23.04.2024 |
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NORMATIVA

Por estos motivos puede ser multado en la playa

Tanto la Ley de Costas como las ordenanzas estipulan normas para cumplir en estos espacios públicos. 
Los usuarios de las playas deben conocer las normas para evitar ser multado. / Alerta
Por estos motivos puede ser multado en la playa

Como en todos los espacios públicos, en las playas hay normas ciudadanas que hay que cumplir y que están regidas por las  ordenanzas municipales y la Ley de Costas 22/1988. Por ejemplo, por orinar en el mar, usted puede ser objeto de una sanción, así como también si se pesca sin permiso, bañarse con bandera roja o hacer botellón. 

No obstante, cada comunidad tiene sus propias normas, pues en algunos lugares está prohibido jugar a las palas, usar champú para la ducha o poner música, mientras que en otros no. 

Las sanciones están dictadas por la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y las respectivas ordenanzas municipales, que son competencia de cada ayuntamiento y define qué acciones pueden ser motivo de multas. 

Según  la ley, las multas que se pueden imponer en la playa van desde los 30 euros hasta los 3.000 euros, siendo las más graves. 

En la Ley

Por orinar en el mar, el usuario de la playa puede ser objeto de sanción. Pero no en todas, todo depende de la comunidad en que se encuentre. En Vigo, por ejemplo, no se puede hacer pues se enfrenta a multas de 750 euros. 

Pero en todas las playas del país está prohibido ducharse con jabón o champú. Estas también pueden acarrear multas de 750 euros. La razón es medioambiental, ya que el usar estos productos en la ducha conlleva a que nitratos y fosfatos recalen en el agua marina, volviéndola turbia.  También puede ser objeto de sanción por poner música con un volumen muy alto.  Hacer una barbacoa sin autorización, fumar, acampar en la playa, pescar sin licencia, bañarse con bandera roja o hacer nudismo en playas no nudistas también pueden ser objeto de sanción. 

Por otra parte, el pasado 3 de mayo de 2021 fue publicada en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza sobre Protección de Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales del Ayuntamiento de Piélagos. 

En esta se indica que está prohibido el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos en las playas, así como los campamentos y acampadas. También se prohíben los vertidos y depósitos de todo tipo de materiales que puedan producir contaminación, entre otros.

Por estos motivos puede ser multado en la playa
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