Luis Medina, absuelto en el 'caso mascarillas'; Luceño, condenado a 3 años y medio de cárcel
El tribunal considera que no hubo estafa al Ayuntamiento de Madrid, pero condena a Luceño por delito fiscal y falsedad documental
La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia en el caso mascarillas, absolviendo a Luis Medina del delito de estafa agravada y condenando a su socio, Alberto Luceño, a tres años y medio de cárcel y al pago de una multa de 4,85 millones de euros por delito contra la Hacienda Pública. Además, Luceño ha sido condenado a ocho meses de prisión por falsedad documental.
La sentencia: sin estafa, pero con fraude fiscal
El fallo, emitido por la Sección Séptima de la Audiencia de Madrid, concluye que no ha quedado acreditado que los empresarios engañaran al Ayuntamiento de Madrid en la venta de material sanitario durante la pandemia. Sin embargo, la condena a Luceño se basa en delitos tributarios y falsificación documental en la gestión de los contratos.
La sentencia se ha notificado tanto a las partes como a los acusados, quienes esperaban el veredicto desde que el juicio quedara visto para sentencia el pasado 27 de febrero.
El desarrollo del juicio y la defensa de los acusados
El proceso judicial contó con ocho sesiones en las que declararon diversos funcionarios del Ayuntamiento de Madrid, incluyendo a Elena Collado, jefa de compras del Consistorio durante la pandemia, y el director gerente de Madrid Salud, así como peritos de la Agencia Tributaria y de la Policía Municipal.
Durante su declaración, tanto Medina como Luceño negaron haber informado al Ayuntamiento de que recibirían comisiones por la venta de mascarillas, contradiciendo el testimonio de Collado. Los empresarios argumentaron que los precios del material fueron fijados por la empresa malaya Leno, proveedora del material sanitario.
El abogado de Luis Medina, José Antonio Choclán, solicitó la absolución de su cliente, argumentando que no hubo sobreprecio identificable debido a la volatilidad del mercado en plena crisis sanitaria. Además, sostuvo que no hubo incumplimiento contractual, ya que el objetivo era suministrar el material solicitado.
Por su parte, la defensa de Luceño insistió en que no se ocultaron las comisiones, afirmando que los cinco millones de euros recibidos estaban registrados en las cuentas bancarias del acusado.
El argumento de la Fiscalía y las penas solicitadas
El Ministerio Fiscal había solicitado penas de hasta 15 años de prisión para los acusados, acusándolos de estafa agravada, falsedad documental y fraude fiscal. En su informe final, el fiscal subrayó que los acusados actuaron con ánimo de lucro, destacando frases extraídas de sus correos electrónicos como "pa' la saca" y "esto es un pelotazo", que reflejarían su intención de aprovecharse de la emergencia sanitaria.
Según la Fiscalía, las comisiones alcanzaron márgenes desproporcionados:
- 149% en el caso de las mascarillas
- 244% en la venta de test de detección de COVID
- 426% en los guantes sanitarios
El fiscal sostuvo que los acusados ocultaron deliberadamente la existencia de estas comisiones, mientras se presentaban ante el Ayuntamiento como intermediarios altruistas. En este sentido, citó un correo electrónico de Elena Collado del 22 de marzo de 2020, en el que la funcionaria afirmaba que los empresarios no percibirían beneficios por la operación.
Además, la Fiscalía argumentó que Luis Medina y Luceño no tenían experiencia real en comercio exterior, pese a haber asegurado al Ayuntamiento que sí la tenían.
La sentencia supone un duro golpe para Alberto Luceño, quien deberá cumplir una condena de casi cuatro años de prisión y hacer frente a una multa millonaria. Por otro lado, Luis Medina queda absuelto, al no encontrar el tribunal indicios suficientes para probar su implicación en una estafa.
A pesar de la absolución de Medina, la Fiscalía aún puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, lo que podría alargar el proceso judicial en caso de que se presente un recurso.