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Condenados dos tuiteros X por acosar a Lucía Etxebarria durante cinco años

La escritora Lucía Echevarría. / EP
Dos tuiteros han sido condenados por acosar durante cinco años a Lucía Etxebarria, a quien deberán indemnizar con más de 7.000 euros por el daño psicológico y moral causado.

El Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid ha dictado una sentencia en primera instancia mediante la cual se condena a dos usuarios de la red social X, anteriormente conocida como Twitter, por su participación en una campaña sostenida de acoso digital dirigida contra la escritora Lucía Etxebarria. Los acusados, identificados como A.L.M. y G.M.A., han sido declarados culpables de un delito leve de coacciones continuadas. La resolución judicial impone una indemnización total que supera los 7.000 euros en favor de la autora, como compensación por los daños psicológicos y morales sufridos.

Según consta en el fallo judicial al que ha accedido El Debate, los hechos se remontan a un periodo de cinco años en el que ambos condenados publicaron de forma constante mensajes en sus perfiles públicos que la magistrada considera de carácter vejatorio, hostigador y denigrante. La conducta de los tuiteros generó en Etxebarria un profundo malestar emocional, afectando de manera severa su bienestar psicológico y su vida profesional y personal.

El texto de la sentencia señala que la intensidad y reiteración de los mensajes llegaron a provocar en la escritora "gran malestar, angustia, miedo, ansiedad y desasosiego", afectando su derecho constitucional a la libertad ideológica y de expresión. Esta situación forzó su retirada involuntaria de la actividad en redes sociales y su desvinculación de intervenciones en medios de comunicación televisivos donde colaboraba, especialmente en calidad de tertuliana.

Además, el fallo recoge que como consecuencia de la exposición pública generada por esta campaña de descrédito, Etxebarria sufrió alteraciones sustanciales en su rutina diaria, hasta el punto de ser agredida físicamente en la vía pública tras ser reconocida. La resolución considera que estos hechos derivan directamente de una campaña sistemática de denostación vinculada a su postura ideológica. En concreto, se señala que los ataques respondían a su discrepancia con determinadas posiciones asociadas al colectivo LGTBI+ y a la legislación relativa al mismo.

La jueza María José Ortega ha condenado a los acusados a una pena de tres meses de multa, con una cuota diaria de seis euros. En caso de impago, cada dos cuotas no abonadas podrán conmutarse por un día de prisión, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal. Asimismo, deberán abonar 2.315,87 euros a la víctima por las secuelas psicológicas y otros 5.000 euros en concepto de indemnización por daños morales.

La sentencia incluye además una orden de alejamiento, válida por un periodo de seis meses desde que adquiera firmeza, por la cual A.L.M. y G.M.A. no podrán acercarse a menos de 500 metros de Etxebarria ni mantener ningún tipo de comunicación directa o indirecta con ella. Igualmente, se les prohíbe cualquier mención a la escritora o alusión a su persona a través de redes sociales u otros medios digitales.

La decisión judicial sienta un precedente relevante en materia de protección frente a la violencia digital prolongada en el tiempo y vinculada a la libertad ideológica. En este caso, la campaña de acoso fue juzgada como una estrategia orquestada para silenciar la voz de una figura pública por expresar opiniones contrarias al discurso dominante en determinados sectores sociales.