18.04.2024 |
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Pro Patrimonium Sijena dice al TS que si cualquiera puede pedir el indulto para un tercero, cualquiera puede recurrirlo

En su escrito indica que están legitimados a recurrir los indultos del 'procés' porque Cataluña quería apropiarse de los bienes culturales
Pro Patrimonium Sijena dice al TS que si cualquiera puede pedir el indulto para un tercero, cualquiera puede recurrirlo

En su escrito indica que están legitimados a recurrir los indultos del 'procés' porque Cataluña quería apropiarse de los bienes culturales

MADRID, 4 (EUROPA PRESS)

La Asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, que recurrió los indultos parciales a los líderes del 'procés' independentista catalán, ha presentado ante el Tribunal Supremo un escrito de complemento después de que la Sala dijera que no estaban legitimados, alegando que si cualquier persona sin relación alguna con el penado puede pedir el indulto, cualquiera debería poder recurrirlo.

Según explican a Europa Press, no han presentado recurso de reposición contra el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo que rechazaba su recurso por falta de legitimación, sino que primero han optado por un escrito de complemento de auto al entender que hay cuestiones no respondidas en el auto que dictó la Sección Quinta.

Así, señalan que si cualquier persona sin relación alguna con el penado puede pedir su indulto, "es de elemental reciprocidad y justicia que cualquier otra persona pueda recurrirlo". Argumentan que los indultos a los líderes del 'procés' fueron instados "por extraños a los penados y no por ellos mismos ni sus familiares" por lo que "está claro que esos extraños, personas físicas y asociaciones que pidieron los indultos, actuaban concertados con el PSOE".

Añade que esa petición de indultos fue pactada por el PSOE y ERC a cambio de la investidura del presidente Pedro Sánchez, y recalca que los condenados no podían solicitarlos por ellos mismos puesto que había recursos por resolver y hubiera sido tanto como aceptar su culpabilidad, por eso se buscaron terceras personas.

Por eso, lamenta que la Sala no haya respondido sobre su cualquiera puede pedir un indulto, pues, conforme a la práctica observada en el otorgamiento de estos indultos, "se diría que en materia de indultos existe la legitimación pública de cualquier persona o asociación".

UTILIDAD PÚBLICA

Añaden a esto desde la asociación que en el auto por el que rechazaron su recursos, que no contó con votos particulares como sí contaron los de los partidos políticos por ejemplo, la Sala tampoco se pronunció sobre la legitimación para impugnar un indulto por razones de utilidad pública y social. Consideran que si un indulto tiene interés social, entonces sin duda la sociedad podrá pronunciarse sobre él e impugnarlo si realmente no tiene dicho ese interés social que se presume en su otorgamiento.

Recalca además que puesto que para la independencia de Cataluña, según la Constitución, es necesario un referéndum en el que participe "todo el pueblo español", "no hay duda de que todos los ciudadanos y asociaciones tendrían legitimación para recurrir estos indultos, pues los sediciosos buscaban la secesión de una parte del territorio nacional".

Tras esto, se fija en el auto del Supremo para destacar que rechazaron la legitimación porque nada se dice en la sentencia condenatoria de la Sala de lo Penal sobre el patrimonio cultural. Y señala que solo yendo al hecho probado primero de esa sentencia penal ya dice la Sala que "se había aprobado una ley fundacional de la república catalana que atribuía la propiedad de cualquier bien del Estado que estuviese en Cataluña al nuevo estado catalán independiente".

EL PATRIMONIO CULTURAL

Desde Pro Patrimonium indican que esto quiere decir que pasaban a la Generalitat importantes bienes del patrimonio cultural español, tales como el Archivo de la Corona de Aragón que se fundó en Barcelona por el Rey Jaime II de Aragón tras hacer una importante saca de documentos del Monasterio de Sijena, los cuadros prestados por el Museo del Prado en Cataluña, las obras de Dalí en Figueres, o las bibliotecas estatales de Barcelona, Lleida, Tarragona y Girona.

Recuerdan al hilo que entre los fines de la asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén está la defensa de todo el patrimonio cultural español y por lo tanto, "no hay ya discusión alguna de que la asociación tiene plena legitimación para recurrir los indultos".

A estos motivos aclaratorios suman que el tribunal "ha omitido el argumento más importante legitimador" que es que "la verdadera víctima de estos indultos es la misma sociedad española que recibe a personas penadas que ni han cumplido su pena ni están rehabilitadas y que dicen que lo volverán a hacer y mejor la próxima vez".

Por tanto, entiende que existe un "interés difuso" de toda la sociedad española en recurrir estos indultos porque "la sociedad es quien padece el riesgo de recibir a personas puestas en libertad por los indultos, pero que ni cumplieron su pena, ni están rehabilitadas, y dicen que volverán a hacerlo otra vez".

Pro Patrimonium Sijena dice al TS que si cualquiera puede pedir el indulto para un tercero, cualquiera puede recurrirlo
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