27.04.2024 |
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ECONOMÍA

El Gobierno aprueba una "cuota de solidaridad" para salarios altos en la reforma de pensiones

Una medida que establece una cotización adicional para salarios superiores a 56.600 euros como parte de la reforma de pensiones dirigida por José Luis Escrivá
Varios pensionistas reunidos en un parque. / EP
Varios pensionistas reunidos en un parque. / EP
El Gobierno aprueba una "cuota de solidaridad" para salarios altos en la reforma de pensiones

El Gobierno ha aprobado durante el Consejo de Ministros celebrado esta semana una medida significativa: la imposición de una "cuota de solidaridad" para los salarios que superen los 56.600 euros, como parte de la reforma de las pensiones liderada por José Luis Escrivá.

Esta nueva medida se aplicará de manera gradual, comenzando con una cotización de alrededor del 1 % en 2025 y aumentando progresivamente a un ritmo de 0,25 puntos por año hasta alcanzar aproximadamente el 6 % en 2045. De este porcentaje, el 5 % estará a cargo de la empresa y el 1 % restante será responsabilidad del trabajador.

Según lo establecido en la reforma de pensiones aprobada anteriormente, esta cuota se aplicará en tramos salariales hasta el año 2045. Al final de este período, el tipo de cotización será del 5,5 % para aquellos con un salario entre la base máxima y un 10 % adicional; del 6 % para salarios que superen la base máxima entre un 10 % y un 50 %; y del 7 % para salarios que excedan la base máxima en más del 50 %. Cabe destacar que esta cuota solidaria no se aplicará a los trabajadores autónomos.

Además de esta medida, el Real Decreto aprobado también clarifica varios procedimientos de gestión en el ámbito de la Seguridad Social para brindar una mayor seguridad jurídica a los ciudadanos. Entre estos cambios, se amplía el plazo hasta el 30 de junio para que los trabajadores autónomos societarios comuniquen ciertos datos sobre su actividad, necesarios en el nuevo sistema de cotización en función de ingresos reales del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en vigor desde el año pasado.

Asimismo, se modifica el Reglamento General de Recaudación para aclarar las condiciones del fraccionamiento en el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas, estableciendo un importe mínimo de 100 euros mensuales y un máximo de cinco años.

Otra medida importante es la extensión de la obligatoriedad de la domiciliación bancaria en el pago de las cuotas a los trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, durante el periodo de inactividad, y para los trabajadores con convenios especiales con la Seguridad Social. Esto brindará una mayor seguridad jurídica para estos trabajadores, según lo indicado por el Ministerio.

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