19.04.2024 |
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El Gobierno mantiene la protección a los más vulnerables: el escudo social seguirá en vigor hasta el 31 de octubre

Este paquete de medidas vencía el 9 de agosto, pero continuará al menos un par de meses más tras una nueva prórroga
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El Gobierno mantiene la protección a los más vulnerables: el escudo social seguirá en vigor hasta el 31 de octubre

Nuestro compromiso es que nadie se quede atrás, ni territorios, ni personas, por eso vamos a prorrogar el escudo social hasta finales de octubre”, así anunciaba el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la decisión del Ejecutivo de prorrogar una vez más el escudo social aprobado durante los meses de cuarentena de 2020 para hacer frente a las consecuencias sociales y económicas provocadas por la pandemia.

Este paquete de medidas tenía en la suspensión de los desahucios y de los pagos de alquileres de vivienda y en la prohibición del corte de suministros básicos sus principales pilares. La intención era ofrecer así un soporte a aquellas personas que estaban viviendo un situación de especial vulnerabilidad y si bien su vigencia iba a expirar el pasado 9 de agosto, desde el Gobierno han tenido a bien decidir prorrogar esta medida hasta el 31 de octubre del actual año. 

Queda por tanto fijado en ese final del décimo mes del año la nueva fecha de vencimiento de este compendio de medidas. La ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, comunicaba tras el Consejo de Ministro donde se acordó mantener el escudo social que esperan que “una vez se alcance esa fecha los indicadores sanitarios nos permitan enfrentarnos al futuro sin este escudo”. 

De esta manera, persiste por unos meses más la posibilidad de solicitar el aplazamiento del pago del alquiler de la vivienda habitual en aquellas familias donde no exista alternativa habitacional y siempre y cuando los propietarios sean grandes tenedores de viviendas (tengan a su cargo diez o más). Asimismo, también se amplía el plazo para solicitar una moratoria trimestral del pago de la hipoteca, o una prórroga semestral en un contrato de arrendamiento.

Esta decisión se mantiene, por efectuar un recordatorio, junto al decreto “antidesahucios” promovido por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Un gabinete que no sólo prohíbe expulsar de sus hogares a los más vulnerables, sino que también veta cualquier intento de corte en los suministros básicos de estas viviendas. Entendiendo por suministros básicos la energía eléctrica, el gas natural y el agua. 

La otra cara de la moneda

Como en las anteriores ocasiones, este paquete de medidas ha sido recibido con buenos ojos por los más perjudicados por la crisis y con cierta reticencia por parte de los propietarios, que confiaban en recuperar este mismo verano el control de su bien inmueble. El abogado Eduardo Fernández-Fígares es un gran conocedor de la situación ya que trabaja en el día a día gestionando desahucios relacionados con arrendamientos de viviendas y locales.

Él explica que si bien en la teoría sí se han tenido en cuenta los intereses de los propietarios a la hora de implantar el escudo social, lo cierto es que la práctica es bien diferente “y estas ayudas están siendo mínimas”, asegura. 

El 10 de junio entró en vigor un Real Decreto-Ley, el 401/2021, que regulaba las ayudas y compensaciones que desde las Comunidades Autónomas se van a dar a los propietarios cuyos desahucios se han suspendido. El tema es que “muchos de los procesos en los que el inquilino ha pedido la suspensión, en realidad no están formalmente suspendidos, sino que se encuentran parados (pero no suspendidos) mientras los servicios sociales mandan al juzgado el informe de la situación socioeconómica del inquilino. Y mientras el informe no llegue, ya no es que el juez no pueda suspender el proceso, es que el propietario no puede beneficiarse de la ayuda, que solo se activa cuando el proceso está suspendido”, expone el letrado.

Tratar de evitar métodos al margen de la ley

Ante esta situación no queda otra que armarse de paciencia y esperar. Por ello otro especialista en este tipo de procesos como Kenari Orbe recuerda que “no es para nada recomendable caer en métodos de dudosa legalidad, por todos conocidos, que pudieran posteriormente traer repercusiones legales”. 

A lo que añade que “aunque parezca difícil de comprender, entrar en la vivienda, aún pudiendo acreditar que se es el propietario, puede motivar una denuncia del inquilino por allanamiento de morada, por ya no hablar de un hipotético corte de suministros”. Algo que zanja insistiendo en que “hay que huir de todo este tipo de prácticas” y cumplir con los tiempos legales por lentos o pesados que sean.

El Gobierno mantiene la protección a los más vulnerables: el escudo social seguirá en vigor hasta el 31 de octubre
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