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La defensa de David Sánchez intenta frenar el juicio alegando contradicciones procesales

David Sánchez, hermano del presidente Pedro Sánchez, durante su declaración en el Juzgado de Instrucción nº3 de Badajoz, donde no pudo precisar las funciones ni la ubicación de la oficina que dirige en la Diputación de Badajoz.

El escrito pide aclaración al juzgado de Badajoz y cuestiona la competencia del órgano designado

La defensa legal de David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha presentado este jueves un escrito ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz solicitando la aclaración del auto de apertura de juicio oral, dictado el pasado 22 de mayo. El argumento central se basa en la existencia de recursos pendientes que, a juicio de la defensa, hacen inviable proceder con el juicio sin violar principios constitucionales básicos como la seguridad jurídica y el derecho a la tutela judicial efectiva.

Contradicciones entre resoluciones judiciales y recursos sin resolver

En el documento, el procurador de Sánchez señala que el juzgado dictó una providencia el 14 de mayo en la que se indicaba que, tras la presentación de las acusaciones, debía esperarse la resolución de los recursos de apelación presentados contra el auto de procedimiento abreviado antes de abrir juicio oral.

Sin embargo, el auto del 22 de mayo avanza el proceso sin esperar ese desenlace, lo que, según la defensa, representa una antinomia procesal grave. “En Derecho, una cosa no puede ser y no ser a la vez”, argumenta el escrito, denunciando la incoherencia jurídica que, de no corregirse, “afectaría a la validez del procedimiento”.

Entre los recursos aún no resueltos figura el interpuesto por el propio Ministerio Fiscal, lo que añade relevancia institucional a la controversia.

Disputa sobre la competencia judicial: ¿juzgado de lo penal o Audiencia Provincial?

La defensa también solicita una aclaración sobre la competencia del órgano de enjuiciamiento, subrayando que no debería corresponder a un juzgado de lo penal, como establece el auto, sino a la Audiencia Provincial de Badajoz. El argumento jurídico se basa en que uno de los delitos imputados, prevaricación, contempla penas de inhabilitación que justificarían el conocimiento del caso por un tribunal colegiado, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La representación legal acusa a las acusaciones populares de atribuir indebidamente esa competencia, cuando, según recalca, es competencia exclusiva del órgano instructor.

El contexto del aforamiento de Gallardo y la posición del Gobierno

Mientras tanto, el coimputado Miguel Ángel Gallardo, presidente de la Diputación de Badajoz, ha conseguido el aforamiento tras acceder a un escaño en la Asamblea de Extremadura, lo que desplazaría la causa al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx). Este movimiento ha sido interpretado como una estrategia procesal para alargar el procedimiento y modificar la jurisdicción.

El ministro de Justicia, Félix Bolaños, se ha pronunciado este viernes sobre la situación. En declaraciones realizadas en el Senado, ha calificado de “sorprendente” la decisión de abrir juicio oral sin esperar el fallo de la Audiencia Provincial. Bolaños advirtió que “las prisas no son buenas consejeras en decisiones judiciales de tal calado” y expresó su confianza en que el TSJEx reconduzca el proceso por los “cauces legales apropiados”.

Una causa con implicaciones institucionales y políticas

El caso, que afecta directamente al hermano del presidente del Gobierno, está siendo objeto de escrutinio político y mediático constante, especialmente tras conocerse que Manos Limpias, como acusación popular, solicita tres años de prisión tanto para Gallardo como para David Sánchez.

El proceso se enmarca en una serie de causas judiciales que también alcanzan a Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, y al entorno del exministro José Luis Ábalos, lo que ha generado preocupación en el Ejecutivo por la confluencia de frentes abiertos ante los tribunales.

La decisión final sobre si continuar con el juicio oral o suspenderlo hasta la resolución de los recursos interpuestos queda ahora en manos del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz. El fallo que se emita en respuesta a esta solicitud de aclaración marcará un precedente importante sobre el uso de los tiempos procesales, la interpretación de la competencia judicial y el equilibrio entre garantías legales y agilidad judicial.