amnistía

Bruselas ya dijo no: el antecedente que Sánchez y el Constitucional ignoran

La Comisión Europea ya se opuso en 2019 a una ley similar en Rumanía, alegando que vulneraba los principios esenciales del Estado de Derecho

Exterior del Tribunal Constitucional. / Carlos Luján
Exterior del Tribunal Constitucional. / Carlos Luján

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) avalando por mayoría la Ley de Amnistía pactada por el PSOE y Junts ha reabierto el debate sobre la compatibilidad de este tipo de normas con los valores fundamentales de la Unión Europea (UE). A pesar del aval por seis votos frente a cuatro, el TC ha evitado pronunciarse sobre aspectos clave como la malversación de caudales públicos, y ha desestimado remitir una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), tal y como solicitaron cuatro de sus magistrados y varios órganos judiciales españoles.

Sin embargo, existe un precedente europeo contundente que debería haberse tenido en cuenta: el caso de Rumanía en 2019, donde una tentativa de aprobar una ley de amnistía que beneficiaba a políticos del Gobierno fue duramente censurada por la Comisión Europea.

El precedente rumano: una advertencia ignorada

En aquel entonces, Liviu Dragnea, líder del Partido Socialdemócrata de Rumanía, promovió una ley de amnistía que buscaba limpiar los antecedentes penales de altos cargos condenados por corrupción, incluyendo a él mismo. Rumanía, además, ostentaba en ese momento la presidencia rotatoria de la Unión Europea, lo que elevó la preocupación comunitaria.

Desde Bucarest, el entonces presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, fue tajante:

De otorgarse la amnistía, como prevén algunos en este país, sería un paso atrás en el Estado de Derecho. Europa se construye sobre la base del compromiso, pero no puede haber concesiones en lo que se refiere a lo esencial”.

Unos días más tarde, Frans Timmermans, vicepresidente primero de la Comisión, remitió un ultimátum por carta al Gobierno rumano, alertando de que la propuesta legislativa suponía “crear de facto una impunidad para delitos graves, incluidos los de corrupción”, lo que contradecía los deberes jurídicos de los Estados miembros en cuanto a la persecución penal efectiva.

El contraste con España: sin referéndum ni consulta ciudadana

La fuerte presión institucional y social en Rumanía culminó con un referéndum nacional celebrado en mayo de 2019, en el que más del 80% de los ciudadanos votaron en contra de cualquier medida de amnistía para políticos corruptos. Esa consulta, junto a la condena europea, forzó al Gobierno rumano a retirar el proyecto.

En contraste, en España no se ha planteado consulta ciudadana alguna sobre una ley que ha sido determinante para la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno, y que afecta directamente al orden constitucional, al principio de igualdad ante la ley y al marco jurídico europeo. Esta decisión se ha tomado, además, en ausencia de un debate abierto en el Parlamento Europeo y con la oposición expresa de órganos judiciales nacionales.

La Comisión Europea: la amnistía española es una “autoamnistía”

En diciembre de 2024, la Comisión Europea envió una observación escrita al TJUE en la que manifestaba que la Ley de Amnistía española contraviene el principio de Estado de Derecho. El documento, que respondía a una cuestión prejudicial del Tribunal de Cuentas, advertía que esta medida “no responde a un objetivo de interés general reconocido por la UE”, y que su motivación era estrictamente política:

Se trata de una autoamnistía nacida de un acuerdo de investidura, no de una necesidad jurídica o humanitaria”.

Este posicionamiento fue respaldado por las dudas planteadas por otros órganos jurisdiccionales españoles, como la Audiencia Nacional, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o un juzgado de Barcelona. Todos ellos formularon cuestiones prejudiciales al TJUE que se debatirán en audiencia pública el próximo 15 de julio, una fecha clave que puede marcar el rumbo final del proceso.

El TC español se niega a esperar a Europa

A pesar de estas advertencias, la sentencia del Tribunal Constitucional ha cerrado la puerta a que el Tribunal Supremo o cualquier otro órgano jurisdiccional remita nuevas cuestiones prejudiciales sobre la validez de la amnistía. Según el fallo, “el juez debe acudir al TJUE antes de plantear una cuestión de inconstitucionalidad, no después”, dejando claro que, una vez resuelta la constitucionalidad por el TC, “no cabe ya consulta a Europa”.

Esta doctrina supone un cerrojazo jurídico inédito que limita la capacidad de los jueces para recurrir a la justicia europea, una herramienta que ha sido clave para España en otros contextos, como las sentencias sobre hipotecas abusivas, cláusulas suelo o el control del gasto público.

El delito de malversación, aún sin resolver

Un aspecto crítico que la sentencia no aborda de forma explícita es el de la malversación de fondos públicos, delito clave en la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017. El Tribunal Supremo ha sostenido que la amnistía no puede aplicarse a casos en los que hubo beneficio personal o afectación a fondos europeos, como ocurre con las causas que afectan a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Dolors Bassa o Raül Romeva.

Sin embargo, el recurso de inconstitucionalidad del Partido Popular no impugnó este aspecto de forma expresa, lo que ha permitido al TC eludir el pronunciamiento, dejando así en el aire el futuro jurídico de los principales líderes del 'procés'.

Una sentencia cuestionada dentro y fuera del país

Para muchos juristas, tanto en España como en el ámbito europeo, la decisión del TC representa un grave retroceso en términos de independencia judicial y respeto a los principios europeos. La Comisión Europea, como órgano guardián de los Tratados, podría actuar si interpreta que se ha vulnerado el derecho comunitario, especialmente si el TJUE concluye que la amnistía española carece de base legal dentro del marco europeo.

Mientras tanto, las protestas masivas de jueces y fiscales, sumadas a los recursos de amparo y la próxima huelga del 1 al 3 de julio, reflejan una alarma institucional creciente ante una ley que modifica profundamente las reglas del juego democrático, sin haber sido sometida al juicio de la ciudadanía ni al escrutinio de la justicia europea.

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