16.04.2024 |
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TRIBUNALES

La Audiencia salda la macrocausa de La Loma con 3 condenas y 10 absoluciones

La Audiencia salda la macrocausa de La Loma con 3 condenas y 10 absoluciones
La Audiencia de Cantabria ha saldado la macrocausa por el caso de La Loma de Castro Urdiales con solo tres condenas, al ex alcalde Fernando Muguruza, al ex secretario municipal César Saiz, y al arquitecto y promotor Valentín Galdós, y ha absuelto a diez personas, que salen libres de cargos junto a las más de 30 a las que se retiró la acusación al inicio del juicio.

Además, la sección tercera de la Audiencia de Cantabria ha declarado la nulidad del Plan Parcial del Sector de Suelo Urbanizable no Programado número doce (el conocido como SUNP-12) y de los instrumentos de planeamiento que lo desarrollaron, entre los años 2003 y 2006.

Se determina la demolición de los once chalets construidos sobre el camino de La Portillera, dejando paso libre para el uso general. Todas las casas pertenecen a una sociedad inmobiliaria, ya que ninguna de ellas llegó a venderse a particulares.

La sentencia, de 250 folios y contra la que cabe recurso, condena a Fernando Muguruza por delitos de prevaricación administrativa continuada y urbanística a ocho años de inhabilitación y uno de cárcel.

El ex secretario municipal César Saiz tiene una condena como cooperador necesario en delito de prevaricación administrativa y otra por falsedad en documento público, al incluir una cláusula nueva en un documento ya aprobado por el Ayuntamiento.

En total, su condena supone ocho años de inhabilitación, dos de cárcel y multa de 7.500 euros.

Y el arquitecto y promotor Valentín Galdós es condenado por un delito de falsedad documental a dos años de cárcel, inhabilitación por un año y multa de 7.500 euros.

A estas tres personas se las absuelve del delito de cohecho del que también estaban acusadas, y asimismo se absuelve a otra decena de políticos, técnicos y funcionarios municipales: el ex alcalde Rufino Díaz Helguera, el que fue arquitecto del Consistorio Pedro Restegui, la funcionaria de Urbanismo Yolanda Sánchez, y los ex ediles Concepción Carranza, José Miguel Rodríguez, Jaime Díaz Muro, Salvador Hierro, Santiago Vélez, y Tomás Molinero, además de la ingeniera Carmen Villanueva.

Así, la SalA no acepta la petición de la acusación ejercida por la Junta Vecinal de Santullán, que solicitaba condena por prevaricación administrativa para todos los miembros de la Junta de Gobierno que participaron en las votaciones de los instrumentos de planeamiento que desarrollaron el SUNP-12. El tribunal solo condena por ello al alcalde, Fernando Muguruza.

Del mismo modo, tampoco prospera la pretensión de la Junta Vecinal de que los mismos concejales fueran condenados por el delito de falsedad en documento público.

Estas personas que quedan libres de cargos se suman a las más de treinta a las que se retiró la acusación al inicio del juicio, desarrollado en la sección tercera de la Audiencia.

Este juicio supuso un reto para la Administración de Justicia de Cantabria, por el volumen de la causa, el elevado número de acusados y el tiempo por el que se prolongó, desde principios de octubre de 2019 hasta final de febrero de 2020.

La macrocausa de La Loma, con un volumen de 97 tomos, 61 anexos y 57.546 folios, se inició en la Audiencia con 45 acusados para los que la Fiscalía solicitaba cerca de 200 años de cárcel.

Sin embargo, al comienzo del juicio se retiró la acusación para más de treinta de los encausados, y finalmente fueron trece las personas que se sentaron en el banquillo: políticos y técnicos del Ayuntamiento castreño y personal contratado.

Las acusaciones a las que se enfrentaron fueron por presuntos delitos de prevaricación y prevaricación urbanística, falsedad documental y cohecho, aunque al final no hay condenas por este último delito.

RETIRADA DE LA ACUSACIÓN

La Audiencia de Cantabria explica en su sentencia que al inicio del juicio se retiraron las acusaciones en relación a los hechos que tenían que ver con los SUNP-3, 4 y 7, dado que con el tiempo se han ido subsanando todos los defectos formales que podían presentar.

Así, en relación al SUNP-3 donde existía un problema de abastecimiento de agua, el suministro se ha resuelto con la autorización del depósito de Monte Cueto, cuya construcción comenzó el pasado año, se indica.

La sentencia señala que todos los informes elaborados por los técnicos daban por hecho la construcción de este depósito que se integra en la Autovía del Agua y soluciona el problema de abastecimiento "que se había previsto durante la tramitación de los instrumentos de planeamiento".

En cuanto a los SUNP-4 y 7, ambos han sido recalificados y no se ha llegado a construir en ellos.

DILACIONES INDEBIDAS

La Sala reconoce a los condenados que deben beneficiarse de la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, ya que la instrucción, la fase intermedia y el enjuiciamiento de la causa se ha prolongado durante catorce años.

Esta aplicación muy cualificada de la atenuante de dilaciones indebidas supone que la pena que se impone es inferior en un grado.

"Catorce años, se mire como se mire, es un periodo ineluctablemente excesivo", se recoge en la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Agustín Alonso. Y se añade que el procedimiento "ha sido instruido de forma poco ordenada, en un totum revolutum que ha complicado sobremanera la instrucción".

La Audiencia salda la macrocausa de La Loma con 3 condenas y 10 absoluciones
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