ley de amnistía

El Constitucional avala la amnistía con los votos de los magistrados afines al Gobierno

El presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido y la vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Inmaculada Montalbán Huertas, presiden un Pleno jurisdiccional del TC. / Carlos Luján
El fallo legitima la norma impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez y da cobertura jurídica a Puigdemont y otros implicados en el procés

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado este jueves la Ley de Amnistía aprobada por el Gobierno para extinguir la responsabilidad penal de los implicados en el procés independentista catalán. La decisión ha sido adoptada por seis votos a favor frente a cuatro en contra, y supone un respaldo a la norma que fue clave para que Pedro Sánchez obtuviera el apoyo de Junts per Catalunya en su investidura como presidente.

Una mayoría progresista apoya la constitucionalidad de la ley

El Pleno, presidido por Cándido Conde-Pumpido, ha aprobado la ponencia redactada por la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, que defiende que la amnistía es compatible con la Constitución Española. Han votado a favor los magistrados del bloque progresista: Pumpido, Montalbán, Balaguer, Sáez, Díez y Segoviano.

Por el contrario, los magistrados del sector conservador (Enríquez, Arnaldo, Espejel y Tolosa) han emitido votos particulares discrepantes, defendiendo que la amnistía viola principios como la igualdad ante la ley, la división de poderes y la independencia judicial.

Rechazo a esperar al TJUE y legitimación del legislador

Una de las claves del fallo ha sido la decisión del TC de no esperar a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales españoles respecto a la ley. Según la mayoría del TC, la labor del Constitucional se limita a la revisión de la validez constitucional y no a la aplicación de derecho europeo.

Además, el fallo defiende que, aunque la Constitución no mencione explícitamente la figura de la amnistía, ello no implica su prohibición, ya que puede adoptarse en contextos excepcionales, como situaciones de reconciliación política o social.

Aspectos impugnados y alcance de la sentencia

El recurso presentado por el Partido Popular, firmado por 270 diputados y senadores, ha sido estimado parcialmente en relación a tres artículos menores de la ley, pero el núcleo de la norma, según el TC, no incurre en arbitrariedad ni vulnera la igualdad ni la jurisdicción de los jueces.

El TC también se desmarca de las motivaciones políticas que llevaron a la aprobación de la ley, alegando que el examen constitucional no entra a valorar los pactos políticos, sino el contenido normativo.

Esta resolución establece un precedente clave para los futuros recursos que se presenten contra la amnistía. Sin embargo, el TC no se pronuncia sobre la aplicación concreta de la ley al delito de malversación, que afecta directamente a Carles Puigdemont. La Sala Segunda del Tribunal Supremo ya dictaminó que el líder independentista no podría beneficiarse de la amnistía por ese delito agravado, aunque el Constitucional valide la norma en general.