11.05.2024 |
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El TSJC reconoce como relación "laboral" la de un becario que trabajó en la Universidad de Barcelona (UB)

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha considerado una relación "laboral" la beca de un licenciado en Ciencias políticas y de la administración de la Universitat de Barcelona (UB) que durante dos periodos consecutivos de 11 meses de 2017 a 2019 fue becario adscrito al Curso de Formación de Personal Investigador de Usuarios de Animales de Experimentación.
El TSJC reconoce como relación "laboral" la de un becario que trabajó en la Universidad de Barcelona (UB)

BARCELONA, 28 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha considerado una relación "laboral" la beca de un licenciado en Ciencias políticas y de la administración de la Universitat de Barcelona (UB) que durante dos periodos consecutivos de 11 meses de 2017 a 2019 fue becario adscrito al Curso de Formación de Personal Investigador de Usuarios de Animales de Experimentación.

En la sentencia, consultada por Europa Press, la Sala Social del TSJC ha estimado parcialmente el recurso del becario y ha considerado que el cese por finalización de la beca constituye un "despido improcedente" y condena a la UB a readmitirlo o indemnizarlo.

La sentencia señala que el demandante "realizaba tareas propias de personal laboral" y asumió funciones que antes realizaba una técnica especialista administrativa y personal laboral de la UB en virtud de un contrato laboral en prácticas.

El tribunal considera que el estudiante realizaba funciones propias de un empleado, "haciendo suyos la UB los frutos del trabajo del becado, redudando su actividad en beneficio de la otorgante de la beca".

La sala señala en el fallo que la principal característica para diferenciar entre beca y relación laboral es que prima el beneficio formativo del becario frente al beneficio de la empresa, y la empresa "está actuando en claro fraude legal" cuando el becario realiza funciones que no son parte de aquellas que se consideran necesarias para adquirir la formación correspondiente a sus estudios.

No considera demostrado que la actividad "fuera propiamente formativa, pues no se encuentra relación entre tal desempeño de corte administrativo y la titulación de licenciado" en Ciencias políticas y de la administración y sus estudios de Máster de Formación de Profesorado de Secundaria y Bachillerato, FP y Enseñanza de Idiomas.

El TSJC reconoce como relación "laboral" la de un becario que trabajó en la Universidad de Barcelona (UB)
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