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El Supremo se opone al indulto de García Ortiz y subraya la gravedad institucional de los hechos

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a su llegada al Tribunal Supremo para declarar como investigado por un presunto delito de revelación de secretos.
El Alto Tribunal considera que no existen razones de justicia, equidad ni utilidad pública que justifiquen la medida de gracia solicitada para el exfiscal general del Estado, condenado por revelación de datos reservados.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha emitido un informe desfavorable a la concesión del indulto solicitado para el exfiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, condenado por un delito de revelación de secretos relacionado con la difusión de información reservada sobre Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.

Según ha publicado El Debate, el pronunciamiento del Alto Tribunal responde al trámite preceptivo previsto en la legislación sobre indultos y será remitido al Gobierno, que es quien tiene la última palabra sobre la eventual concesión de la medida de gracia.

En su dictamen, los magistrados sostienen que no concurren razones de justicia, equidad o utilidad pública que permitan respaldar la petición presentada por dos ciudadanos y actualmente en estudio por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, dirigido por Félix Bolaños.

La resolución recuerda que los hechos por los que fue condenado García Ortiz tuvieron una especial trascendencia debido al cargo que ocupaba en el momento de producirse. Para el Supremo, la conducta sancionada provocó una afectación relevante a la credibilidad institucional del Ministerio Fiscal, organismo llamado a velar por la legalidad y garantizar los derechos de los ciudadanos.

Los magistrados destacan que la vulneración de las obligaciones de confidencialidad y secreto inherentes al ejercicio de la función fiscal constituye un comportamiento de especial gravedad cuando quien lo protagoniza es precisamente el máximo responsable de la Fiscalía General del Estado.

Asimismo, el tribunal recalca que la sentencia ya es firme y que las consecuencias jurídicas derivadas de la misma deben ejecutarse. En este sentido, recuerda que la única pena pendiente de cumplimiento es la de inhabilitación especial para ocupar el cargo de fiscal general del Estado, ya que las medidas de gracia no afectan al delito en sí, sino únicamente a las penas impuestas.

La Sala también llama la atención sobre la falta de argumentos aportados por los promotores de la solicitud. Según recoge el informe, la petición no desarrolla ni acredita circunstancias excepcionales que permitan justificar el perdón gubernamental desde los parámetros exigidos por la ley.

El procedimiento para estudiar el indulto se puso en marcha el pasado mes de enero, cuando el departamento que dirige Félix Bolaños inició la tramitación tras recibir la solicitud formal. Como parte del proceso, el Ejecutivo solicitó al Supremo el correspondiente informe, un paso obligatorio aunque no vinculante.

Pese a que la decisión definitiva corresponde al Consejo de Ministros, el criterio expresado por el órgano sentenciador suele tener un peso relevante en este tipo de expedientes, especialmente cuando se trata de condenas relacionadas con responsabilidades institucionales de máximo nivel.

La negativa del Supremo añade un nuevo capítulo a uno de los episodios más controvertidos que ha afectado a la Fiscalía General del Estado en los últimos años y reabre el debate político sobre la utilización de la figura del indulto en casos que afectan a altos cargos de las instituciones públicas.