26.04.2024 |
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El gerente de SVS asegura que la justicia avala las cláusulas de los alquileres públicos

José Antonio Gómez / Foto: Popular TV
José Antonio Gómez / Foto: Popular TV
El gerente de SVS asegura que la justicia avala las cláusulas de los alquileres públicos

El gerente de la Sociedad de Vivienda y Suelo (SVS), José Antonio Gómez, ha asegurado que la justicia ha avalado las cláusulas de los contratos de las viviendas de alquiler con opción a compra promovidas por esta sociedad en la sentencia de una demanda por impago a una inquilina.

Gómez ha explicado que el fallo judicial, que responde a una demanda interpuesta en diciembre de 2018 por la SVS, acredita que se incluya en el contrato el requerimiento del pago de una garantía adicional de dos mensualidades y también del IBI y los gastos de comunidad.

Así ha respondido en un comunicado a los portavoces del PSOE y Unidas por Santander (UxS), Daniel Fernández y Miguel Saro, respectivamente, que han pedido la comparecencia de Gómez en una comisión extraordinaria y urgente de Desarrollo Sostenible argumentando que la sentencia judicial tilda de "abusivas" las cláusulas en alquileres públicos municipales.

Gómez ha considerado "extremadamente grave" que "tengan la osadía de cuestionar una sentencia judicial" cuando el juez "deja claro" que, según el régimen legal actual, "la repercusión al arrendatario de tales gastos y tributos es conforme a la ley".

Para el gerente de la SVS es "inconcebible" la postura del PSOE y UxS ante un fallo judicial "contundente, que no deja lugar a dudas sobre la legalidad de las cláusulas de los contratos", y teniendo en cuenta de que los precios por metro cuadrado de los alquileres con opción a compra de esta promoción fueron aprobadas en Consejo de Administración de la Sociedad el 1 de octubre de 2014 por unanimidad, es decir, incluidos los representantes de los grupos de la oposición.

Además, el magistrado "quita la razón a la inquilina", que en su defensa tachó las cláusulas de abusivas, afirmando que la fianza "no puede considerarse desproporcionada, ya que garantiza el pago en caso de incumplimiento, que a la vista está que ya se ha producido".

De esta forma, "lo único que reprocha el juez" a la SVS es que no se detallaran en el contrato las cantidades que se tenían que abonar como IBI y gastos de comunidad, porque en el momento de formalizarse dicho contrato de alquiler con opción a compra la comunidad aun no estaba constituida y por tanto dichas cantidades se desconocían, ha explicado Gómez.

Esta demanda fue promovida por la SVS contra una inquilina en diciembre de 2018 por impago, donde se la reclamaban las deudas hasta esa fecha. En octubre de 2017 ya hubo otra demanda hacia la misma inquilina por la que fue condenada al pago de las deudas, que ascendían a 3.222 euros.

Posteriormente, en enero de 2018, se firmó con ella un acuerdo para facilitar el pago e ir poniéndose al día de la deuda, pero la cantidad impagada siguió aumentando a lo largo de 2018, por lo que en diciembre de 2018 se le reclamó nuevamente, lo que derivó que en marzo de 2019 esta sentencia le condenase al pago de 4.168 euros que eran las rentas acumuladas desde diciembre de 2018.

La sentencia da la razón a la SVS y condena a la inquilina a pagar el alquiler adeudado y también las costas judiciales, si bien le eximen del IBI y los gastos de comunidad al no haber quedado fijadas las cantidades en el contrato puesto que cuando se firmó no se había constituido aún la comunidad de propietarios ni el Ayuntamiento había publicado los precios del impuesto, que se actualizan cada año, ha remachado Gómez.

Según ha indicado, en este caso el coste de alquiler de la vivienda con opción a compra, de 111 metros cuadrados construidos, además del garaje y el trastero, es de 428 euros al mes, "lo que representa 3,8 euros por metro cuadrado al mes, que es menos de la mitad del alquiler medio en Santander", ha matizado.

Asimismo, ha precisado que este tipo de viviendas con opción a compra "no son de alquiler social", de las que dispone el Ayuntamiento en otros inmuebles donde se calcula la renta en función de los ingresos.

Y ha incidido en que "la SVS ha sido sensible al estado de vulnerabilidad social de la inquilina permitiendo que siga disfrutando de esa vivienda de tres dormitorios, garaje y trastero a pesar de que no ha cumplido con la sentencia y no ha abonado desde entonces las cantidades pendientes por el alquiler".

En este sentido, ha expresado su "desconcierto" porque "ni el PSOE ni UxS hayan hecho alusión a la situación de la persona demandada, que "también ha sido atendida por los Servicios Sociales".

"Parece que al portavoz socialista y de UxS solo les interesa criticar, mentir y manipular, resultándoles indiferente la situación de la ciudadana que ha perdido la demanda, a la que no aluden en ningún momento en sus declaraciones", ha apostillado Gómez.

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