29.04.2024 |
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TRIBUNALES

El TC golpea nuevamente al Supremo y ampara a Otegi, que no volverá a ser juzgado por intentar reconstruir Batasuna

El Tribunal Constitucional anula la repetición del juicio contra Arnaldo Otegi, líder de la izquierda abertzale, en el 'caso Bateragune'. La decisión genera controversia y podría llevar a una indemnización.
El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi. EP / H. Bilbao
El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi. EP / H. Bilbao
El TC golpea nuevamente al Supremo y ampara a Otegi, que no volverá a ser juzgado por intentar reconstruir Batasuna

A mediados de diciembre de 2020, se marcó un hito en el panorama judicial español cuando los dieciséis magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo, de forma unánime, resolvieron que la Audiencia Nacional debía someter a un nuevo juicio al líder de la izquierda abertzale, Arnaldo Otegi, en relación al conocido como 'caso Bateragune'. Este caso giraba en torno al intento de reconstrucción de la ilegalizada Batasuna, siguiendo, según se argumentó, "instrucciones de ETA".

Sin embargo, la reciente decisión del Tribunal Constitucional ha redefinido el curso de este asunto. En una votación que reflejó la diversidad de opiniones dentro del órgano judicial, con 7 votos a favor y 4 en contra, se determinó anular la sentencia del Supremo y, sorprendentemente, evitar la repetición del juicio.

Este último aspecto ha desencadenado un intenso debate dentro del seno del Tribunal Constitucional. Según informaciones de fuentes cercanas al proceso, una parte significativa de los magistrados respaldaba la ponencia de Juan Carlos Campo, la cual abogaba por anular el fallo del Supremo pero no compartía la idea de evitar la repetición del juicio. Esta divergencia ha dejado al descubierto tensiones y discrepancias, ya que algunos consideran que impedir la repetición del juicio puede generar indefensión para las partes personadas en el caso.

La sorpresa ante esta decisión radica en que, en la práctica, implica una modificación de la doctrina consolidada en la admisión de impugnaciones por vulneración de derechos fundamentales. Según expertos consultados, esta posición del Tribunal Constitucional podría tener consecuencias de gran alcance en futuros casos similares.

No obstante, la situación se complica aún más al tener en cuenta que Arnaldo Otegi no cumplió con el trámite de plantear un incidente previo de nulidad en el propio Supremo antes de dirigirse en amparo al Constitucional. Este "óbice", según fuentes del Tribunal Constitucional, no fue tenido en cuenta por la mayoría de los magistrados, lo que, según los expertos, supone un ajuste peculiar en la interpretación de las normativas y una apertura a revisar la doctrina jurídica establecida.

Esta histórica resolución también revive el recuerdo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que en 2018 respaldó las pretensiones de Otegi, condenando a España por vulnerar el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Este precedente fue la base para que Otegi instara la revisión de su sentencia condenatoria ante el Supremo.

El TEDH argumentó que el juicio en la Audiencia Nacional no cumplió con todas las garantías, señalando la participación de la magistrada Ángela Murillo, quien previamente fue apartada en 2010 de otro juicio en el que Otegi estaba acusado. La razón: una supuesta falta de imparcialidad. La repetición de la vista oral en ese caso condujo a la absolución de Otegi. Este antecedente fue fundamental para la defensa de Otegi en su búsqueda de una revisión del caso 'Bateragune'.

La resolución del Tribunal Constitucional, en la práctica, abre la puerta a que la condena impuesta por la Sala Segunda del Tribunal Supremo sea declarada nula, se proceda al borrado de sus antecedentes penales y, potencialmente, a que el Estado español deba indemnizar a Otegi por el tiempo que pasó en prisión sin necesidad de estarlo.

Esta compleja trama judicial no estuvo exenta de episodios previos. Después de la decisión del Supremo de repetir el juicio, Otegi presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. La medida cautelar solicitada por el político vasco dejó en suspenso la ejecución de la sentencia del Supremo hasta que se resolviera el fondo del asunto.

La Fiscalía del Tribunal Constitucional también desempeñó un papel relevante en este proceso. Emitió un informe en el que expresó su apoyo a que se concediera el amparo a Otegi, oponiéndose así a la repetición del juicio. El fiscal argumentó que, al recurrir la sentencia del TEDH, Otegi y los demás recurrentes eran los indicados para determinar la reparación "más adecuada". En este contexto, la Fiscalía respaldó la no repetición del juicio, considerando que la petición de Otegi estaba respaldada por el fallo del TEDH.

Este caso, que ha mantenido en vilo al ámbito jurídico español durante meses, plantea interrogantes significativos sobre la interpretación y aplicación de las normativas legales, así como sobre el equilibrio entre la revisión de derechos fundamentales y la continuidad de los procedimientos judiciales. La resolución del Tribunal Constitucional no solo tiene implicaciones para el caso específico de Arnaldo Otegi, sino que también sienta un precedente que podría afectar a futuros casos similares que involucren derechos fundamentales y garantías procesales.

El TC golpea nuevamente al Supremo y ampara a Otegi, que no volverá a ser juzgado por intentar reconstruir Batasuna
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