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La Justicia suspende el cierre del centro de menores de Cartes

Un juzgado de Santander ha acordado la suspensión urgente de la resolución municipal que paralizaba el centro de acogida de menores migrantes en Cartes, al considerar que su cierre podría causar un perjuicio difícilmente reversible
Exterior de la vivienda que se convertirá en un centro de acogida para menores migrantes. / EP
Exterior de la vivienda que se convertirá en un centro de acogida para menores migrantes. / EP

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander ha estimado la solicitud del Gobierno de Cantabria para suspender cautelarmente la orden dictada por la alcaldesa de Cartes, Lorena Cueto (PSOE), que ordenaba la paralización inmediata del centro de acogida para menores migrantes habilitado en el municipio. La decisión judicial deja sin efecto, de forma provisional, la resolución municipal mientras se tramita el recurso presentado por el Ejecutivo autonómico.

El Gobierno de Cantabria (PP) interpuso este miércoles por la tarde un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Alcaldía, que ordenaba iniciar trámites para “restablecer la legalidad urbanística” del inmueble adquirido por el Ejecutivo regional y requería al Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) el cese inmediato de la actividad del centro. Junto al recurso, el Gobierno solicitó la adopción de una medida cautelarísima, es decir, la suspensión urgente de la orden municipal sin escuchar previamente a la otra parte.

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 ha atendido esta petición en un auto dictado este jueves, acordando la suspensión de la resolución municipal. Al mismo tiempo, ha concedido un plazo de tres días al Ayuntamiento de Cartes para que formule alegaciones, tras lo cual el juzgado decidirá si mantiene, modifica o levanta la medida adoptada con carácter urgente.

Protección de la actividad del centro de acogida

En su resolución, la magistrada subraya que, al tratarse de una medida cautelar, no entra a valorar el fondo del asunto, es decir, si la decisión del Ayuntamiento es o no conforme a derecho desde el punto de vista urbanístico o administrativo. El análisis judicial se centra exclusivamente en la urgencia y necesidad de evitar un perjuicio irreversible mientras se resuelve el procedimiento principal.

El auto explica que el elemento determinante para adoptar la medida es la incidencia directa de la paralización inmediata del centro de acogida. En este sentido, la jueza considera que concurren las circunstancias necesarias para resolver “in audita parte”, dado que se trata del cierre urgente de un centro de acogida de emergencia para menores migrantes, una actividad de especial sensibilidad social y asistencial.

Según recoge la resolución, la suspensión cautelar resulta necesaria para impedir que la duración del procedimiento administrativo y judicial haga ineficaz una eventual sentencia favorable al Gobierno de Cantabria. De no adoptarse esta medida, la interrupción de la actividad podría generar un perjuicio difícilmente reversible, tanto para la administración como para los menores acogidos.

Mantenimiento provisional del statu quo

La magistrada precisa que la medida cautelarísima tiene como finalidad mantener la situación jurídica actual del centro, al menos durante el breve periodo de alegaciones concedido al Ayuntamiento y hasta que el juzgado adopte una decisión definitiva sobre la cautelar. De este modo, el centro de acogida puede seguir funcionando mientras se analizan los argumentos de ambas partes.

El conflicto entre el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Cartes se originó tras la decisión municipal de cuestionar la legalidad urbanística del inmueble utilizado como centro de acogida y ordenar su cierre inmediato. El Ejecutivo regional defendió desde el primer momento la legalidad del proyecto y la necesidad de garantizar la atención urgente a menores migrantes, motivo por el que acudió a la vía judicial para frenar la decisión municipal.

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