24.04.2024 |
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La Audiencia de Cantabria condena a 2 hombres a 18 años de cárcel por agresión sexual

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La Audiencia de Cantabria condena a 2 hombres a 18 años de cárcel por agresión sexual

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos hombres a una pena de dieciocho años de prisión al considerarles autores de un delito de agresión sexual agravada y cooperadores necesarios de otro delito de agresión sexual, a una mujer que habían conocido horas antes.

En una sentencia dada a conocer en el día de hoy, el tribunal condena a estos dos hombres por agredir sexualmente a una mujer a la que habían conocido horas antes.

En el momento de los hechos, los tres se encontraban en la habitación de un hostal de Santander en la que estaban alojados los dos hombres, vecinos de Valladolid.

Según señala el tribunal, los dos condenados penetraron a la mujer bucal y vaginalmente, relaciones a las que ella se negó expresamente y que “fueron efectuadas por la coerción de su voluntad anulada por la fuerza física desplegada por los procesados a la que se unió la intimidación derivada de la situación”.

La sentencia señala que la situación en que se produjeron los hechos contiene “un fuerte contenido intimidatorio por el lugar en el que se ejecutó, la pluralidad de intervinientes, la diferencia de edad y forma física, y el hecho de haber sido abordada por ambos”.

El tribunal condena a cada uno de los dos hombres a doce años de cárcel por ser autores de sendos delitos de agresión sexual agravada y a otros seis años a cada uno por cooperar necesariamente en el delito de agresión sexual ejecutado por el otro.

Además, la pena incluye el alejamiento y la prohibición de comunicar con la víctima durante un periodo superior a la estancia en prisión, así como una indemnización que deberán abonar solidariamente de 13.500 euros, por los daños morales, las lesiones psicológicas y las secuelas que le han quedado a la mujer.

Según relata la resolución, los acusados, de cuarenta años, llegaron a la capital cántabra en compañía de otros dos amigos, se alojaron en un hostal y esa misma noche salieron por la ciudad.

De madrugada, conocieron en un bar de copas a una mujer, de 24 años, con quien pasaron las siguientes horas acudiendo a varios establecimientos próximos.

Ya por la mañana, salieron del último bar y se dirigieron hacia el hostal en compañía de la mujer, que seguía el mismo camino para coger el autobús que le llevaría a su casa.

Al llegar a las proximidades del alojamiento, la invitaron a subir a la habitación y la mujer accedió. La habitación, que constaba de dos estancias, estaba ocupada en una de ellas por los otros dos amigos que a esa hora dormían.

Estando la mujer en la ventana de la otra estancia fumando un cigarrillo, los dos procesados aprovecharon que se encontraba de espaldas para realizarle tocamientos libidinosos, ante lo cual la mujer “les intentó apartar con las manos”, “manifestándoles repetidamente que se quería ir a su casa”.

Entonces, uno de los hombres la tiró sobre la cama y el otro se colocó encima “impidiéndole moverse, procediendo entre los dos a desnudarla pese a que ella continuaba diciéndoles que la dejaran en paz”.

Acto seguido, uno de los hombres la agarró del cuello y la obligó a realizarle una felación, al tiempo que el otro le abrió de piernas y la penetró vaginalmente.

Tras ello, “la giraron e intercambiaron las posturas, penetrándola ambos vaginal y oralmente, realizando estos actos pese a la negativa de la mujer, quien en un momento dado y ante el cariz de la situación se quedó paralizada dejando de oponer resistencia”.

Posteriormente, aprovechando que los hombres debían abandonar la habitación y estaban recogiendo su equipaje, la mujer “se vistió apresuradamente y subrepticiamente abandonó el hostal”.

El tribunal otorga “plena credibilidad” a las manifestaciones de la mujer. Su relato ha sido “claro, coherente y convincente”, lo que “permite otorgarle plena credibilidad y verosimilitud pues siempre ha dicho lo mismo, sin variar su versión de lo sucedido, sin contradicciones y sin fisuras”.

En cuanto a la corroboración, “existen pluralidad de elementos”. De entrada, los ahora condenados reconocen la existencia de las relaciones sexuales mantenidas, si bien aducen que fueron consentidas.

Junto a ello, en el juicio se escucharon declaraciones que corroboraron aspectos tangenciales de lo sucedido, como las prestadas por los amigos de la mujer a los que ella pidió ayuda tras los hechos, la efectuada por la psicóloga que la atendió posteriormente o las “contundentes conclusiones” de las médico-forenses. 

La Audiencia de Cantabria condena a 2 hombres a 18 años de cárcel por agresión sexual
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