25.04.2024 |
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IGUALDAD LEY DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA

Interrumpir el embarazo sin permiso de los padres con 16 años aprobado en el Congreso

Por 190 votos a favor y 154 en contra la norma pasa al Senado, donde será refrendada para luego entrar en vigor

La ministra de Igualdad, Irene Montero, defendiendo la ley en el Congreso.Jesús Hellín / Europa Press
La ministra de Igualdad, Irene Montero, defendiendo la ley en el Congreso.Jesús Hellín / Europa Press
Interrumpir el embarazo sin permiso de los padres con 16 años aprobado en el Congreso

El Pleno del Congreso ha dado luz verde este jueves a la reforma de la ley del aborto, que garantiza esta prestación en hospitales públicos, y elimina la obligatoriedad del consentimiento paterno para las menores de 16 y 17 años, con lo que el texto continuará su tramitación parlamentaria en el Senado.

Con la aprobación del proyecto de ley impulsado por el Ministerio de Igualdad, que ha contado con 190 a favor, 154 en contra, entre ellos PP, Vox y Ciudadanos, y 5 abstenciones, se da, en palabras de la ministra Irene Montero, "un paso muy importante" para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en España.

Montero ha agradecido a la mayoría feminista de la Cámara su apoyo a la futura norma y ha recordado a figuras como a las once de Basauri, Justa Montero o la exministra de Igualdad Bibiana Aído.

"Las leyes feministas siempre tienen muchas madres", ha enfatizado la ministra, quien ha ensalzado el feminismo como "el principal impulso democratizador" de la sociedad en "este momento difícil para la democracia" y "en un contexto de ofensiva reaccionaria".

La ministra ha destacado que la reforma garantiza que las mujeres puedan abortar en el hospital público más cercano a su domicilio, recupera el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo para las chicas de 16 y 17 años sin necesidad de tener el permiso paterno, facilita el acceso a los anticonceptivos de última generación y procura educación afectivo sexual en las escuelas.

Estas son las claves de la nueva ley:

ABORTO

  • Las mujeres de 16 y 17 años podrán interrumpir voluntariamente su embarazo sin necesidad de contar con el permiso de sus padres. Se recupera lo que establecía la ley de plazos aprobada por Zapatero en 2010 y que Rajoy cambió en 2015 sólo en este punto para exigir autorización paterna a las menores.
  • Las menores de 16 años a quienes sus padres nieguen el permiso para abortar tendrán la capacidad para pedir que se nombre un defensor judicial para resolver el conflicto. El procedimiento será urgente e intervendrá la Fiscalía en él.
  • Hay cambios en los protocolos. Se eliminan los tres días de reflexión obligatorios desde que una mujer pide abortar para reafirmarse en su decisión y, por tanto, también se suprime su incumplimiento como delito en el Código Penal. Además, se dejará de entregar el sobre con información a las mujeres que vayan a abortar. Sólo se le dará a quienes lo pidan.
  • Se excluye a los médicos inscritos en el censo de objetores de los comités clínicos que analizan si una mujer puede abortar más allá de la semana 22. La ley mantiene que sólo está permitido en casos de malformaciones incompatibles con la vida o por una enfermedad grave e incurable. Asimismo, la opinión de estos comités ya no será la definitiva. La mujer podrá recurrir a la vía jurisdiccional cuando no esté conforme con la decisión.
  • Las que interrumpan su embarazo tendrán derecho a un periodo de baja y se incorpora la provisión de asistencia y acompañamiento integral y especializada en esos casos.
  • Los centros de salud distribuirán la píldora del día después de forma gratuita y en centros servicios de salud sexual y reproductiva. Ahora hay que ir a una farmacia y pagar unos 20 euros.

HOSPITALES PÚBLICOS Y OBJECIÓN DE CONCIENCIA

  • La ley blinda el acceso al aborto en la sanidad pública, en todos los hospitales de la red y la opción de hacerlo lo más cerca del domicilio. El objetivo es evitar que una mujer tenga que desplazarse hasta cientos de kilómetros para ir a otras comunidades autónomas. En los últimos cinco años hay hasta 12 provincias donde no se ha notificado ni una sola interrupción voluntaria del embarazo.
  • La objeción de conciencia se garantiza como un derecho individual del personal médico. Se crea un registro en el que inscribirse, del mismo modo que en la ley de la eutanasia.
  • Con este se quiere detectar dónde hay carencia de personal para practicar abortos y se obliga a la administración a contratar para que sí lo haya disponible en cada hospital.
  • Los objetores lo serán tanto para la sanidad pública como para la privada, impidiendo que haya el que se niegue en un hospital público lo haga lucrándose en una clínica.

BAJA POR REGLA DOLOROSA Y SALUD MENSTRUAL

  • La ley regula por primera vez en un país europeo el derecho de una mujer que sufra reglas muy dolorosas a cogerse una baja laboral. Se incluirá en el catálogo de causas que generan incapacidad temporal. Estará financiada íntegramente desde el primer día por el Estado, y no por la empresa. Además, no se exigirá a la trabajadora ningún número mínimo de días cotizados a la Seguridad Social para acceder a esta baja, como sí ocurre en otras causas.
  • Esta baja menstrual, a menudo relacionada con enfermedades, estará dictaminada por un médico y no tendrá una duración máxima de días (al principio se habló de tres). Para acceder a ella no es necesario tener una patología diagnosticada.
  • Para combatir la "pobreza menstrual" se repartirán gratis productos de higiene femenina en institutos, prisiones, centros de la mujer, centros cívicos, centros sociales u organismos públicos.

MATERNIDAD

  • Se crea una baja preparto desde la semana 39 de gestación, que no consumirá ningún día del permiso de maternidad.
  • Se fomentarán las buenas prácticas en todas las etapas del embarazo, especialmente, en el parto y en el postparto.

ANTICONCEPTIVOS

  • Las píldoras de última generación volverán a estar cubiertas por la Seguridad Social.
    La norma promoverá los métodos de anticoncepción masculina.

"VIOLENCIAS REPRODUCTIVAS"

  • Se estipula que la gestación subrogada, llamada coloquialmente "vientre de alquiler", es una forma de "violencia" contra las mujeres. En base a esa consideración se prohibirá la publicidad de las empresas de intermediación que facilitan el acceso a esta práctica en países donde es perfectamente legal. En España seguirá siendo una actividad prohibida.
  • Igualdad pretendía que se persiguiera con penas de cárcel a los padres de hijos nacidos por gestación subrogada aun habiéndolo hecho en países donde es legal. El Ministerio de Justicia lo frenó.
  • Se considera violencia contra las mujeres la esterilización forzosa para las discapacitadas así como los embarazos y abortos en contra de la voluntad.

EDUCACIÓN SEXUAL

  • La educación sexual será integral en las principales etapas educativas con el foco en el consentimientos y los buenos tratos.
  • Reparto de forma gratuita métodos barrera de anticonceptivos en centros educativos vinculado a campañas sobre educación sexual.
  • Se crearán centros públicos de atención especializada en salud sexual y reproductiva y una línea de atención telefónica.
  • Formación en educación sexual y menstrual a profesores, funcionarios de prisiones y trabajadores públicos.

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