29.03.2024 |
El tiempo
viernes. 29.03.2024
El tiempo
El Diario de Cantabria

Harry no se libra

La Audiencia Provincial reduce nueve meses la pena de prisión a la que fue condenado y se queda en dos años y nueve meses  | Confirma su delito pero le rebaja la pena por «dilaciones indebidas»

Ángel Lavín ‘Harry’. / alerta
Ángel Lavín ‘Harry’. / alerta
Harry no se libra

Harry estará en la cárcel menos tiempo del previsto inicialmente, pero se pasará un tiempo entre rejas. De eso parece que no le va a librar nadie porque la Audiencia Provincial le ha condenado a dos años y nueve meses de prisión, una condena nueve meses inferior a la que le había impuesto el juzgado de lo Penal número uno de Santander por un delito de administración desleal durante el tiempo que ocupó la poltrona racinguista. Ésta fue apelada por el condenado y, aunque la apelación ha confirmado la trascendencia de sus fechorías, le han rebajado la condena por «dilaciones indebidas» a lo largo del procedimiento. Fueron unas dilaciones en las que nada tuvo que ver la acusación y que, en la práctica, le van a ahorrar al expresidente verdiblanco de un periodo idéntico al de un embarazo entre rejas.

De este modo, la Sección Primera de la Audiencia Nacional ha estimado sólo en parte el recurso presentado por ‘Harry’ contra el fallo del Juzgado de lo Penal, que en marzo del pasado año le condenó a tres años y medio de prisión por un delito continuado de administración desleal durante su etapa al frente del Racing, además de a una indemnización de 216.400 euros al club por daños y perjuicios ocasionados al mismo, más el pago de las costas. Es un dinero que será complicado ver en las arcas racinguistas pero el racinguismo e incluso quienes iniciaron esta cruzada, que fue la Asociación de Exjugadores, a la que se le sumó después tanto el propio Racing como Aupa, a buen seguro que queden satisfechos sólo viendo al hostelero de Suances con el pijama de rayas. Tanto se ha demorado la causa, que la demanda fue presentada en diciembre del 2012 (el próximo día 28 hará ocho años) y aún podría seguir abierta porque a Harry le queda acudir al Supremo, pero sólo en caso de fraude de ley, ya que los hechos no volverán a ser juzgados.

Aunque los magistrados de la Sección Primera consideran «muy compleja y voluminosa» la instrucción de la causa, en la que «se investigaron muchos hechos», admiten que el recurso de apelación interpuesto contra el auto de procedimiento abreviado que fue resuelto por la Sección Tercera en agosto de 2018 tuvo una «demora que no guarda proporción con la complejidad de la causa». «La única paralización apreciable es el tiempo que tardó en resolver el recurso de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial que justifica la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas como simple, rebajando la pena a dos años y nueve meses de prisión, en lugar de tres años y seis meses», rebaja que los magistrados de la Sección Primera consideran «adecuada y proporcionada a la continuidad delictiva, entidad de los hechos y a la concurrencia de una atenuante».

acreditado. Aún así, a pesar del, en su opinión, injustificado retraso de la tramitación de la causa que le ha permitido a Harry ahorrarse nueve meses de cárcel, la sentencia de la Audiencia Provincial ratifica el resto de la resolución del juzgado de lo penal. «Han quedado acreditados los mecanismos y operaciones por los cuales el Real Racing Club resultó perjudicado económicamente debido a que el acusado, actuando en su condición de consejero delegado y presidente, se dio de alta en la Seguridad Social, se asignó y cobró un sueldo y celebró dos contratos en perjuicio de la sociedad que administraba, todo en ello en beneficio propio y con abuso de sus funciones, quebrantando el deber de lealtad, lucrándose y generando un perjuicio al club que administraba», apunta el auto.

Fue juzgado por cuatro hechos: por asignarse de manera «unilateral» un sueldo de 72.000 euros anuales en 2012, cuando el club estaba «al borde de la desaparición»; por el contrato a José Ignacio Urquijo como director técnico deportivo de los equipos de todas las categorías salvo el primer equipo; por el contrato de arrendamiento de servicios con la empresa Blu Sistemas y Proyectos, pese a que estaba en disolución y sin actividad los tres años precedentes y con el informe contrario de los administradores concursales y, en cuarto lugar, por la renovación del alquiler de tres apartamentos en la urbanización ‘Albatros’ por cinco años y una renta anual de 48.000 euros.

En los tres primeros supuestos, la magistrada de lo Penal consideró «sin duda más que probada» la administración desleal, y calificó la gestión de Lavín de «fraudulenta y más que engañosa», entendiendo además que había una «continuidad delictiva». Concluyó que la conducta de ‘Harry’ causó perjuicio en el capital social y patrimonial de la sociedad anónima deportiva -bien jurídico individual-, pero también de modo colectivo, por lo que al imponer la pena -tres años y medio de cárcel- tuvo en cuenta, además de «relevante» cuantía económica, el perjuicio ocasionado a los socios del club, empleados, aficionados y la sociedad en general en el ámbito deportivo.

El abogado de Ángel Lavín intentó que se declarase la nulidad del juicio y la sentencia y que se celebrase una nueva vista con otro magistrado, que se absolviera a su representado de los delitos por los que fue condenado, y se apreciase la concurrencia de la atenuante de las dilaciones indebidas como muy cualificada, peticiones a las que se opusieron el Ministerio Fiscal y el resto de acusaciones. La Audiencia Provincial rechaza la «falta de imparcialidad» de la jueza de lo Penal y «en modo alguno se revela errónea la conclusión a la que llegó».

Sobre el contexto de los hechos, la sala cree que ha quedado acreditado, tanto por la prueba documental como por la testifical de los administradores concursales, la «delicada» situación económica del Racing, que estaba «en peligro de desaparición», y era «fundamental para garantizar la viabilidad del club reducir costes». Es más, los administradores instaron un expediente de regulación de empleo para resolver el contrato de 20 trabajadores, y antes de su cese, en julio de 2012, mantuvieron contactos «casi a diario» con ‘Harry’, que «estaba al corriente de la delicada situación del club».

Sobre el contrato a Urquijo, durante dos años y tres meses, la sentencia pone de manifiesto que el anterior director deportivo tenía un sueldo «mucho más bajo» y no cobraba primas por objetivos. Además, se pactó un horario de 16 horas semanales, incluidos los partidos, frente a las 70 horas de sus antecesores. En la vista por el recurso que ha desembocado en esta sentencia declararon, entre otros, el exdirector general del Racing Antonio Corino que afirmó que, durante la etapa de Lavín como presidente, le alertó de que los gastos en los que estaba incurriendo la entidad eran «excesivos» y también de que los estatutos no contemplaban que tuviera un sueldo por el desempeño de su cargo.

Harry no se libra
Comentarios