Condenado a dos años de prisión un exdirector bancario por estafar casi 50.000 euros a una anciana de 89 años
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos años de prisión y a una multa de 1.800 euros a un exdirector de sucursal bancaria que estafó 49.910 euros a una mujer de 89 años, antigua clienta de la entidad y ya fallecida, tras aprovecharse de la relación de confianza forjada durante años y de su incapacidad para manejar la banca electrónica.
"Prevalido de su edad y su confianza"
La Sección Tercera de la Audiencia ha considerado al acusado autor de un delito de estafa agravada, al determinar que abusó tanto de su relación personal con la víctima como de su anterior cargo profesional como director de la oficina bancaria en la que ella tenía sus cuentas. Según el fallo, el hombre logró convencer a la anciana para que le autorizara el acceso a sus cuentas, y, sin conocimiento de ella, efectuó cuatro transferencias a su cuenta personal por importes de 10.000, 20.000, 19.000 y 910 euros respectivamente.
El dinero permanece en su poder durante más de dos años, hasta que los nietos de la mujer descubren la irregularidad y presentan la denuncia. Apenas un mes después, la víctima fallecía.
El tribunal desmiente la versión del acusado
Durante el juicio, el acusado reconoció haber realizado las transferencias, pero alegó que actuaba siguiendo instrucciones de la mujer. No obstante, el tribunal rechaza esta versión y señala que las explicaciones ofrecidas fueron contradictorias e inverosímiles:
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En fase de instrucción afirmó que administraba el dinero de la anciana.
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En el juicio dijo que simplemente lo mantenía en depósito.
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Aseguró que la visitaba con frecuencia, pero desconocía que necesitaba una cuidadora y que había sido hospitalizada tras una caída.
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Incluso afirmó no saber que había fallecido, pese a que una sobrina de la víctima testificó haberle comunicado el fallecimiento meses antes.
"La versión del acusado no se sostiene", concluye tajantemente la sentencia.
Una estafa con "agravación específica"
La Audiencia considera probado que el acusado se aprovechó de la "grandísima confianza" que la mujer depositaba en él, así como de su condición previa de director bancario, lo que le otorgaba una credibilidad profesional ante la víctima. "Utilizando la banca online y sabiendo que la mujer no podía controlarlo, incorporó el dinero a su propio patrimonio sin darle explicación alguna", destaca el fallo.
Esta combinación de abuso de confianza personal y profesional es lo que, según el tribunal, fundamenta la agravación del delito de estafa. De ahí que, aunque el acusado consignó voluntariamente 50.000 euros tras ser llamado a declarar —lo que le ha permitido beneficiarse de una atenuante de reparación del daño—, la Sala considera que la pena de prisión es proporcional al delito cometido.