La Audiencia frena el juicio con jurado en el caso Begoña Gómez
El tribunal ordena retrotraer el procedimiento a la fase previa a su transformación en juicio con jurado y continuar por la vía ordinaria hasta que se delimiten con precisión las posibles responsabilidades
La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de que el caso contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, sea juzgado por un jurado popular. En un auto firme, la Sección 23 de la Audiencia reprocha al magistrado instructor la ausencia de un relato claro, fundamentado y detallado sobre los hechos que justifican seguir adelante con el procedimiento, tras más de año y medio de investigación.
El tribunal estima parcialmente los recursos presentados por las defensas de Begoña Gómez, su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés, todos investigados por presuntos delitos de malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo laboral y apropiación indebida.
Falta de motivación jurídica
La Sala censura que el juez Peinado no haya descrito los hechos concretos ni precisado las conductas atribuidas a cada uno de los implicados, limitándose a una exposición superficial. Los magistrados consideran que no se puede avanzar hacia un juicio con jurado sin una base incriminatoria consistente y concreta, ni sin explicitar los indicios racionales de criminalidad. En su resolución, afirman que seguir por esa vía “vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva”.
En este sentido, indican que tras tantos meses de diligencias no basta con señalar que los hechos "son verosímiles". Esa afirmación, aseguran, podría haber tenido sentido en las primeras etapas de la instrucción, pero no después de un tiempo tan dilatado sin pruebas concluyentes que respalden las acusaciones.
Retroceso procesal y advertencia al juez
La Audiencia ordena ahora retrotraer las actuaciones hasta el momento anterior a la transformación del procedimiento al sistema de jurado, lo que supone un revés procesal para el juez Peinado. Además, le insta a continuar por la vía ordinaria, que fue con la que inició la instrucción, y a practicar las diligencias necesarias antes de tomar una nueva decisión sobre el tipo de enjuiciamiento.
El tribunal recuerda que si la investigación no ha permitido hallar indicios sólidos, no tiene sentido mantener una causa abierta ni plantear una eventual acusación formal. Insisten en que delitos como la malversación o el tráfico de influencias requieren un mínimo de esfuerzo argumentativo que justifique su tipificación y el papel concreto de los investigados.
Horizonte judicial incierto
El juez Peinado, que se jubilará el próximo septiembre, tiene hasta abril para concluir la fase de instrucción. Su intención, según fuentes judiciales, es dejar el caso cerrado antes de su retirada. De momento, este fallo de la Audiencia le obliga a reformular su estrategia procesal y presentar una nueva resolución, más detallada y jurídicamente motivada, si desea reactivar la opción del jurado popular en el futuro.
Mientras tanto, el caso Begoña Gómez vuelve al punto en el que estaba en octubre del año pasado, en plena fase de instrucción, sin una definición clara del objeto del procedimiento ni de los delitos concretos que justificarían una acusación formal.