23.04.2024 |
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La APM reprocha al Ayuntamiento de Madrid que convoque 14 plazas para Comunicación "sin tener en cuenta la titulación"

"No es posible restringir el acceso para concurrir al proceso selectivo a la categoría de técnico de comunicación mediante la exigencia de titulación específica", alegan desde el Consistorio
La APM reprocha al Ayuntamiento de Madrid que convoque 14 plazas para Comunicación "sin tener en cuenta la titulación"

"No es posible restringir el acceso para concurrir al proceso selectivo a la categoría de técnico de comunicación mediante la exigencia de titulación específica", alegan desde el Consistorio

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

La Asociación de la Prensa de Madrid (APM) considera "incoherente" y una forma de "fomentar el intrusismo", además de no velar por el buen ejercicio del periodismo, la convocatoria de 14 plazas para puestos de Comunicación en el Ayuntamiento de Madrid "sin tener en cuenta la titulación".

Fuentes municipales han trasladado a Europa Press que "el criterio adoptado en estas bases se deriva directamente del artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público, que dispone, en relación con el Grupo A, que para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de grado".

Se precisa además que "en aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta". "En consecuencia, y en virtud del principio de igualdad en el acceso al empleo público (artículo 23.2 de la Constitución Española), salvo que se trate de una profesión regulada o exista norma que lo justifique, el acceso debe estar abierto a todos aquellos que estén en posesión del título universitario de grado, sin especificación alguna", añaden a continuación.

Así, la de Periodismo o Comunicación "no aparece en el listado de profesiones reguladas, por lo que no es posible restringir el acceso para concurrir al proceso selectivo a la categoría de técnico de comunicación mediante la exigencia de titulación específica".

La APM recuerda que antes de que llegara el verano se dirigió al Ayuntamiento, del que recibió entonces como respuesta que "el criterio adoptado en estas bases se deriva del artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público", aludiendo además al "principio de igualdad en el acceso al empleo público (artículo 23.2 de la Constitución Española)".

Respeta el principio de igualdad recogido en la Constitución, si bien precisa que dicho artículo "no cabe ser interpretado en el sentido de que la norma obligue a admitir cualquier titulación en una convocatoria para un puesto, ya que es preciso tener en cuenta que el artículo 103.3 de la Constitución establece la exigencia de respetar los principios de mérito y capacidad".

"Pedimos a los políticos, instituciones y organismos públicos coherencia en sus actuaciones. De la misma manera que ante la realización de entrevistas, noticias o reportajes exigen profesionalidad, experiencia y capacidad a los profesionales de la información, deberían aplicar esos mismos requisitos a la hora de formar sus gabinetes de prensa y comunicación", remarca a continuación.

La APM reprocha al Ayuntamiento de Madrid que convoque 14 plazas para Comunicación "sin tener en cuenta la titulación"
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