06.05.2024 |
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ELECCIONES GENERALES

Esto es lo que le sucede a un cántabro al ir a votar con la bandera de España: "Menos mal que os queda poco"

Una mesa electoral en Santander no deja votar a una persona por llevar la bandera de España.

Un cántabro puede votar con una chapa en su camiseta con el lema 'Que te vote Chapote' 

Una mesa electoral en Santander no deja votar a una persona por llevar la bandera de España.
Una mesa electoral en Santander no deja votar a una persona por llevar la bandera de España.
Esto es lo que le sucede a un cántabro al ir a votar con la bandera de España: "Menos mal que os queda poco"

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido que la frase “Que te vote Txapote”, un lema contra Pedro Sánchez que se ha extendido, no podrá portarse en camisetas al momento de ir a las urnas a votar el 23 de julio. Pero que pasa con la bandera de España, ¿Tampoco se puede votar con ella?

En aplicación de la ley electoral (LOREG), las autoridades electorales han prohibido que se muestren diversos mensajes y símbolos en los colegios electorales, ya sea por parte de los votantes o de los interventores y apoderados.

EL CÁNTABRO INDIGNADO CON ESTA DECISIÓN

"No me dejan votar con la bandera de España, estos señores", dice frustrado este cántabro. Y reitera con indignación, "con la bandera de España, no lleva ningún símbolo... no puedo votar". 

Y una de las que están en el colegio electoral, le dice: -"No puede votar con ningún símbolo"... - "Con la España, estando en España ¿no puedo votar? 

Y antes de irse, otro de los que están en la mesa electoral... Le dice: "Esa bandera no es Constucional"... Y el caballero que lleva la bandera le contesta: "¿Como que no es Constitucional? Donde ve usted la falange o algo...  A lo que le contesta, "no quiero discutir contigo".

Y para sentenciar dice el señor de la bandera: "Menos mal que os queda poco a todos".

 

 

 

Qué dice la ley electoral

El artículo 93 de la ley electoral, que es la que regula el proceso de las votaciones, dice que “Ni en los locales de las secciones ni en las inmediaciones de los mismos se podrá realizar propaganda electoral de ningún género”. Añade que “tampoco podrán formarse grupos susceptibles de entorpecer, de cualquier manera que sea, el acceso a los locales, ni se admitirá la presencia en las proximidades de quien o quienes puedan dificultar o coaccionar el libre ejercicio del derecho de voto. El presidente de la Mesa tomará a este respecto las medidas que estime convenientes”. 

De igual manera, el artículo 53 también manifiesta que «no puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado». En estos comicios finaliza el viernes 21 de julio a las doce de la madrugada.

Por todo ello, tras una pregunta de la Comisaría Provincial de Jaén, la JEC ha comunicado que «la utilización de camisetas que incorporen el lema 'Que te vote Txapote' debe entenderse incluida en la prohibición establecida en el artículo 93. «Podrán requerir el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para hacer efectiva esa prohibición», ha añadido la entidad pública en su comunicado.

En las elecciones generales y autonómicas del pasado 28 de mayo la Junta Electoral de Zona de Valencia ordenó a los apoderados de Vox que retiraran de sus identificaciones la bandera de España por «suponer una instrumentalización de la bandera».

Delito de propaganda electoral

Llevar una camiseta con logos políticos puede acarrear una pena de cárcel de hasta un año. El artículo 144 de la ley electoral recoge la regulación de los «delitos en materia de propaganda electoral». Así pues, se impondrá una pena de prisión de «tres meses a un año» o una multa de «seis a veinticuatro meses» para quienes realicen «actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral» y para los que infrinjan «las normas legales en materia de carteles electorales y espacios reservados de los mismos, así como las normas relativas a las reuniones y otros actos públicos de propaganda».

Así las cosas, llevar algún tipo de vestimenta que se considere como «propaganda electoral» –con logos de partidos o frases que inciten a un voto concreto– puede suponer un delito castigado con un año de prisión.

Esto es lo que le sucede a un cántabro al ir a votar con la bandera de España: "Menos mal que os queda poco"
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