26.04.2024 |
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La Audiencia Nacional revoca el pase a tercer grado del etarra Unai Fano porque no ve "arrepentimiento expreso"

Observa un "propósito utilitarista" en las manifestaciones de perdón de los presos etarras
La Audiencia Nacional revoca el pase a tercer grado del etarra Unai Fano porque no ve "arrepentimiento expreso"

Observa un "propósito utilitarista" en las manifestaciones de perdón de los presos etarras

MADRID, 4 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha revocado la decisión de Instituciones Penitenciarias de conceder el tercer grado al etarra Unai Fano Aldasoro, condenado a 20 años de cárcel, porque no aprecia un "arrepentimiento expreso" de los delitos cometidos y del daño causado.

En un auto del 23 de septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal estima un recurso de la Fiscalía, donde se oponía a que el preso etarra disfrutara del régimen de semilibertad, al considerar que es "prematuro e improcedente". Fuentes penitenciarias han confirmado que continúa en segundo grado en la cárcel de Bilbao.

Fano Aldasoro está en prisión desde 2008 cumpliendo una condena de 20 años de cárcel por delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia de explosivos y armas, falsificación de documento oficial y hurto.

En enero de 2021 se le clasificó para tercer grado con la obligación de pernoctar en el centro penitenciario, si bien el pasado mes de junio se le permitió dormir fuera a cambio de imponerle un control telemático.

El Ministerio Fiscal impugnó la resolución del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria en la que se autorizaba el tercer grado aduciendo que Fano Aldasoro no había cumplido con el requisito legal de hacer "una declaración expresa de repudio de su actividades delictivas y de abandono de la violencia".

La Fiscalía argumentó, según recuerda la Sala, que "la mera manifestación de 'un compromiso' con 'las vías legales' que, si bien sería un elemento imprescindible y suficiente en cualquier otro interno no condenado por delitos terroristas (...), se revela insuficiente en este caso".

Para el Ministerio Público, Fano Aldasoro "se mueve en un plano absolutamente general de arrepentimiento", indicando que solo ha hecho "una superficial referencia expresa al arrepentimiento de 'sus acciones' y perdón 'a sus víctimas'".

Asimismo, entiende el fiscal que el pase a tercer grado es prematuro porque ni siquiera ha disfrutado de permisos. Fano Aldasoro cumplirá las tres cuartas partes de su condena el 19 de septiembre de 2023 y la extinguirá por completo el mismo día de 2028.

UN ARREPENTIMIENTO "UTILITARISTA"

La Sala hace suyos los argumentos de la Fiscalía, restando importancia al hecho de que en las entrevistas realizadas de cara a obtener el tercer grado Fano Aldasoro mostrara su oposición a cualquier uso de la violencia como medio de actuación social o política y expresara su pesar por el daño causado.

Los magistrados subrayan que el preso hizo estas manifestaciones una vez adoptado el acuerdo para su progresión a tercer grado y a petición del propio juzgado, a lo que añaden que las palabras de Fano Aldasoro no tienen un contenido "sustancialmente diferente" a lo dicho por otros presos etarras.

Creen que, al igual que los otros internos de ETA, "no cabe descartar un propósito utilitarista" para conseguir beneficios penitenciarios, dado que se trata de "escritos de carácter genérico y superficial" donde "se vincula la comisión de delitos terroristas en el ámbito de lo que se denomina lucha política".

En cuanto a las víctimas, señalan los magistrados, se hace "un reconocimiento genérico del dolor causado", "dentro de las líneas generales de las directrices de la banda una vez anunciado el cese de la violencia".

En el caso concreto de Fano Aldasoro, la Sala observa "una tendencia a la minimización de los delitos cometidos, apuntando incluso que se cometieron en Francia y que no hubo acciones ni víctimas". "No se muestra arrepentimiento expreso", concluyen.

Le critican en particular que, al ser preguntado sobre si estaría dispuesto a mantener un encuentro con las víctimas en el supuesto de que éstas los solicitaran, contestó que él no tiene víctimas, remitiéndose a dichas manifestaciones.

"DESEOSO" DE LLEVAR "UNA VIDA ORDENADA"

En el auto se explica que, entre las razones que se esgrimieron para darle el tercer grado, se reflejaba que "el penado está muy deseoso de llevar una vida ordenada en el exterior", "sin problemas".

También se destacaba como "factores positivos" un "desempeño adecuado en destinos", citando sus labores como auxiliar de limpieza y en la panadería, el "apoyo familiar" y el nivel formativo.

Se indicaba asimismo que los delitos por los que fue condenado tienen "un pronóstico de reincidencia medio bajo", aunque la Sala reprocha en este punto que no se aportó ningún cálculo para respaldar tal afirmación.

Cabe recordar que la Audiencia Nacional ya ha retirado beneficios penitenciarios concedidos a presos etarras al entender que las manifestaciones a modo de arrepentimiento son "significativamente idénticas". "No hay petición de perdón expreso a las concretas víctimas de sus acciones terroristas", decía el pasado mes de febrero al revocar la redención extraordinaria de 45 días que se aprobó para el etarra Sebastián Echaniz Alcorta.

La Audiencia Nacional revoca el pase a tercer grado del etarra Unai Fano porque no ve "arrepentimiento expreso"
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