18.04.2024 |
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La Fiscalía pide al Supremo que condene también por organización criminal a los implicados del 'caso Ausbanc'

Solicita revisar la sentencia de la Audiencia Nacional que solo fijó penas por un delito continuado de extorsión y por estafa
La Fiscalía pide al Supremo que condene también por organización criminal a los implicados del 'caso Ausbanc'

Solicita revisar la sentencia de la Audiencia Nacional que solo fijó penas por un delito continuado de extorsión y por estafa

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha pedido a la Sala de lo Penal que revise la sentencia de la Audiencia Nacional relativa al 'caso Ausbanc' para que se condene también por organización criminal a los implicados, que fueron condenados por un delito continuado de extorsión y por un delito de estafa.

En un escrito de 9 de diciembre, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal Javier Zaragoza ha presentado un recurso de casación para que se revoque la sentencia del pasado 9 de julio por la que se fijó una pena de ocho años de prisión para el presidente de Ausbanc, Luis Pineda, y de cuatro años para el secretario general de Manos Limpias, Miguel Bernad. La Fiscalía pedía penas de 118 años de cárcel para el primero y de 24 años para el segundo.

En el recurso, el Ministerio Público ha reclamado que se condene a Pineda y a Bernad, así como a Ángel Garay --adjunto a la presidencia de Ausbanc-- y a María Mateos -directora del departamento jurídico--, como autores de un delito de organización criminal. En el caso de Pineda ha solicitado una pena de cuatro años de prisión y 11 de inhabilitación especial. Para los otros tres ha pedido una pena de un año y seis meses de cárcel y ocho de inhabilitación especial.

En el marco del escrito, el fiscal ha alegado una doble infracción de ley en la sentencia de la Audiencia Nacional: una por la absolución del delito de organización criminal y otra por la aplicación indebida del delito de extorsión --que se estimó como un delito continuado y no como casos individuales--.

LA ACTIVIDAD DE AUSBANC Y MANOS LIMPIAS

Zaragoza ha insistido en que el relato de los hechos probados se describe cómo los cuatro acusados formaban parte de la "organización criminal que mediante las dos asociaciones -Ausbanc y Manos Limpias-- extorsionaban a diversas personas y entidades".

En este sentido, ha precisado que ha quedado acreditado el desarrollo de una "actividad permanente y continuada de extorsión por parte de Ausbanc entre los años 2003 y 2016, lo que se acredita por la ejecución constatada de 23 casos, y la asociación de esta con Manos Limpias a partir del 2012 con idénticos fines".

Por ello, a su juicio, "no era necesario" que los acusados constituyeran "expresamente" una estructura ilícita específica, tal y como indica la sentencia. "Les bastaba con emplear la estructura de las asociaciones legalmente constituidas para sus fines delictivos, y extorsionar a decenas de entidades bancarias con prácticas intimidatorias y coactivas", ha defendido el fiscal.

"No es necesario para la comisión del delito de organización criminal que los acusados 'conformaran', es decir, 'dieran forma' (RAE) a una organización criminal. La organización criminal en cuanto se dedicaba de manera permanente a la ejecución de delitos de extorsión ya existía", ha insistido.

Para Zaragoza "resulta evidente que los hechos probados describen todos los elementos que integran el tipo penal de la organización criminal"; es decir, tres o más personas, con permanencia y continuidad en su quehacer delictivo, con distribución de funciones, con un líder y con una finalidad delictiva manifiesta, en este caso, "la reiterada comisión de actividades criminales de extorsión".

A su juicio, la "excusa o pantalla de la organización criminal" en el presente caso era "la defensa de los consumidores o usuarios de banca, o de vehículos, o de autopistas, o la defensa de la sociedad frente a la corrupción".

23 DELITOS DE EXTORSIÓN

En el marco del recurso, el fiscal también ha requerido que se condene al presidente de Ausbanc como autor de 23 delitos de extorsión a las penas de dos años y tres meses de prisión por cada delito consumado, así como ocho meses de cárcel por cada delito intentado.

Así, ha reprochado que la sentencia de la Audiencia Nacional condene a Pineda "por un solo delito continuado de extorsión, pese a declarar probada su participación en 23 casosde extorsión en un período de tiempo muy amplio comprendido entre el 2003 (caso BBVA) y el momento de su detención en el 2016".

Zaragoza ha asegurado que "no concurren los requisitos necesarios" para que el delito sea continuado. Según ha indicado, los hechos se inician en 2003 y llegan hasta 2015 "no habiendo coincidencia en los sujetos pasivos (...) ni tampoco en los métodos empleados". El fiscal ha subrayado que "en ocasiones la intimidación se ejercía con el anuncio de posible publicidad negativa" y "en otras mediante el anuncio de demandas colectivas".

La Fiscalía pide al Supremo que condene también por organización criminal a los implicados del 'caso Ausbanc'
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