26.04.2024 |
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CALUMNIAS

Sentenciado a compensar con 35.000 euros a una clínica veterinaria tras desacreditarla en internet

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santander considera que la amenaza probada y las reseñas negativas posteriores del condenado y su entorno "sobrepasan los límites constitucionales de su libertad de expresión" y suponen "un ataque intencionado a su prestigio profesional"
Condenado a pagar una indemnización de casi 35.000 euros por "orquestar una campaña de descrédito" contra el centro. / Archivo
Condenado a pagar una indemnización de casi 35.000 euros por "orquestar una campaña de descrédito" contra el centro. / Archivo
Sentenciado a compensar con 35.000 euros a una clínica veterinaria tras desacreditarla en internet
Un juzgado de Santander ha condenado al cliente de una clínica veterinaria a pagar una indemnización de casi 35.000 euros por "orquestar una campaña de descrédito" contra el centro después de decirles a sus responsables que les iba a "machacar" en redes sociales.

En su sentencia, el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santander estima la demanda presentada por tres veterinarios contra el cliente y le reclama que "dé las instrucciones precisas" y la autorización a Google para retirar las afirmaciones "con contenidos injuriosos, calumniosos y amenazantes" del demandado, sus familiares, amigos y compañeros de trabajo en la web de la clínica.

El magistrado recuerda en su sentencia, contra la que cabe recurso, que el cliente ya fue condenado por la vía penal como autor de un delito leve de amenazas tras la querella presentada por los tres veterinarios.

La Audiencia de Cantabria declaró entonces probado que la amenaza se llevó a cabo y que "muchas personas relacionadas con el denunciado hicieron comentarios negativos en internet sobre la clínica, pese a que la mayoría de ellos no habían acudido nunca a dicha clínica, y carecían de elementos para hacer dichos comentarios".

Ahora, el juzgado de primera instancia considera que la amenaza probada y las reseñas negativas posteriores del condenado y su entorno "sobrepasan los límites constitucionales de su libertad de expresión" y suponen "un ataque intencionado a su prestigio profesional".

El cliente acudió a la clínica con su perro y cuatro días después de la visita, volvió para solicitar la hoja de reclamaciones "denunciando un diagnóstico erróneo" y pidió la devolución de los 55 euros que había abonado.

Ante la negativa de los veterinarios a devolver el importe de la consulta, el ahora condenado respondió diciendo: "os vais a enterar, os voy a hundir, os voy a machacar en las redes sociales".

Días después, apareció una reseña negativa en la página web de Google My Business de la clínica veterinaria, en la que, entre otras cuestiones, señala que no se realizó ninguna prueba al animal, "ni se le tocó" y "ni siquiera se puso un termómetro".

Durante los días inmediatamente anteriores y posteriores a este comentario, continúa la sentencia, se colgaron repetidas reseñas negativas por parte del demandado, de sus hermanos y de amigos, familiares y compañeros de trabajo.

Tras la aparición de otra reseña negativa de una usuaria de la clínica, el demandado contactó con ella por medio de Google y le dijo que iba a intentar que todos sus conocidos pusieran "una crítica negativa a este sitio, porque son unos sinvergüenzas".

Durante ese periodo la clínica sufrió una pérdida relativa de sus ingresos, como consta en una prueba documental aportada al procedimiento y que se cifra en 38.773 euros.

Según la sentencia, en los meses posteriores a la amenaza se publicaron 33 opiniones negativas de la clínica veterinaria, cuando la media normal de publicaciones en su web es de cinco reseñas mensuales, lo que demuestra que lo ocurrido "está claramente desbordado por un hecho puntual".

"Esta acción va más allá de lo que se podría considerar una lícita crítica legal a la pericia profesional de los demandantes que permiten las páginas web", sostiene el magistrado.

Y añade que "está dirigida exclusivamente a afectar negativamente a su prestigio profesional público, tanto en el aspecto de la propia estimación personal como en el de la consideración ajena, constituyendo una extralimitación del ejercicio del derecho a la libertad de expresión", argumenta.

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