García Ortiz, al descubierto: filtraciones, favores y una condena histórica
El exfiscal general García Ortiz protagoniza el mayor escándalo judicial de la década: filtró un correo confidencial, fue condenado por el Supremo y ahora el Ejecutivo trata de salvarlo con un indulto a medida
La condena al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos mantiene consecuencias legales que ni el Gobierno puede borrar. Aunque el Ejecutivo de Pedro Sánchez baraja un indulto parcial, la ley es clara: la responsabilidad civil no se extingue con esta medida de gracia.
Según establece el artículo 6 de la Ley de Gracia de 1870, el indulto puede afectar a las penas principales y accesorias, pero «nunca comprenderá la indemnización civil». Por tanto, García Ortiz deberá abonar los 10.000 euros impuestos por el Tribunal Supremo a Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.
El mismo precepto legal también impide devolver la multa de 7.200 euros si esta ya ha sido pagada, aunque el indulto la perdonara.
Una jugada sibilina que no evita las consecuencias
En un movimiento estratégico, García Ortiz presentó su dimisión como fiscal general antes de que el Tribunal Supremo lo inhabilitara. El BOE publicó el 9 de diciembre su cese a petición propia, algo que invalida la ejecución de la pena de inhabilitación, ya que no ostenta ya el cargo. Así, se elude el cumplimiento efectivo, aunque no la expulsión automática de la Carrera Fiscal, que le será aplicada por la comisión de un delito doloso en el ejercicio de sus funciones.
«¿Qué servicios ha prestado García Ortiz para que el Gobierno se los agradezca expresamente?», se preguntan fuentes jurídicas tras el gesto del Ejecutivo en el decreto oficial.
El Supremo ordena el pago inmediato
El pasado 12 de diciembre, el Supremo dictó auto de ejecución de sentencia, ordenando el pago íntegro de los 10.000 euros de indemnización y la multa correspondiente. En caso de impago de la sanción económica, por cada dos cuotas no abonadas se aplicaría un año de prisión subsidiaria, como estipula el artículo 53 del Código Penal.
A su vez, el indulto no podría ser total, al no poder perdonar la inhabilitación ya ejecutada de facto, ni la indemnización. Según el artículo 4 de la ley citada, «será un indulto parcial la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas», lo cual limita su impacto real.
Una condena histórica por una filtración política
La sentencia del Tribunal Supremo ha supuesto un hito judicial sin precedentes: es la primera vez que un fiscal general del Estado es condenado por delitos cometidos durante su mandato. El tribunal consideró probado que García Ortiz filtró a la Cadena SER un correo confidencial del abogado de González Amador en el que este admitía dos delitos fiscales y proponía un pacto de conformidad con la Fiscalía.
Además de la filtración, se cuestionó también la difusión de una nota informativa oficial, lo que consolidó la tipificación del delito como revelación de secretos.