expedientes entre 2016 y 2018 pero que aún así, siguieron adelante.

De hecho, el mismo Francisco Arco  reconoce, según consta en el escrito del juez, haber cometido determinadas irregularidades, si bien las justificó en que, «tanto dicho Ayuntamiento, como otros, habían actuado de dicha forma en el pasado, lo cual considera que le habilita para perpetuar dichas prácticas ilegales y, posiblemente, delictivas». El propio magistrado se muestra sorprendido y encuentra en las declaraciones de Arco «el propio reconocimiento de hechos» lo que es «el argumento más favorable» para la continuación del proceso.

Seis expedientes que tendrán que explicarse en el Juzgado. El auto recoge seis presuntas irregularidades por las que los investigados tendrán que sentarse ante el juez. La primera de ellas data de 2016, cuando se asignó a V.G.P el puesto de coordinadora del Centro de Comunicación del Ayuntamiento de Ribamontán al Monte, donde «estuvo sin desempeñar trabajo alguno» hasta 2019 y ocupando un puesto para el que no tenía cualificación.

En este caso, la interventora municipal ha declarado que el propio alcalde reconoció que la persona a la que se estaba pagando la nómina «no estaba realizando función alguna», que no estaba cualificada para el puesto y que, de hecho, el puesto ni siquiera estaba creado cuando V.G.P ya estaba cobrando. Además, la propia V.G.P. reconoció en sede judicial que había estado ocupando la plaza en el Ayuntamiento y cobrando una nómina sin desarrollar actividad laboral alguna.  Según el escrito del juez, el Consistorio debería haber suspendido el contrato pero, en lugar de ello, se continuó con el contrato y se siguieron pagando las nóminas a pesar de que la trabajadora «no desempeñaba labor alguna». El texto también detalla que la situación «fue advertida en varias ocasiones por la persona experta en derecho» y que sus avisos fueron «ignorados deliberadamente» por el Ayuntamiento, a propuesta del alcalde, y con el voto a favor de los concejales.

Contratación de un aparejador. El juez también ha investigado la contratación de un aparejador como técnico municipal en 2017, que se hizo sin seguir «procedimiento administrativo de contratación de ningún tipo». Este puesto de trabajo se adjudicó por medio de un contrato menor que, aunque no puede prorrogarse, se ha venido haciendo sin sacar dicha plaza a concurso.  Respecto a este caso, Arco tenía «conocimiento de esta irregularidad, tanto que acordó abrir un procedimiento selectivo, pero el aparejador continuaba desempeñando sus funciones sin que se hubiera regularizado su contratación». De hecho, según el auto, la interventora declaró en sede judicial que los concejales investigados «le pidieron que no dijera nada ante esta contratación irregular». Según esta misma declaración, la contratación se hizo porque era el «deseo» del alcalde.

Pagos sin justificar. Tampoco parece claro a ojos del juez el pago de facturas de los servicios jurídicos prestados a Joaquín Arco por unos delitos de coacciones y contra la intimidad. Estos cargos se presentaron ante la Junta de Gobierno siendo recibidas «negativamente» por parte del Intervención. A pesar de que los defectos no fueron subsanados, en febrero de 2017 se acordó el pago de las facturas «bajo advertencia de expediente disciplinario». Según el auto, estos defectos consistían en la inexistencia del procedimiento de aprobación del gasto ni la comprobación de que los trabajos se habían realizado.  También está bajo la lupa del juez la contratación, en febrero de 2017, de los servicios informáticos del Ayuntamiento a la empresa Ahora Conecta, ya que la cuantía del procedimiento «era superior» a la que correspondía y además la empresa continuó prestando el servicio más del año establecido en este tipo de contratos. La propuesta de contratación no figuraba en el orden del día del Pleno en el que se llevó a cabo el acuerdo y tampoco se solicitaron tres presupuestos antes de adjudicar el trabajo, tal y como es prescriptivo. Además, fue Arco el que hizo «la contratación en nombre del Consistorio», cuando este tipo de procedimientos deben realizarse por acuerdo de la Junta de Gobierno. Según el texto al que ha tenido acceso este medio, se constata «nuevamente» que debería haberse seguido un procedimiento distinto del contrato menor pero el alcalde termina «ordenando que se realice de manera irregular».

Se investiga una presunta prevaricación  y malversación de fondos públicos

Nombramiento de la tesorera. El nombramiento de la tesorera del Ayuntamiento también está bajo sospecha ya que se nombró, en febrero de 2017, a la persona que ejercía de interventor, «siendo cargos incompatibles», sin que se procediera a la creación de la plaza de tesorera mediante procedimiento administrativo. Además, se hizo a través del alcalde y no de la consejería correspondiente.

Pago por una condena prescrita. Por último, el auto también se fija en el acuerdo de pago del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), en febrero de 2018, de una condena que ya había prescrito, sin que existiera procedimiento previo de valoración o liquidación de la deuda que se estaba abonando. De hecho, la secretaria-interventora del Ayuntamiento advirtió de la «ilegalidad» de este acuerdo pero todos los concejales investigados votaron «levantar este reparo».

En el auto, se acuerda dar traslado de las diligencias previas al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que, en el plazo de 10 días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación. Contra esta resolución, cabe interponer recurso.

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