Los exconsejeros de Sniace recurren la sentencia que ratificó su condena por los vertidos al Besaya
Los exconsejeros de Sniace condenados por los vertidos contaminantes de esta fábrica de Torrelavega al río Besaya han recurrido la sentencia del titular del Juzgado de lo Penal 2 de Santander que ratificó la pena de tres meses y 15 días de cárcel impuesta a cada uno de ellos por un delito contra el medio ambiente
Los exconsejeros de Sniace condenados por los vertidos contaminantes de esta fábrica de Torrelavega al río Besaya han recurrido la sentencia del titular del Juzgado de lo Penal 2 de Santander que ratificó la pena de tres meses y 15 días de cárcel impuesta a cada uno de ellos por un delito contra el medio ambiente y a pesar de que la Audiencia de Cantabria había anulado el fallo y ordenado la práctica de nuevas pruebas.
Los recursos han sido interpuestos antes de agotarse el plazo establecido, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press.
Apelan en ellos contra la última resolución del magistrado José Hoya Coromina que en verano de 2021 enjuició los hechos, ocurridos entre 2008 y 2010.
En esa sentencia, dictada el pasado mes de enero, el juez se reafirmó en la condena a los entonces miembros del Consejo de Administración de Sniace y jefe de Operaciones de la fábrica sin realizar las testificales a Miguel Gómez de Liaño -también exconsejero de la compañía- y Francisco Martín -que era consejero de Medio Ambiente del Gobierno regional cuando tuvieron lugar los vertidos-, pruebas que ordenó en octubre la Audiencia.
Este tribunal había estimado parte los recursos de los condenados que aludían a la falta de motivación y a la falta de algunas pruebas, de modo que anuló parcialmente el juicio y llamó al juez a completar el procedimiento y dictar una nueva sentencia.
Sin embargo, el magistrado no llevó a cabo las pruebas requeridas y ratificó las penas para el expresidente de la empresa Blas Mezquita y los otros seis miembros del Consejo de Administración, así como para el que era jefe de Operaciones de la fábrica, Francisco González Payno, como autor penalmente responsable de un delito contra el medio ambiente, en tanto que los consejeros lo habrían cometido por omisión.
Hoya Coromina justificó su negativa para no incurrir en una posible falta de imparcialidad, pues ya se pronunció en torno al caso en su momento -en septiembre de 2021, dos meses después de la vista-.
"Este juzgador presidió el plenario, enjuició y valoró las conductas de los encausados, presenció sus declaraciones, presenció sus pruebas y defensas y finalmente dictó la sentencia que conforme a las normas procesales y dado que se dictó en primera instancia fue recurrida en apelación, de ahí que la práctica de nueva prueba y de la posibilidad de alcanzar conclusiones contradictorias claramente abocan a la perdida de imparcialidad", argumentó el magistrado.
La Audiencia también requirió al magistrado que justificara la acusación contra el exjefe de operaciones de Sniace, algo que en cambio sí hizo, al considerar que su "participación directa" en los vertidos queda patente debido a la responsabilidad que acarrea su puesto. "Es el primer imputado en las actuaciones desde los inicios de la instrucción en aquel momento como único responsable penal por ser el director de operaciones y depender del mismo tanto el proceso de producción como lo relativo a los vertidos", esgrimió.