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El Diario de Cantabria

Castells no considera falta leve copiar en un examen al alumno de al lado

Indulta en el anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria esta mala práctica, que ya no acarreará la sanción de amonestación al universitario

El ministro de Universidades, Manuel Castells, durante una entrevista para Europa Press n Madrid (España).
El ministro de Universidades, Manuel Castells, durante una entrevista para Europa Press n Madrid (España).
Castells no considera falta leve copiar en un examen al alumno de al lado

El ministro de Universidades, Manuel Castells, ha hecho caso a los estudiantes y ha eliminado la falta leve de copiar en el examen al alumno de al lado del anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria que este martes ha sido aprobado en el Consejo de Ministros. Se sancionarán el plagio y el fraude académico a través de comportamientos premeditados, como hacerse una chuleta o usar un pinganillo, pero las actuaciones espontáneas que contemplaba el borrador inicial han sido eliminadas.

¿Eso qué significa? Que los profesores seguirán actuando como hasta ahora si ven a un alumno mirando el examen de compañero de al lado o sacando de repente los apuntes: le cambiarán de sitio (los más benévolos) o directamente le suspenderán la prueba. El texto que prepara el Gobierno contemplaba inicialmente que esta práctica tuviera además una sanción, con la consiguiente apertura de expediente disciplinario y una amonestación privada al estudiante. Eso ahora desaparece.

El Gobierno ha dado el primer visto bueno a un texto que viene a derogar el Reglamento de Disciplina Académica, que data de 1954 y que todavía permanecía vigente, "en clara contradicción con los principios democráticos de nuestra sociedad actual", según el Ministerio. En este texto no se regulaba la copia ni el fraude académico de ninguna forma.

¿Qué se considerará ahora como falta leve? Acceder indebidamente a las instalaciones universitarias, usar los servicios universitarios incumpliendo los requisitos establecidos de general conocimiento y realizar actos que deterioren de forma no grave los bienes del patrimonio de la universidad. En todos ellos se contempla la misma sanción: amonestar al alumno. De esta parte ha desaparecido ahora: "Actuar para copiar el contenido de los exámenes a través de medios fraudulentos que no tengan la consideración de graves o muy graves". En otras palabras, la copia espontánea.

Castells no considera falta leve copiar en un examen al alumno de al lado
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