28.04.2024 |
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TRIBUNALES

Ratifican la condena al conductor de un autobús por abusos a una menor en Cantabria

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a dos años de prisión a un conductor de autobús por realizar tocamientos reiterados a una pasajera menor de edad
Un autobús de ALSA en la estación. / Alerta
Un autobús de ALSA en la estación. / Alerta
Ratifican la condena al conductor de un autobús por abusos a una menor en Cantabria

La Sala de lo Civil y Penal del TSJC ha ratificado la pena de dos años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial a un conductor de autobús que realizó tocamientos de manera reiterada a una pasajera menor de 16 años. La sentencia destaca la existencia de "contactos corporales inconsentidos con significación sexual".

La resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, desestima el recurso de apelación presentado por el acusado, al que se adhirió la Fiscalía. La condena también incluye el pago de costas procesales y no es firme, ya que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El hombre fue considerado autor de un delito continuado de abuso sexual, aplicándose la atenuante de la responsabilidad penal de reparación del daño, ya que tres días antes del juicio consignó 3.000 euros para la indemnización a la menor.

Además de la pena de prisión, la Audiencia le inhabilitó para cualquier profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular con menores de edad durante seis años. Asimismo, se le prohibió aproximarse o comunicar con la víctima durante el mismo periodo y se le impuso una medida de libertad vigilada de dos años. En concepto de responsabilidad civil, se fijó una indemnización de 2.500 euros a favor de la menor por el daño moral causado.

Los hechos probados, recogidos en la sentencia de instancia y admitidos por el TSJC, indican que entre junio y octubre de 2021, el acusado realizó de manera "reiterada e intencionada tocamientos en la zona de los pechos y glúteos" a la menor, usuaria habitual del servicio de autobús.

El tribunal concluyó que el relato de la víctima era "persistente, coherente y verosímil", contando con suficiente corroboración periférica de diferentes testigos. Además, el acusado reconoció haber propinado un abrazo a la menor, comunicarse con ella a través de su teléfono móvil e invitarla de forma injustificada en los trayectos de autobús.

En su recurso al TSJC, el procesado solicitaba la absolución o, de forma subsidiaria, una condena de multa y la revisión de las penas impuestas. Sin embargo, el tribunal ha concluido que el relato de la víctima es "persistente, coherente y verosímil", contando con corroboración periférica y evidencias en grabaciones de cámaras de la estación de autobuses.

La sentencia destaca que las acciones cometidas por el acusado constituyen "contactos corporales inconsentidos con significación sexual", configurando el delito de abuso sexual continuado a menor de 16 años. Aunque solo se han individualizado los hechos de dos días, se ha acreditado que se realizaron numerosos tocamientos a lo largo del periodo mencionado.

Ratifican la condena al conductor de un autobús por abusos a una menor en Cantabria
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