26.04.2024 |
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JUGADOS LLOREDO

La Justicia anula casi 15.000 euros de plusvalías del Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo

El jugado ha anulado unas plusvalías facturadas por este Ayuntamiento a una propiedad adquirida en 2016
Vista de la localidad de Comillas enclavada en el municipio de Alfoz de Lloredo. / ALERTA
Vista de la localidad de Comillas enclavada en el municipio de Alfoz de Lloredo. / ALERTA
La Justicia anula casi 15.000 euros de plusvalías del Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander ha anulado las plusvalías facturadas por el Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo a la propiedad de una finca adquirida en 2016 por valor de 197.383 euros.

La parte actora, representada por Romero y Cuadrillero Abogados, se opone a la desestimación de su recurso de reposición en lo que se refiere a la liquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza urbana (IIVTNU) como consecuencia de la venta en escritura pública de una finca que tenía una edificación en ruinas que fue rehabilitada por la parte demandante.Sentencia JCA-1 PA180-20 not 1mar21_page-0001

La sentencia recoge que la finca, tras la rehabilitación, pasó a valorarse en 122257,04 euros, lo que supone que si el valor de adquisición fue de 197383,55 euros, suma del precio de compra de la finca más las obras, «existe una pérdida de valor de 17383,55 euros», se detalla en el fallo al que ha tenido acceso este periódico.

«Esa pérdida de valor se demuestra además con pericial de parte. En todo caso, y aun aceptando una plusvalía fijada por el perito del ayuntamiento, la cuota es confiscatoria», asegura la sentencia.

El planteamiento de parte actora es sencillo: dado que en el precio de venta, 180 mil euros, no se distingue entre valor del suelo y construcción, lo que hace es añadir al valor del suelo al tiempo de la adquisición, 75 mil euros, el valor de la nueva construcción que tuvo que hacer, 122 mil.

En todo caso, aporta un informe pericial de valoración en el que resulta que se actualiza el valor del suelo a 2016 y a ello se une la depreciación del inmueble, fijando un valor actualizado de 248.000 euros. Para ello analiza la situación urbanística y de afecciones de la parcela.Sentencia JCA-1 PA180-20 not 1mar21_page-0016

La sentencia estima íntegramente la demanda presentada contra la Resolución del Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo sobre la liquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana girada por importe de 14.642 euros y, en consecuencia, se anulan las citadas plusvalías.

Las costas se imponen al Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo y contra la sentencia no cabe interponer recurso ordinario alguno, sin perjuicio de la posibilidad de recurso de casación, de concurrir los requisitos del art. 86 y ss LJ, que habrá de prepararse ante el Juzgado en el plazo de 30 días desde el siguiente al de la notificación del fallo.

La Justicia anula casi 15.000 euros de plusvalías del Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo
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