16.04.2024 |
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PATERNIDAD 2022

Un Juzgado de Santander concede el complemento de maternidad a un hombre

¿Qué obtiene con la sentencia estimatoria? Percibirá más de 7.000 euros y un complemento en su pensión vitalicia de jubilación

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Un Juzgado de Santander concede el complemento de maternidad a un hombre

Continúan dictándose sentencias favorables a los hombres pensionistas por parte de los Juzgados y Tribunales de toda España sobre el complemento por maternidad en virtud de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 12 de diciembre de 2019, asunto C-450/18, que declaró que el art.60 LGSS -en su redacción anterior- era contrario a la Directiva 79/7 y discriminatorio por razón de sexo al reconocer solo a las mujeres el complemento por maternidad, pero no a los hombres que cumplían los mismos requisitos; y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en sus sentencias de 16 de febrero y 30 de mayo de 2022. Entre ellas, destaca la reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº5 de Santander del pasado 19 de octubre de 2022, que resuelve las pretensiones aducidas por las partes en cuanto a la aplicación de complemento regulado en el artículo 60 TRLGSS, en su redacción anterior por ser la vigente y la aplicable al caso que se ha dirimido en sede judicial.

En virtud de meritada sentencia se reconoce -sin ápice de duda- el derecho de un pensionista jubilado a percibir el complemento por maternidad en su pensión, tal y como se desprende del fallo:“(…) reconociendo el derecho al complemento del 5% sobre la pensión que viene percibiendo, con fecha de efectos económicos del día 12-12-17, condenar a las demandadas a acatar el presente pronunciamiento”.

En este caso, el varón es padre de dos hijos, por lo que su pensión mensual de jubilación se verá incrementada en un 5% adicional. A mayor abundamiento, y dado que el varón es beneficiario de una prestación contributiva de jubilación desde el día 12 de diciembre de 2017, la entidad gestora condenada deberá abonarle desde ese momento y por todos los atrasos devengados una cuantía que asciende a más de 7.000€.

Por último, cabe recordar que, “dado que la entidad gestora continúa denegando en vía administrativa el complemento a determinados pensionista, la realidad es que solo aquellos hombres que lo soliciten expresamente y, si fuere necesario, acudan a la vía judicial podrán recuperar todos los atrasos desde el momento en que accedieron a la pensión -en virtud de la doctrina del Tribunal Supremo y del TJUE- y ver reconocido su derecho al complemento, con independencia de la situación particular en la que se encuentren” afirma Dª. Diego Lahuerta, Abogado del cliente y de la firma nacional Unive Abogados.

En síntesis, para poder solicitar que se le reconozca el complemento de maternidad en su pensión contributiva de jubilación ordinaria, jubilación anticipada forzosa, viudedad o incapacidad permanente, es requisito que hubieran accedido a la misma entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y fueran padres de dos o más hijos.

Un Juzgado de Santander concede el complemento de maternidad a un hombre
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