La Audiencia de Cantabria dicta sentencia: once años para los dos acusados del crimen del apeadero de Boo
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha dictado sentencia firme en uno de los crímenes más conmocionantes ocurridos en la región en los últimos años. Rubén G.A. y Ángel R.C. han sido condenados a 11 años de prisión por un delito de homicidio doloso con la concurrencia de la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de reparación del daño, tras ser hallados culpables por unanimidad por un jurado popular.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 3 de febrero de 2024 en el apeadero de tren de Boo de Piélagos. Según el tribunal, los dos jóvenes, en estado de embriaguez y tras un enfrentamiento verbal con la víctima, propinaron múltiples puñetazos y patadas a Carlos C., de 21 años, lo que provocó que este cayera desde el andén a las vías del tren, donde impactó contra elementos metálicos y sufrió una conmoción medular que derivó en un fallo respiratorio y su muerte inmediata.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, incluye además una orden de alejamiento de 300 metros y prohibición de comunicación con los familiares de la víctima durante 12 años, así como 10 años adicionales de libertad vigilada una vez cumplida la pena de prisión. En el apartado civil, ambos deberán indemnizar conjuntamente a la familia del fallecido con 170.497 euros.
Veredicto del jurado: homicidio con intención
El veredicto emitido por el jurado —y ratificado ahora en sentencia— fue rotundo. Determinó que los acusados tenían intención de causar la muerte de Carlos o, al menos, asumieron la alta probabilidad de ese desenlace tras su brutal agresión. Esta circunstancia fue clave para configurar el delito como homicidio doloso, alejando la posibilidad de que se tratara de una imprudencia o un accidente, como defendieron sin éxito las defensas.
El magistrado presidente del tribunal, Juan José Gómez de la Escalera, ha recogido el veredicto en una sentencia clara en la que se absuelve a ambos acusados del delito de omisión del deber de socorro, solicitado por la acusación particular. Si bien se marcharon del lugar sin prestar ayuda, el jurado no consideró probado que la omisión fuera jurídicamente punible al concurrir ya el fallecimiento casi inmediato de la víctima.
Recursos anunciados y prisión provisional prorrogada
Las defensas de Rubén y Ángel anunciaron recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), y el juez ha prorrogado su prisión provisional hasta el 5 de agosto de 2029 para garantizar la ejecución de la sentencia durante la tramitación de los recursos.
Cabe destacar que ambos acusados realizaron ingresos económicos previos al juicio en concepto de reparación del daño, circunstancia que el tribunal ha considerado como atenuante. Pese a ello, el carácter brutal del ataque, el número de agresores frente a una víctima sola y su vulnerabilidad física en el momento del ataque (llevaba la ropa subida y tenía limitada movilidad) han motivado una condena elevada en el marco del tipo penal del homicidio.
Este caso ha generado un fuerte impacto social, no solo por la juventud de los implicados, sino también por la contundencia del ataque y la aparente gratuidad de la violencia ejercida. Carlos C. volvía de una noche de fiesta, al igual que sus agresores, y el enfrentamiento se originó en un vagón de tren sin que mediara una razón clara. Lo que siguió fue una agresión en el andén que terminó con una vida truncada.