19.04.2024 |
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TSJC da un día a Sanidad para que responda sobre el recurso de los hosteleros

Un camarero atiende a los clientes en una terraza de Paseo Pereda en Santander. / HARDY
Un camarero atiende a los clientes en una terraza de Paseo Pereda en Santander. / HARDY
TSJC da un día a Sanidad para que responda sobre el recurso de los hosteleros
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado de plazo hasta mañana, miércoles, a la Consejería de Sanidad para que se pronuncie sobre el recurso de los hosteleros contra la prórroga del cierre del interior de los establecimientos, antes de resolverlo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado la medida cautelar urgente solicitada por la Asociación de Empresarios de Hostelería de Cantabria, que ha pedido que se suspenda la decisión de mantener el cierre, y no se pronunciará sin escuchar antes a Sanidad.

En un auto, fechado hoy, da de plazo a la Consejería hasta las 9.00 horas de mañana, miércoles, para que informe sobre la medida cautelar y aporte la documentación que considere oportuna.

En su recurso, los hosteleros piden autorización para abrir el interior de bares y restaurantes porque consideran que "no existe prueba que justifique" que el cierre haya tenido mayor incidencia "en orden a la detención de los contagios por covid-19 que otras actividades permitidas, evite su aumento, reduzca la sobrecarga de la enfermedad y la mortalidad en la población, ni el colapso sanitario".

Entienden también que la administración debe "debe explicar el porqué, de qué modo y con cuánta intensidad incide la prohibición de cierre adoptada" en evitar la propagación de los contagios cuando en "catorce comunidades" se permite trabajar en el interior de los locales.

La asociación esgrime en el recurso que esta situación "resulta insostenible para el sector y los perjuicios son diarios", lo que, en su opinión, acredita la especial urgencia para adoptar la medida sin oír a la parte contraria.

En su auto la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha decidido desestimar los términos de esta petición y sí escuchará antes de pronunciarse a la Consejería de Sanidad.

El tribunal explica que la propia asociación "ha esperado unos días" para recurrir la resolución publicada el pasado viernes, que además es una nueva prórroga de la medida de cierre.

Para la sala, "la urgencia que justifica la adopción de una medida cautelar por el trámite solicitado no puede ser provocada por la propia parte recurrente”, lo que conlleva, añade, que "no pueda prosperar tal petición pues la urgencia ha de ser ajena a quien solicita la medida".

"La especial situación en que nos encontramos de un estado alarma y constante actualización de datos relativos a la pandemia justifican la ponderación de los intereses en juego, para lo cual ha de valorarse la justificación del mantenimiento del cierre como medida preventiva de salud pública con relación a la expansión o propagación de la covid-19", añade el tribunal. 

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