20.04.2024 |
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ESCÁNDALO EN SAN VICENTE DE LA BARQUERA. SE TRATA DE UN CONCURSO PÚBLICO DE LICITACIÓN «DE DUDOSA IMPARCIALIDAD»

Escándalo en San Vicente por adjudicación del contrato de Salvamento de sus playas

Una licitación, dos ofertas, y sale adjudacada la menos ventajosa, la que tiene menos puntos y la que tiene menos medios técnicos para realizar los trabajos e incumple claramente los pliegos de condiciones al no disponer del mínimo, como una ambulancia

EQUIPO DE GOBIERNO
(Tras la expulsión de Cs)
1. Alcalde. PSOE. Dionisio Luguera Santoveña.
2. 1º Teniente Alcalde. PSOE. Pilar Gutiérrez Cortabitarte.
3. 2º Teniente de Alcalde. PRC. José Luís Noriega Gutiérrez.
4. 3º Teniente de Alcalde. PSOE. Andrea Sánchez Erice.
5. Concejal de Urbanismo, Patrimonio y Régimen Interior. PSOE. Juan Ramón Ruiz Noriega.
EQUIPO DE GOBIERNO (Tras la expulsión de Cs) 1. Alcalde. PSOE. Dionisio Luguera Santoveña. 2. 1º Teniente Alcalde. PSOE. Pilar Gutiérrez Cortabitarte. 3. 2º Teniente de Alcalde. PRC. José Luís Noriega Gutiérrez. 4. 3º Teniente de Alcalde. PSOE. Andrea Sánchez Erice. 5. Concejal de Urbanismo, Patrimonio y Régimen Interior. PSOE. Juan Ramón Ruiz Noriega.
Escándalo en San Vicente por adjudicación del contrato de Salvamento de sus playas

San Vicente de la Barquera es un municipio costero de Cantabria en cuyo término municipal existen las siguientes playas que cuentan con Servicio de Salvamento y Socorrismo, que son: El Tostadero, Merón (que incluye Rosal, Merón, Bederna, Gerra-El Cabo) y Oyambre (Playa del Pájaro Amarillo).

El artículo 115 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, establece como competencia municipal mantener las playas y lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad, así como vigilar la observancia de las normas e instrucciones dictadas por la Administración del Estado sobre salvamento y seguridad de las vidas humanas.

«El otro licitador sabía antes de conocer la resolución que se lo habían adjudicado a ellos», afirma la empresa

Pero dado que la Administración Local no tiene competencias municipales en relación con la vigilancia y limpieza de playas, en abril de 2022 se saca por tramitación urgente a licitación, el servicio de salvamento y socorrismo en las playas del término municipal de San Vicente de la Barquera, Cantabria, con un procedimiento abierto y varios, y muy específicos criterios de adjudicación y un presupuesto de licitación de nada menos que 238.311,74 euros.

Tal y como establecen los pliegos, las labores y las que se considere necesarias para la prestación del Servicio, se realizarán utilizando los medios materiales y humanos más adecuados para cada momento, detallándose los mínimos en los siguientes apartados.

Pues bien, a este concurso se presentaron dos ofertas, la primera, la de la Institución Humantaria de carácter voluntario, colaboradora de las Administraciones públicas bajo protección del Estado, denominada CRUZ ROJA ESPAÑOLA, y la segunda de una empresa privada, AMBULANCIAS MARINA, S.L., con 30 años de experiencia en salvamento, socorrismo y servicio de emergencias.

Valoración de ofertas y puntuaciones alcanzadas en la contratación.
Valoración de ofertas y puntuaciones alcanzadas en la contratación.

Ambos licitadores presentaron, tal y como establecían los pliegos, un archivo A, de documentación adminsitrativa, en la que se incluía entre otros, la memoria técnica e prestación del servicio. Ese primer trámite, realizado el 3 de mayo de 2022, relativa a la apertura del archivo A (documentación administrativa y memoria técnica de prestación del servicio), se realiza en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento de San Vicente de la Barquera.

La mesa de contratación creada la componían, como presidente, el Alcalde, Dionisio Luguera Santoveña (PSOE), y como vocales, el Secretario Accidental de la Corporación, Abel Alonso Alonso, el Interventor Municipal, José María Díaz Romeral Martiarena y Pedro Ramón García Soto, el arquitecto técnico municipal, responsable del contrato; y como secretaria, Marta Rojas Saiz, funcionaria municipal del Departamento de Secretaría.

En esa mesa se admite a trámite a los dos licitadores presentados, por estar, tal y como dice la resolución, toda su documentación completa y ajustada al pliego adminsitrativo. En consecuencia, se fija como fecha el 5 de mayo de 2022, para abrir el archivo B, que es la oferta económica y mejoras.

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Un trabajador de Ambulancias Marina. / ALERTA

Y aquí es donde se encuentran la controversia en la adjudicación de este contrato público.

En la nueva mesa de contratación, compuesta como presidente, el Alcalde, Dionisio Luguera Santoveña (PSOE), y como vocales, el Secretario Accidental de la Corporación, Abel Alonso Alonso, el Interventor Municipal, José María Díaz Romeral Martiarena y Pedro Ramón García Soto, el arquitecto técnico municipal, responsable del contrato; y como secretario en esta ocasión, Jesús Múgica Fernández, empleado público municipal (Policía Local).

Tal y como aparece en la resolución del 5 de mayo de 2022, firmado por el Alcalde y el secretario de la mesa, la valoración de las ofertas cae claramente en favor de la empresa AMBULANCIAS MARINA, S.A., tanto en precio ofertado, más ventajoso para las arcas públicas, como en los puntos obtenidos, con más puntos en cuanto a medios materiales, al disponer de ambulancia, cosa que CRUZ ROJA ESPAÑOLA no tiene, y además de más personal en plantilla cualificada, cosa que la institución humanitaria tampoco tiene, por lo menos en nómina, al ser una institución humanitaria de carácter voluntario. En total de puntos, AMBULANCIAS MARINA, S.A., obitene más del doble de puntos que CRUZ ROJA ESPAÑOLA.

RESOLUCIÓN DE LA LICITACIÓN. Pero el 12 de mayo de 2022, se decide, por unanimidad entre los miembros de la mesa de contratación, excluir a la empresa privada de la licitación por, y así lo dice la resolución, no estar contemplada entre su objeto social la actividad de salvamento y socorrismo en playas y, no haber acreditado ni la solvencia técnicaprofesional ni la económica-financiera.

Vayamos a lo concreto. El primer punto que objeta la mesa es, no estar contemplada entre su objeto social la actividad de ‘salvamento y socorrismo en playas’. Y alegan que la única actividad en la que figura dicha sociedad de alta en el censo de actividades económicas en la Agencia Estatal de Administración Tributaria es el transporte sanitario en ambulancias. Pero, ¿existe el epígrafe explícito de ‘salvamento y socorrismos en playas’? La respuesta es no.  La prestación objeto de la licitación (salvamento y socorrismo en las playas de San Vicente de la Barquera), no tiene un epígrafe en el IAE concreto.

CRUZ ROJA ESPAÑOLA, por otro lado, al ser una institución humanitaria, (ONG), está exenta de tener que estar dada de alta en alguna Actividad Económica en Hacienda, por lo que tampoco lo tiene.

Por otro lado, el segundo punto que alegan en su resolución es, no haber acreditado la solvencia técnicaprofesional, aunque si se aporta y se admite a trámite en el archivo A y la primera mesa de contratación, y se muestra en la puntuación obtenida de 96 puntos frente a los 43 del otro licitador, al acreditar que disponen tanto de medios humanos y medios materiales para el servicio objeto de la licitación, y por útlimo, la económica financiera, con la existencia del seguro de responsabilidad profesional, que según la mesa no se justifica, pero la empresa afirma que sí aportan y tienen, incluso de mayor cuantía que la exigida en los pliegos.

Por otro lado los pliegos exigían tener como mínimo: de una Ambulancia, según estipula el Anexo III de la Orden PRE/26/2022, la cual deberá contar con dos técnicos de emergencias sanitarias, uno de los cuales será el conductor, y desfibrilador semiautomático (DEA). El personal deberá estar en posesión de la titulación adecuada para la utilización del DEA.

Se requiere la acreditación de la existencia y propiedad (o régimen que posea) de estos medios, así como la adscripción a este Servicio, en la Oferta que se presente.

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Interior de la ambulancia de la empresa que se ha quedado fuera del contrato. / ALERTA

Los citados vehículos deberán tener una antigüedad máxima de 10 años. Dicha circunstancia habrá de acreditarse por la empresa adjudicataria, acompañando la documentación técnica de los vehículos adscritos al servicio.

Pero CRUZ ROJA ESPAÑOLA no acredita, tal y como aparece en la oferta, disponer de ambulancia propia, por lo que no cumpliría en principio con el mínimo exigilble en los pliegos, pero finalmente, el contrato se adjudica, un año más a esta insttitución humanitaria, y no a la empresa privada, a pesar de tener, aparentemente, mayor solvencia técnica y económica para realizar estos servicios.

Como dato interesante, cabe destacar, que la anterior licitación también por concurso público, fue adjudicada a su vez a CRUZ ROJA ESPAÑOLA, y no a la empesa privada que en su día se presentó. Queda sin respuesta saber si en aquella ocasión, las ofertas fueron competitivas o no y de acuerdo a la ley y cumpliendo con los pliegos de condiciones como debería.

Escándalo en San Vicente por adjudicación del contrato de Salvamento de sus playas
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