19.04.2024 |
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ELECCIONES ANDALUCÍA 2022

Macarena Olona podrá seguir como candidata en Andalucía

La Junta Electoral rechaza la impugnación de la candidatura de Macarena Olona | Considera que su empadronamiento y censo era firme en el momento en que se han proclamado las listas

Macarena Olona.
Macarena Olona.
Macarena Olona podrá seguir como candidata en Andalucía

La Junta Electoral de Granada ha confirmado este lunes la candidatura de Macarena Olona como cabeza de lista de Vox por Granada y ha rechazado la impugnación que al respecto había presentado la coalición Andaluces Levantaos.

El tribunal que arbitra el cumplimiento de la normativa electoral considera que su empadronamiento e inscripción en el censo eran firmes en el momento en el que se presentaron las listas y, por tanto, no ve razones para la impugnación ni para su exclusión del proceso electoral.

En su acuerdo, al que ha tenido acceso Europa Press, la Junta Electoral Provincial expone que resolver de otro modo este asunto "comprometería garantías constitucionales" como el principio de legalidad y de seguridad jurídica, así como supondría un "quebranto" del ya mencionado derecho de acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos.

"Concurren las condiciones legales para ser elegida", afirma el escrito emitido por la Junta Electoral de Granada, dado que a fecha de hoy "el empadronamiento de Macarena Olona Choclán en el municipio de Salobreña es un acto administrativo firme, como también lo es su inclusión en las listas del Censo Electoral vigentes para el presente proceso electoral, sin que con la documentación que se acompaña se acredite que se hayan quedado sin efecto (empadronamiento e inclusión en el Censo Electoral) por quien resulta competente para ello, sino tan solo que se han iniciado los trámites para la baja de oficio de la candidata referida en el Padrón Municipal de dicho Ayuntamiento".

"La resolución de este expediente, por tanto, no tendría efectos retroactivos respecto a la validez del empadronamiento a efectos de la proclamación de la candidatura, de conformidad con el artículo 39.1 de la Loreg, pues la baja en el empadronamiento por el Ayuntamiento de Salobreña, simplemente determinaría la baja en un padrón para propiciar el alta en otro. En caso contrario, resultaría que el vecino no estuvo empadronado (careció de vecindad administrativa) durante el periodo por el que se prolongó el empadronamiento causante de la baja", añade en su escrito la Junta Electoral de Granada.

"A la vista de este conjunto de circunstancias, esta Junta Electoral Provincial no encuentra obstáculo legal alguno para la proclamación de la candidatura cuestionada", apunta para rechazar la anulación reclamada por la coalición Andaluces Levantaos. "Resolver de otro modo comprometería garantías constitucionalmente reconocidas (art.9,3 CE), como el principio de legalidad, de seguridad jurídica (eficacia de los actos administrativos), y de interdicción de la arbitrariedad, así como supone un quebranto del ya mencionado derecho de acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos (art. 23,2 en relación al artículo 14 de la CE).

Como viene informando este periódico, Macarena Olona se empadronó en el mes de noviembre en la casa del concejal de Vox en Salobreña, Manuel Martín Montero, un hotelero de la localidad que prestó su domicilio para que la candidata pudiera cumplimentar un trámite administrativo imprescindible para concurrir a las elecciones andaluzas.

Macarena Olona podrá seguir como candidata en Andalucía
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