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Veredicto unánime: el jurado declara culpables de homicidio doloso a los acusados por la muerte de Carlos Cubillas

La fiscal ratifica su petición de trece años de cárcel, a la que se adhiere la familia de la víctima, y las defensas interesan diez

Una de las sesiones del juicio de Boo. / EP
Una de las sesiones del juicio de Boo. / EP

El jurado popular constituido para enjuiciar a Rubén G.A. y Ángel R.C., acusados de provocar la muerte de Carlos C., un joven de 21 años vecino de Polanco, ha emitido un veredicto de culpabilidad por delito de homicidio doloso, adoptado por unanimidad. Los hechos enjuiciados tuvieron lugar el 3 de febrero de 2024 en el apeadero de tren de Boo de Piélagos, tras una pelea iniciada en el interior del convoy.

El tribunal ha considerado probado que los acusados actuaron con intención de causar la muerte o, al menos, siendo plenamente conscientes de la alta probabilidad de que sus actos condujeran a ese desenlace fatal. Según el objeto del veredicto, ambos procesados propinaron puñetazos y patadas a la víctima, golpeándole incluso cuando esta ya se encontraba en el suelo. A consecuencia de dichos actos, Carlos cayó a la vía ferroviaria desde el andén, donde sufrió un impacto contra elementos metálicos que le causó una conmoción medular y un fallo respiratorio inmediato.

La deliberación del jurado, que se prolongó durante cerca de doce horas, tuvo lugar tras cuatro sesiones de vista oral celebradas en la Audiencia Provincial de Cantabria. A la lectura del veredicto, la fiscal del caso ratificó su solicitud de trece años de prisión para cada uno de los acusados, una petición a la que se adhirió la acusación particular, ejercida por la familia del fallecido. Ambas partes consideran de aplicación la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de reparación del daño, en virtud de las consignaciones económicas realizadas por los procesados antes del juicio.

Por su parte, las defensas, que inicialmente solicitaban la absolución al entender que se trató de un accidente, han solicitado la imposición de la pena mínima legal, es decir, diez años de prisión, expresando además su “absoluta discrepancia” con el veredicto y anunciando su intención de recurrir la sentencia que en los próximos días dictará el magistrado presidente de la Sección Tercera de la Audiencia.

Contexto de los hechos

El jurado ha concluido que los tres jóvenes coincidieron en el mismo vagón del tren que cubría la línea entre Santander y Boo. Minutos antes de llegar al apeadero, se inició una discusión verbal. Ya en el andén, Rubén y Ángel agredieron físicamente a Carlos con puñetazos y patadas, lo que hizo que este, en estado de embriaguez, cayera al suelo del andén y posteriormente a la vía, desde una altura de aproximadamente un metro. El impacto con los raíles, sin posibilidad de protección física por parte de la víctima, le provocó una lesión medular de carácter irreversible.

Los miembros del jurado han considerado probado que los acusados no prestaron ningún tipo de auxilio a la víctima, abandonando el lugar de los hechos pese a estar en condiciones de haber solicitado ayuda sin poner en riesgo su integridad. Esta omisión del deber de socorro, si bien no se configura como un delito independiente en la sentencia, ha sido valorada dentro de la conducta dolosa.

Asimismo, ha resultado acreditado que uno de los acusados, Rubén G.A., pidió a sus allegados que borraran mensajes y conversaciones mantenidas sobre los hechos con la intención de eludir su responsabilidad penal. Este comportamiento ha sido interpretado como un indicio claro de conciencia de culpabilidad.

Análisis forense y otras pruebas

La autopsia practicada al cuerpo de la víctima determinó la existencia de múltiples lesiones de carácter contuso y evidenció una conmoción medular por hiperextensión e hiperflexión cervical, sin fracturas óseas. La causa inmediata del fallecimiento fue un fallo respiratorio derivado del impacto sufrido al caer a la vía. El estado de embriaguez de la víctima, si bien se constató —1,35 gramos por litro de sangre— no ha sido considerado una concausa significativa en el fallecimiento por parte del jurado.

Los jurados también han considerado probado que, en el momento de la agresión, la víctima tenía limitada su movilidad debido a la posición de sus prendas de ropa —sudadera y camiseta subidas— lo que le impedía tanto defenderse como amortiguar la caída.

Calificación jurídica y responsabilidad penal

El jurado ha declarado que los acusados actuaron de forma conjunta y concertada, aprovechando su superioridad numérica y física, para agredir a la víctima, lo que constituye la agravante de abuso de superioridad. Del mismo modo, han valorado como atenuante la reparación del daño, al haberse consignado 25.000 euros en total por ambos acusados a favor de la familia del fallecido.

En cuanto al análisis de la capacidad cognitiva y volitiva de uno de los procesados, el jurado no ha alcanzado unanimidad respecto a la influencia del TDAH que padece y del consumo de alcohol en el momento de los hechos, aunque una mayoría ha descartado que estos factores limitaran de forma significativa su comprensión o su voluntad.

El veredicto también establece expresamente que no procede la concesión de beneficios penitenciarios ni el indulto, total o parcial, para ninguno de los acusados.

Próximos pasos

Tras el pronunciamiento del jurado, el magistrado presidente dictará la sentencia correspondiente, previsiblemente en los próximos días. La resolución establecerá la pena definitiva dentro del marco legal del artículo 138 del Código Penal (homicidio doloso) y en coherencia con el veredicto emitido. La defensa ha anunciado ya la interposición de recurso de apelación, por lo que el caso podría ser revisado por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

La muerte de Carlos C., ocurrida en un contexto de violencia en un entorno público, ha conmocionado a la sociedad cántabra. El fallo del jurado constituye un hito relevante en la tipificación de actos violentos en entornos urbanos y reabre el debate sobre la seguridad en infraestructuras de transporte público y el impacto del consumo de alcohol entre jóvenes.

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