23.04.2024 |
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Desestimada la denuncia del Dépor por alineación indebida del Bilbao Athletic

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Desestimada la denuncia del Dépor por alineación indebida del Bilbao Athletic

El juez único de Competición de la Real Federación Española de Fútbol ha desestimado la reclamación del Deportivo por alineación indebida del Bilbao Athletic en el partido que les enfrentó este mes en Lezama y que acabó con empate 1-1, decisión que el club gallego recurrirá ante el Comité de Apelación.

El juez da, en parte, la razón al Deportivo, pero, al aplicar el código normativo no ve responsabilidad disciplinaria alguna en la alineación de Juan Artola y Youssouf Diarra en el partido del 10 de abril, si bien contra esa resolución cabe interponer recurso y el Deportivo ya ha anunciado que lo hará.

Los dos jugadores habían recibido la quinta amarilla en el encuentro ante el Tudelano y en la siguiente jornada el equipo vasco fue declarado vencedor del encuentro no disputado por el Extremadura, club excluido de la competición.

El Deportivo entendía que al no haberse disputado ese partido entre Bilbao Athletic y Extremadura, la sanción de los dos jugadores no se había cumplido.

El Athletic Club se opuso a la denuncia del Deportivo y consideraba que los futbolistas habían cumplido el encuentro de castigo ante los extremeños.

El Juez de Competición considera, por una parte, que el Extremadura-Bilbao Athletic no debería computar ni ser válido para extinguir la responsabilidad incurrida por un jugador sometido a suspensión.

Sin embargo, al mismo tiempo que da esa opinión favorable al Deportivo, entiende que esa tesis “no se ve soportada por la realidad legal contenida en el Código Disciplinario” y alude al artículo 59: en “los partidos en los que se declare vencedores a los oponentes, bien por exclusión de la competición o bien por retirada de la misma, se deben considerar como disputados -a todos los efectos-“.

“Muy probablemente no haya sido ésta la intención del legislador, sin embargo, para dilucidar la presente controversia hemos de recordar que nos encontramos en un ámbito sancionador, regido por los principios informadores del mismo, debiendo estar aquí a lo establecido” en el Código Disciplinario, arguye el juez.

En este sentido, asegura que si fuera la jurisdicción civil, la interpretación de las normas daría razón al club denunciante, el Deportivo, pero no así en un “ámbito disciplinario sancionador” como el suyo. EFE

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caf/sab

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