03.05.2024 |
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El Ayuntamiento de Santander debe reconocer el permiso de paternidad a un policía

El juez ordena reconocer permiso de paternidad a policía local, con indemnización de 3.000 euros. Sentencia anula resolución previa, considerando requisitos ilegítimos e impone costas procesales.

Un agente de la Policía Local de Santander frente al Ayuntamiento. / Alerta
Un agente de la Policía Local de Santander frente al Ayuntamiento. / Alerta
El Ayuntamiento de Santander debe reconocer el permiso de paternidad a un policía

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander ha emitido un fallo que ordena al Ayuntamiento reconocer el derecho al permiso de paternidad de un agente de policía local. Esta decisión judicial viene acompañada de una indemnización de 3.000 euros para el trabajador, en concepto de compensación por la denegación de su solicitud.

La sentencia, emitida la semana pasada y divulgada este martes, ha establecido que el Ayuntamiento debe acatar el derecho al permiso de paternidad del agente, quien había presentado su solicitud en noviembre de 2022, cumpliendo con los requisitos establecidos y adaptándose a las condiciones especiales de su horario laboral.

Sin embargo, la administración municipal rechazó la solicitud del trabajador, basándose en una instrucción de personal fechada un mes antes, la cual establecía condiciones específicas para el disfrute del permiso de paternidad, incluyendo un cómputo de horas restantes y semanas interesadas.

Ante esta negativa por parte del Ayuntamiento, el policía local decidió interponer un recurso contencioso-administrativo, buscando la anulación de la resolución y el reconocimiento de su derecho al descanso pendiente, el cual estimaba en 28 días.

La jueza encargada del caso decidió a favor del trabajador, anulando la resolución que denegaba su solicitud y reconociendo su derecho al permiso de paternidad conforme a la normativa vigente. En su fallo, la magistrada determinó que la instrucción municipal no era aplicable en este caso, argumentando que había sido emitida después del nacimiento del hijo del policía local y que introducía requisitos no contemplados en la ley.

Asimismo, la jueza ordenó al Ayuntamiento indemnizar al trabajador con 3.000 euros por los daños causados, ya que la denegación del permiso de paternidad le impidió solicitar a la Seguridad Social la prestación correspondiente por un periodo de 28 días. Esta indemnización, además, estaría exenta de impuestos.

Además de la compensación económica, la administración municipal también fue condenada al pago de las costas procesales, cuyo monto fue limitado a 800 euros por la jueza.

La sección sindical de CSIF en el Ayuntamiento de Santander ha valorado positivamente esta sentencia, considerándola como un paso importante en la defensa de los derechos de los trabajadores. Para el sindicato, el permiso de paternidad es un derecho fundamental que permite la conciliación entre la vida laboral y familiar, y este fallo judicial refuerza esa premisa.

El sindicato también ha señalado que este conflicto podría haberse evitado si el Ayuntamiento hubiera tomado en consideración un escrito presentado por CSIF para revocar la instrucción municipal que establecía condiciones restrictivas para el disfrute del permiso de paternidad.

En conclusión, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander representa un avance en la protección de los derechos de los trabajadores, en particular en lo que respecta al permiso de paternidad. Esta decisión judicial reafirma la importancia de garantizar el cumplimiento de la normativa laboral y la conciliación entre la vida laboral y familiar.

El Ayuntamiento de Santander debe reconocer el permiso de paternidad a un policía
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