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El PRC quiere prohibir que haya ‘libertad de cambio’ en la ideología política de los cargos públicos regionales

Y a modo de ejemplo, ha señalado la reciente inclusión en las listas electorales del Partido Popular (PP) cántabro del alcalde de Ruente, Jaime Díaz Villegas, un hombre «con criterio y sin servidumbres», muy crítico con el partido regionalista de Miguel Ángel Revilla, y que «quiere un cambio» en Cantabria

19/12/2019  SANTANDER
Parlamento de Cantabria  
Partido Regionalista


Pedro Jose Hernando; Miguel Angel Revilla

FOTO: JUAN MANUEL SERRANO ARCE
El presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, en una sesión plenaria en el Parlamento de Cantabria. / Juan Manuel Serrano Arce
El PRC quiere prohibir que haya ‘libertad de cambio’ en la ideología política de los cargos públicos regionales

¿Censurarían hoy al histórico socialdemócrata Sr. Fernández Ordóñez por dejar la UCD, un crisol de partidos, en la transición a la democracia y pasar al PSOE?

Así el Partido Regionalista de Cantabria (PRC) pedirá en el Parlamento «que se persiga a cualquier político» que pase de una ideología a otra y decida seguir otros proyectos políticos diferentes a los que hasta el momento seguía.

Así se recoge en la proposición no de ley que el portavoz parlamentario, Pedro Hernando, presentará en la sesión plenaria de la Cámara cántabra, en la que además instará a los grupos parlamentarios a manifestar su rechazo al «transfuguismo» pues su objetivo es «perseguir», ha dicho, a quienes «intenten quebrar la representación institucional actual».

NO TODOS LOS TRÁNSFUGAS SE PUEDEN METER EN EL MISMO SACO

El artículo 67 de la Constitución española, en línea con lo habitual en las democracias representativas, recuerda que los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo. Esto quiere decir que (a diferencia de lo que ocurría en el Antiguo Régimen con algunos Parlamentos estamentales) nadie puede dar instrucciones concretas a sus representantes sobre qué votar o qué decidir en cada caso concreto. Pueden decidirlo libremente.

La solución del mandato representativo surge de la mano de la aparición del concepto de «soberanía nacional» y de los nuevos Parlamentos elegidos primero por sufragio censitario y más tarde universal. La nación (formada por los electores con derecho a voto) es ahora el auténtico sujeto de la soberanía y los representantes electos deben esforzarse por defender no tanto los intereses particulares de sus electores sino los intereses generales de la nación en su conjunto.

Esta concepción teórica conlleva la desaparición del mandato imperativo que es sustituido por el mandato representativo propio de nuestras democracias.

El mandato representativo -sobre el papel- supone que los representantes electos tienen libertad absoluta para decidir el sentido de su voto sobre cualquier asunto que entre en el Parlamento.

Todos sabemos que en el Parlamento español el resultado de las votaciones es absolutamente previsible. Basta con contar los escaños de cada partido. Lo que ocurre es que las instrucciones que reciben y acatan normalmente sin rechistar los señores diputados no son las de los electores; son las que emiten las cúpulas de sus partidos.  Si esto no es un mandato imperativo, hay que ver cómo se le parece.

La realidad es, sencillamente, que los electores no están en condiciones de exigir un mandato imperativo a sus representantes, pero las cúpulas de los partidos sí.

De nuevo tenemos aquí la dicotomía tan habitual en nuestra vida política entre lo que proclaman los textos constitucionales -e incluso la jurisprudencia del Tribunal Constitucional- en torno a la prohibición del mandato imperativo y la realidad impuesta por la partitocracia dominante.

En todo caso, quizás ha llegado el momento de explorar esta y otras cuestiones igualmente importantes. Tenemos la oportunidad de avanzar hacia un Parlamento más interesante y menos monolítico de los que hemos conocido hasta ahora.

Puede ser muy ilustrativo escuchar a los diputados de un mismo partido debatir con argumentos rigurosos acerca de la oportunidad de apoyar con su voto distintas opciones, aunque al final lo hagan de forma conjunta. O incluso decidir no respetar la disciplina de partido en algún caso concreto. En conclusión, creo que la reflexión sobre el delicado equilibrio entre el respeto a la voluntad del electorado, a la disciplina de partido y al mandato representativo de los diputados electos está de vuelta en nuestras complejas y un tanto convulsas democracias del siglo XXI, tanto en Cantabria como en nuestro país.

Sin libertad en los partidos, no existe democracia

Los partidos son «instrumentos», –como determina la Constitución en su artículo 6–, es decir, «mediadores» de los que nos servimos para construir la representación política. La representación política no se agota en los partidos políticos, aunque pase inexorablemente por ellos.

Los partidos no monopolizan toda la representación, seleccionan los candidatos, confeccionan las candidaturas electorales y sus programas, allegan los fondos necesarios y los administran... Pero no son titulares de los cargos públicos, para esa labor consistente en desempeñar funciones públicas, en una democracia representativa, hacen falta ciudadanos: personas físicas interesadas en participar en los asuntos públicos de una comunidad.

La democracia representativa tiene necesidad de ciudadanos activos, cada ciudadano toma parte de la responsabilidad de ejercer el poder del Estado, posee la opción de participar en las acciones de interés general.

Cuando a un Concejal no se le deja que haga fotocopias de la documentación solicitada y que adquiera una información sobre la gestión local, imprescindible para ejercer su función de control del gobierno y mantener informada a la opinión pública, o se obstaculiza la convocatoria de una sesión para tramitar una moción de censura, o se le despoja indebidamente de cualesquiera de las funciones que le permiten edificar la relación de representación política, ese Concejal tiene un status protegido por un derecho fundamental de participación política que le permite. Y todo ello precisamente para salvaguardar el proceso en el que la construcción de la representación política consiste.

Además el Tribunal Constitucional reiteró en una sentencia (STC 298/2006) que el derecho fundamental incluye el derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad no pudiendo ser removido más que por causas y procedimientos legalmente establecidos. El abandono de un Grupo no puede en modo alguno derivar la pérdida del mandato representativo: «la Constitución protege a los representantes que opten por abandonar un determinado Grupo» (con cita de la STC 185/1993).

No basta para alterar esa conclusión –afirma el alto tribunal– la asunción voluntaria de los Estatutos del partido por el candidato. Los partidos no son ajenos a los límites que tiene incluso el legislador para el régimen jurídico de los cargos públicos representativos.

Los partidos políticos no son órganos del Estado, ni es considerado como un poder público, ni tiene la facultad de determinar por sí misma el cese del representante en sus funciones.

En conclusión, la reflexión sobre el delicado equilibrio entre el respeto a la voluntad del electorado, a la disciplina de partido y al mandato representativo de los diputados electos está de vuelta en nuestras complejas y un tanto convulsas democracias del siglo XXI. Y que los cántabros la vamos a poder hacer en vivo y en directo en mayo de 2023.

Todos los partidos salvo Vox en contra del cambio de siglas

Todo el Parlamento, salvo Vox, se han posicionado contra el cambio de siglas de un cargo electo. Para Vox los partidos tradicionales, «manipulan a los ciudadanos» al decirles que «combatir el transfuguismo es combatir la corrupción» cuando, a su juicio, «en realidad, la experiencia democrática muestra que la corrupción es más frecuente desde la oscuridad, donde alguien pueda esconderse detrás de las siglas de un partido, detrás de las cortinas de un despacho». Sucede mucho más [en los partidos] que en las personas individuales, que al final tienen que responsabilizarse de lo que hacen».

Vox cree que debe imperar la prohibición del principio de mandato imperativo. Esto es que, “nadie [sea una persona o un partido político] puede dar instrucciones concretas a sus representantes sobre qué votar o qué decidir en cada caso concreto. Pueden decidirlo libremente.

El PRC quiere prohibir que haya ‘libertad de cambio’ en la ideología política de los cargos públicos regionales
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