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El CGPJ declara la pérdida de la condición de magistrado del juez condenado por confabular contra Victoria Rosell (UP)

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves declarar la pérdida de la condición de magistrado de Salvador Alba. La decisión llega después de que el Supremo desestimara el recurso que presentó para anular la sentencia que confirmaba su condena a seis años y medio de prisión y de 18 años de inhabilitación por confabular contra la juez Victoria Rosell cuando era diputada de Unidas Podemos.
El CGPJ declara la pérdida de la condición de magistrado del juez condenado por confabular contra Victoria Rosell (UP)

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves declarar la pérdida de la condición de magistrado de Salvador Alba. La decisión llega después de que el Supremo desestimara el recurso que presentó para anular la sentencia que confirmaba su condena a seis años y medio de prisión y de 18 años de inhabilitación por confabular contra la juez Victoria Rosell cuando era diputada de Unidas Podemos.

En un comunicado del órgano de gobierno de los jueces se apunta que Alba era titular de una plaza en la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, y que pierde su condición en aplicación de lo dispuesto en el artículo 379.1 d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPD), que establece que la condición de juez o magistrado se perderá, entre otras causas, "por la condena a pena privativa de libertad por delito doloso".

Recuerda el CGPJ que Alba fue condenado como autor de un delito de prevaricación judicial en concurso medial con un delito de cohecho y de un delito de falsedad en documento público a penas que comportaban la pérdida definitiva del cargo y de los honores que le son anejos, así como la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo.

Indica que la condena fue dictada en septiembre de 2019 por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y confirmada el 25 de noviembre de 2021 por la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS), que el 30 de diciembre siguiente remitió copia testimoniada de su resolución al CGPJ.

"El pasado 13 de enero, la Comisión Permanente acordó el inicio de expediente de pérdida de la condición de magistrado de Alba y, tal y como dispone la LOPJ, dio traslado de su acuerdo al Ministerio Fiscal y a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a fin de que emitieran informe, así como al interesado para que alegara lo que a su derecho conviniera", recuerdan.

EL INFORME DEL TSJ CANARIO

La Sala de Gobierno del TSJ canario, en su reunión de 28 de enero de 2022, informó de que concurría el supuesto de hecho a que se refiere el artículo 379.1 d) LOPJ, y el Ministerio Público indica que manifiesta su conformidad.

El CGPJ indica que tras comunicarle la decisión a Alba, hasta la fecha, y habiendo transcurrido el plazo de diez días que le fue concedido para formular alegaciones, no ha presentado escrito alguno.

Recuerdan que Salvador Alba se encontraba en la situación administrativa de suspensión provisional de funciones desde el 19 de julio de 2018 por acuerdo de la Comisión Permanente, como consecuencia de haberse dictado contra él auto de apertura de juicio oral.

Indican que contra el acuerdo aprobado este jueves declarando la pérdida de la condición de magistrado se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

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