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El PRC-PSOE podría incurrir en prevaricación por el coto en el Dobra

Subida al Monte Dobra. / A.E.
Se advierte de consecuencias penales si se mantiene el procedimiento de licitación en el Dobra, al tratarse de una zona donde el PGOU impide legalmente el uso cinegético

La licitación promovida por el Ayuntamiento de Torrelavega para la creación de un coto de caza en la Sierra del Dobra ha sido objeto de una advertencia pública por su posible incompatibilidad con el planeamiento urbanístico vigente. El expediente, ya publicado, contempla el uso cinegético en una finca situada dentro de un Área de Protección Ecológico Patrimonial, categoría que el propio Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad regula de manera específica, prohibiendo expresamente el desarrollo de actividades como la caza en suelos con ese grado de protección.

En este contexto, se ha planteado la posibilidad de que dicha actuación administrativa, si se mantuviera pese a su presunta ilegalidad, pudiera encajar en los supuestos recogidos por la legislación penal bajo la figura del delito de prevaricación. Esta advertencia ha sido realizada por IU-Podemos Torrelavega, que solicita la retirada inmediata de la licitación.

La preocupación se fundamenta en que el PGOU de Torrelavega, en vigor y plenamente aplicable, establece de manera literal la prohibición de cualquier actividad cinegética en las zonas catalogadas como de Protección Ecológico Patrimonial. Esta tipología urbanística tiene como finalidad la conservación del entorno natural, la protección de los valores ecológicos y culturales del territorio, y la restricción de usos que puedan suponer alteraciones del medio o representar un riesgo para la biodiversidad.

En este sentido, el planeamiento determina que las actividades que puedan generar impactos significativos sobre el ecosistema o sobre los usuarios del territorio –como puede ser el tránsito habitual de senderistas o residentes– quedan expresamente vetadas.

El hecho de que el expediente de licitación afecte a un terreno con esta clasificación plantea, según el análisis jurídico de la formación denunciante, una «incompatibilidad urbanística de carácter insalvable».

Esto implicaría que la tramitación carecería de sustento legal y, por tanto, su continuidad podría constituir no solo una infracción administrativa, sino también una actuación que contravenga los principios básicos de legalidad, objetividad y sometimiento pleno al derecho por parte de la Administración pública.

En este marco, se ha formulado una advertencia específica sobre las posibles consecuencias jurídicas si el procedimiento sigue adelante. De acuerdo con la información difundida, la continuidad de la tramitación –pese a conocer su incompatibilidad legal– podría encajar en el tipo penal de prevaricación administrativa. Esta figura está contemplada en el Código Penal español y sanciona a las autoridades o funcionarios públicos que, a sabiendas de su injusticia, dicten una resolución arbitraria en un asunto administrativo.

En este caso concreto, la advertencia se centra en el hecho de que autorizar un uso expresamente prohibido por el PGOU supondría, presuntamente, una resolución contraria al ordenamiento jurídico adoptada de forma consciente.

La argumentación se apoya, además, en un antecedente directo. En el año 2023, el propio Ayuntamiento de Torrelavega rechazó una iniciativa idéntica en la misma área geográfica. La propuesta también contemplaba la instalación de un coto de caza en la Sierra del Dobra y fue descartada entonces por diversos motivos, entre los que se incluían el riesgo potencial para la seguridad de los vecinos que habitan en las inmediaciones y para las personas que frecuentan los senderos y rutas de uso público que atraviesan ese entorno natural.

En aquel momento, se aludió igualmente a la alarma social que generó la posibilidad de habilitar un espacio para la actividad cinegética en un área tradicionalmente vinculada al disfrute ambiental y a las prácticas deportivas o recreativas no invasivas.

Por ello, desde el grupo que ha formulado la advertencia se ha calificado esta nueva tramitación como una ruptura con los criterios mantenidos anteriormente por la institución local. Se señala que resulta necesario explicar por qué ahora se impulsa un expediente que apenas dos años atrás fue descartado por el mismo Ayuntamiento y por qué se hace en contra de lo que establece de forma clara y precisa el planeamiento urbanístico vigente.

En este sentido, se plantea que la actuación supone no solo una contradicción política, sino una posible infracción legal, al promover un uso expresamente prohibido en un suelo protegido por el PGOU.

Además, se ha hecho hincapié en que el conocimiento previo de la ilegalidad –basado en la propia normativa del Ayuntamiento– elimina cualquier margen de error administrativo o interpretación ambigua. Si la Administración municipal es consciente de que el uso pretendido no es autorizable, pero aún así prosigue con la tramitación, estaría, en palabras del comunicado, «dictando de manera consciente una resolución arbitraria e injusta», lo que se aproximaría a una conducta tipificada como prevaricación administrativa.

El comunicado añade que, en caso de no paralizar el expediente de inmediato, se tomarán «las medidas necesarias» para que los responsables políticos del equipo de Gobierno local, integrado por PRC y PSOE, tengan que responder públicamente y en sede competente