23.04.2024 |
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Absuelto alcalde de Vega de Liébana de falsedad documental que le achacaban

El alcalde de Vega de Liébana, en el juicio celebrado contra él por falsificar un documento público. / ALERTA
El alcalde de Vega de Liébana, en el juicio celebrado contra él por falsificar un documento público. / ALERTA
Absuelto alcalde de Vega de Liébana de falsedad documental que le achacaban
La Audiencia de Cantabria ha absuelto al alcalde de Vega de Liébana del delito de falsedad documental del que se le acusaba en relación a unas firmas en un documento oficial dirigido al Gobierno dentro del proyecto de "Vía Ferrata".

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, y contra la que cabe recurso, el tribunal absuelve al alcalde, que en el juicio reconoció que cometió esa "torpeza", aduciendo que lo hizo porque se necesitaba la autorización provisional del proyecto "con premura

Ahora la sección tercera de la Audiencia le absuelve porque en el documento que envió al Gobierno no había "una mutación de la realidad relevante" que fuera merecedora de sanción penal.

El tribunal explica que cuando Alonso puso las firmas en el documento tenía la autorización de las juntas vecinales afectadas por el trazado de la "Vía Ferrata", y que dos de ellas, la de Villaverde y la de Ledantes, titulares del monte de utilidad pública, no habían puesto condición alguna.

"No puede afirmarse por tanto que existiera oposición clara o expresa a la ejecución del proyecto por parte de esas entidades locales", dice la sentencia.

La Audiencia señala además que no puede concluirse que la no incorporación de las condiciones de la otra junta (la de Barrio) aportara al documento una "inveracidad esencial" o una capacidad para lesionar bienes jurídicos protegidos.

La "mendacidad escrita" en el documento por el regidor, según los magistrados, carecía así "de relevancia para conseguir la autorización provisional del proyecto".

La Fiscalía y la acusación particular pedían tres años y medio de cárcel para el alcalde de Vega de Liébana, una multa de 3.600 euros e inhabilitación durante tres años. 

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