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España reconoció en los seis primeros meses del año a 178 apátridas, 173 de ellos saharauis

En 2020 se resolvieron de forma favorable más de 1.000 solicitudes y quedaron pendientes más de 1.300
España reconoció en los seis primeros meses del año a 178 apátridas, 173 de ellos saharauis

En 2020 se resolvieron de forma favorable más de 1.000 solicitudes y quedaron pendientes más de 1.300

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

España ha reconocido, entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021, a un total de 178 apátridas, de las 438 solicitudes que se presentaron a la Oficina de Asilo y Refugio, dependiente del Ministerio del Interior, en ese periodo. 173 de los reconocidos son ciudadanos saharauis.

Según los datos del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska, los apátridas reconocidos por España en lo que va de año son 112 hombres y 66 mujeres y, en su mayoría (109) son personas entre los 18 y 34 años. En este colectivo hay, además, 25 menores.

Todos ellos han pasado por un proceso que, según ha explicado a Europa Press el Comité Español de Ayuda al Refugiado (CEAR) es "enrevesado", con un formularios de "muchísimas paginas" y "complicadas" en las que han de "remontarse a sus padres, abuelos o bisabuelos", trasladando su documentación, para determinar si tienen algún vínculo con alguna nacionalidad o Estado. En el caso de ser así no serían apátridas.

Todo este proceso, destaca la entidad, se realiza en una situación en la que muchos no conocen el idioma, no tienen ayuda legal, o tienen diferentes niveles culturales. Además, debe solicitarse en territorio, y no siempre se obtiene permiso para ello, por su situación de ausencia de nacionalidad.

La coordinadora de Políticas y Campañas de CEAR en Sevilla, Lourdes Navarro, ha recordado que estas personas realizan esta 'reclamación' sin una nacionalidad reconocida que es "el reconocimiento básico" y "fundamental" para que una persona "pueda ejercer y tener derechos".

Así, apunta, la principal situación a la que se enfrentan estas personas es su ausencia de derechos y la inseguridad jurídica en la que viven.

SIN LEY ESPECÍFICA EN ESPAÑA

En España, ha señalado Navarro, se ha reconocido la convención del Estatuto de los Apátridas de 1954, que es el principal instrumento para regular esta materia a nivel nacional. Sin embargo, "no ha ratificado" la Convención de 1961 sobre apatridia que, es la principal figura de regulación internacional y que llamaba a los países a incluir "modificaciones internas" en esta materia que, Espala "no ha hecho".

En este sentido, el país cuenta con el decreto por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida que recoge el procedimiento a seguir, los plazos o la situación legal de los solicitantes, entre otras medidas.

Sin embargo, para la coordinadora de Políticas y Campañas de CEAR Sevilla ha denunciado la "clarísima improvisación" que hay en esta materia y que lleva a que algunos casos se extrapole la medida a la Ley de Asilo cuando "la problemática" de los apátridas es "muy diferente" a los refugiados o solicitantes de protección internacional.

"Actualmente quienes solicitan el estatuto de apátrida tienen acceso a las mismas prestaciones sociales que quienes solicitan asilo, pero no es un derecho especificado en su reglamento", ha explicado Navarro, que también ha señalado que hay "lagunas legales" y "situaciones que no están reguladas". Es por eso que desde CEAR reclaman una ley específica para estas personas y sus peculiaridades.

DIFERENCIAS CON REFUGIADOS

Cuando eres solicitantes de la apatridia, ha apuntado Navarro, no cuentas con derecho a una permanencia legal en el país, como sí lo tienen los de asilo o protección y tampoco se les permite trabajar a pesar de que la resolución puede tardar años. En el caso de los que piden asilo o protección, sí se les permite trabajar pasados seis meses.

Además, una vez reconocida la situación como apátrida, que permite residir y trabajar durante 5 años en el país, la reagrupación familiar es compliacada porque, indica Navarro, se deriva a la aplicación de la Ley de Extranjería sin tener en cuenta que los familiares de esta persona también son apátridas y no tienen documentación para viajar. Este proceso, apunta, suele durar 1 año siendo "un derecho fundamental".

Estas situaciones, insiste la coordinadora en CEAR Sevilla, demuestran la "improvisación" con la que el país ha legislado esta materia y las "lagunas" que existen para estas personas.

INTERVENCIÓN DE LA JUSTICIA

Las más de 430 solicitudes de asilo realizadas en los seis primeros meses de 2021 van en la línea de años anteriores. En todo 2020 se registraron 913 nuevas solicitudes, según los datos de Interior. En cuanto a las resoluciones favorables (en las que se incluyen procesos iniciados en años anteriores), en 2020 se reconoció a 1.803 apátridas.

El Ministerio explica que, en total, el año pasado se resolvieron un total de 3.601 expedientes, es decir, la tasa de reconocimiento es cercana al 50%. También señala que quedaron pendientes en 2020 unos 1.380 expedientes por resolver.

Es la cifra más baja, en cuanto a pendientes, en los últimos cuatro años. Los años 2018 y 2019 se cerraron con más de 4.000 solicitudes pendientes de resolución.

CEAR ha explicado que en 2008 se presentaron más de 800 solicitudes de saharauis y que todas ellas fueron denegadas, por lo que se decidió acudir a la Justicia. La Audiencia Nacional les dio la razón sobre las denegaciones, que fueron recurridas por la abogacía del Estado al Supremo, que estimó que las personas saharauis tenían derecho a la apatridia.

A partir de ese momento, ha explicado Navarro, se han concedido prácticamente todas. En concreto, ha señalado, para explicar que esta resolución favorable se realiza según ciertos criterios, como que las personas procedan del campamento de Tinduf o que acrediten no tener la nacionalidad ni española, ni marroquí ni argelina.

España reconoció en los seis primeros meses del año a 178 apátridas, 173 de ellos saharauis
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