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Hasta 6 años de cárcel y 10 de inhabilitación: las consecuencias penales que pesan sobre Begoña Gómez

La mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez (i) durante la segunda sesión del debate de investidura de Pedro Sánchez. / Eduardo Parra

La investigación se centra en la utilización de una asesora de Moncloa para gestionar patrocinios de la cátedra académica que dirige Gómez en la Universidad Complutense

La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, está ya imputada por un total de cinco delitos penales, entre ellos el de malversación de caudales públicos, tras una nueva decisión del juez Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid. La gravedad del escenario judicial que afronta Gómez coloca al Gobierno en una posición política delicada.

En concreto, se investigan los presuntos delitos de malversación de fondos públicos, tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca e intrusismo profesional. Esta última imputación surge por el uso, presuntamente irregular, de una asesora de Moncloa para tareas privadas relacionadas con sus intereses académicos y personales.

El juez Peinado señala un uso irregular de recursos públicos en beneficio privado

El pasado lunes, el juez Peinado amplió la investigación contra Cristina Álvarez, asesora de Gómez en la Presidencia del Gobierno, a quien también imputa por malversación, corrupción en los negocios y tráfico de influencias. En el auto judicial, se sostiene que Álvarez podría haber desviado recursos públicos para favorecer las actividades académicas de Gómez como directora de la Cátedra de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid.

El escrito cita un correo enviado por Álvarez a REALE Seguros, solicitando la renovación del patrocinio al máster que dirige Gómez. Además, se destaca la existencia de una relación personal previa entre ambas como fundamento del nombramiento de Álvarez, lo que podría indicar un uso clientelar del aparato del Estado para fines particulares.

Las penas: de dos a seis años por malversación, más inhabilitación

El delito de malversación de caudales públicos, según el artículo 432 del Código Penal, puede conllevar una pena de prisión de dos a seis años y una inhabilitación de seis a diez años para ocupar cargos públicos o ejercer el derecho al sufragio pasivo. En su modalidad menos grave, el artículo 432 bis prevé de seis meses a tres años de prisión cuando se usan bienes públicos sin ánimo de apropiación.

Además, Gómez podría enfrentarse a:

  • De seis meses a dos años de prisión por tráfico de influencias (art. 429 CP).

  • De seis meses a cuatro años de prisión por corrupción en los negocios (art. 286 bis CP).

  • De seis meses a tres años de prisión por apropiación indebida (art. 253 CP), o hasta dos años y multa si se considera infracción de propiedad intelectual (art. 273 CP).

  • Multas de hasta 24 meses por intrusismo profesional (art. 403 CP), e incluso hasta 12 meses de multa adicional si el delito implica una actividad profesional regulada sin título oficial habilitante.

Declaraciones previstas: 10 y 11 de septiembre

El juez ha fijado las declaraciones judiciales de Cristina Álvarez y Begoña Gómez para los días 10 y 11 de septiembre, respectivamente, en los juzgados de Plaza de Castilla. La fecha coincide con una vuelta del curso judicial cargada de causas sensibles para el Gobierno, incluyendo el juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y la reactivación del caso Koldo, lo que subraya la presión institucional y mediática a la que se verá sometido el Ejecutivo.

Expertos confirman un riesgo de hasta 17 años de prisión

El abogado penalista y profesor universitario Juan Ignacio Fuster-Fabra estima que, de ser hallada culpable en todas las causas abiertas, Begoña Gómez podría enfrentarse a una pena acumulada de hasta 17 años de prisión, dependiendo de cómo se apliquen las penas máximas previstas en cada uno de los artículos imputados.

"Las penas podrían oscilar entre tres años y medio y 17 años", explicó Fuster-Fabra a medios de comunicación. La clave estará en cómo se configure finalmente la acusación del Ministerio Fiscal y si el juez considera agravantes en la reiteración o acumulación de delitos.