La Audiencia de Cantabria prorroga la prisión provisional al asesino de Liaño por “riesgo elevadísimo de fuga”
La Audiencia Provincial de Cantabria ha decidido prorrogar la prisión provisional de José Reñones, condenado a prisión permanente revisable por asesinar en 2021 a su pareja y a su hija de once meses en Liaño de Villaescusa, al considerar que existe un riesgo de fuga “elevadísimo”.
El auto, dictado el pasado 19 de mayo por la presidenta de la Sección Primera, la magistrada Paz Aldecoa, establece que Reñones continuará en prisión provisional hasta que se cumpla la mitad de la pena impuesta desde su ingreso en diciembre de 2021. El tribunal descarta así cualquier posibilidad de libertad bajo fianza o con medidas cautelares menos gravosas, como controles telemáticos o comparecencias periódicas.
Argumentos de la prórroga
El tribunal fundamenta su decisión en tres puntos clave:
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La gravedad de la pena: La condena impuesta —prisión permanente revisable— representa la sanción penal más severa contemplada por el Código Penal español. “Es más que razonable inferir que, de quedar en libertad, el condenado intentaría sustraerse a la acción de la Justicia”, afirma la Sala.
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Falta de arraigo personal y social: Aunque Reñones es español y tiene familiares en Cantabria, el tribunal señala que no existe una vinculación emocional o económica con ellos lo suficientemente fuerte como para impedir una posible fuga.
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Próxima vista del recurso de apelación: El recurso presentado por la defensa ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria se verá el próximo 10 de junio, y la presencia del condenado es “esencial”.
El auto añade que estas circunstancias no pueden ser contrarrestadas con medidas menos restrictivas. Por tanto, se decreta la prórroga de la prisión provisional hasta la mitad del cumplimiento de la condena.
Peticiones enfrentadas en la vista
Durante la vista celebrada el 16 de mayo, la Fiscalía y las acusaciones particular y popular coincidieron en pedir la prórroga ante el “notable riesgo de fuga” de Reñones y su “carencia de arraigo social, familiar y laboral”. También subrayaron la “extrema gravedad” de los crímenes cometidos.
Por su parte, la defensa solicitó la libertad provisional, dado que la sentencia aún no es firme. El letrado sostuvo que la prisión provisional vulnera derechos fundamentales como la presunción de inocencia, la libertad ambulatoria y el principio de rehabilitación, y que el riesgo de fuga podía controlarse con medidas alternativas.
Un crimen brutal
José Reñones fue condenado el pasado febrero por un jurado popular tras ser declarado culpable del asesinato de su pareja y su hija de once meses, en un crimen que conmovió a la región. Fue la primera vez que se aplicó una prisión permanente revisable en Cantabria.
Los hechos ocurrieron el 19 de diciembre de 2021. Pese a tener una orden de alejamiento en vigor, Reñones regresó al domicilio familiar con el consentimiento de su pareja. La situación se tornó insostenible por su conducta “autoritaria y despreciativa”, lo que llevó a la mujer a llamar a la Guardia Civil. Los agentes lo hicieron abandonar la vivienda, pero regresó poco después sin ser detenido.
Cuando su pareja volvió a casa, creyendo que él no estaba, fue atacada brutalmente. Según el veredicto del jurado, Reñones la agredió por sorpresa, golpeándola con puños y patadas, y apuñalándola seis veces con un arma blanca, causando su muerte. A continuación, asfixió a su hija y también la apuñaló después de fallecida.
El jurado consideró que el doble crimen fue cometido por “dominación machista” y con total desprecio por la vida de ambas víctimas.
Condenas impuestas
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Prisión permanente revisable por el asesinato de la bebé.
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25 años de prisión por el asesinato de su pareja.
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1 año adicional por quebrantamiento de la orden de alejamiento.
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Dos periodos de 10 años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena.
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Pérdida de la patria potestad sobre sus otras hijas durante toda la duración de la condena.
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Indemnización de 245.000 euros a los familiares de las víctimas.
Mientras el recurso de la defensa se resuelve, José Reñones seguirá en prisión preventiva. De no dictarse sentencia firme antes, esta medida puede mantenerse como máximo hasta diciembre de 2025, fecha en la que se cumplen cuatro años de su encarcelamiento inicial.