'caso begoña'

El Supremo blinda a Bolaños: no ve delito alguno en el ‘caso Begoña Gómez’

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. / EP

El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a una causa penal contra el ministro Félix Bolaños al considerar que no existen indicios de malversación ni falso testimonio en el marco del ‘caso Begoña Gómez’

El Tribunal Supremo ha rechazado este martes abrir una causa penal contra el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en el marco del conocido como ‘caso Begoña Gómez’, al no apreciar indicios de delito en su actuación. La Sala de Admisión del Alto Tribunal archiva así la petición elevada el pasado 3 de julio por el juez Juan Carlos Peinado, quien solicitaba investigar al ministro por presunta malversación de fondos públicos y falso testimonio en relación con la contratación en 2018 de Cristina Álvarez como asesora de la esposa del presidente del Gobierno.

El Supremo avala la actuación de Bolaños y rechaza que existan pruebas

En un auto contundente, los magistrados de la Sala Penal —Andrés Martínez Arrieta, Pablo Llarena, Julián Sánchez Melgar, Leopoldo Puente y Ángel Hurtado— subrayan la «absoluta ausencia de cualquier indicio mínimamente fundado» que vincule a Bolaños con una conducta delictiva. Según el tribunal, la mera ostentación de un cargo público no implica por sí sola responsabilidad penal ni prueba la comisión de actos dolosos relacionados con el manejo de recursos públicos.

El delito de malversación, en palabras del propio tribunal, exige intencionalidad y conocimiento por parte del presunto autor sobre el destino irregular de los fondos públicos. Algo que no se ha acreditado en este caso. Los magistrados recuerdan que no consta la participación directa de Bolaños en el nombramiento de Álvarez, ni se ha demostrado que su retribución estuviera desviada de sus funciones oficiales.

Sin base para acusar de falso testimonio

En cuanto al supuesto falso testimonio que también se atribuía a Bolaños, a raíz de diferencias detectadas por Peinado entre sus declaraciones y las del exdirector de personal de Moncloa, Raúl Díaz, el Supremo también lo descarta. Subraya que este tipo penal requiere que se haya dictado previamente una resolución judicial firme sobre los hechos objeto del testimonio, cosa que no ha ocurrido.

De hecho, los jueces advierten de que si Bolaños es al mismo tiempo testigo e investigado por los mismos hechos, no se le puede exigir una declaración veraz, ya que le ampara el derecho a no declarar contra sí mismo.

Críticas a la instrucción: omisión de la Fiscalía y lagunas formales

Más allá del fondo del asunto, el Supremo critica con dureza el proceder del juez Peinado. Denuncia que no se dio audiencia previa al Ministerio Fiscal antes de elevar la exposición razonada, lo que califican de «extraño» y contrario a la práctica habitual en causas penales. Este defecto formal debilita aún más la validez de la exposición enviada al Alto Tribunal.

La Sala considera determinante el informe posterior del Ministerio Público, que coincide con el Supremo en no apreciar indicios delictivos y en señalar que no se ha concretado siquiera la unidad administrativa donde prestaba servicio la asesora ni se han descrito con claridad las funciones desviadas que justificarían la malversación.

Una decisión con calado político y judicial

El archivo de esta causa supone un alivio judicial para el Gobierno de Pedro Sánchez, que en las últimas semanas ha enfrentado una intensa presión mediática y política por las investigaciones en torno a su esposa, Begoña Gómez. La actuación del juez Peinado ha sido objeto de numerosas críticas por parte del Ejecutivo, que ha denunciado una campaña de lawfare (guerra judicial) desde algunos sectores.

La resolución también refuerza la posición de Félix Bolaños, una de las figuras más próximas al presidente, que no solo no verá comprometida su continuidad en el Ejecutivo, sino que sale reforzado tras el aval del Alto Tribunal.