Transición energética

El proyecto de Aguayo encara la recta final de su tramitación

El Estado concede autorización administrativa previa a Repsol para ampliar la central hidroeléctrica. / a.e
El proyecto promovido por Repsol supera una fase clave tras la resolución publicada en el BOE y continúa su tramitación

La ampliación de la central hidroeléctrica reversible de Aguayo-Aguayo II ha recibido la autorización administrativa previa por parte del Estado, dando un paso decisivo en su tramitación. El proyecto, promovido por Repsol Generación Eléctrica, consolida el papel estratégico de Cantabria en el ámbito de las energías renovables, el almacenamiento energético y la transición energética en España.

La resolución, dictada por la Dirección General de Política Energética y Minas y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), permite avanzar en el desarrollo de esta infraestructura situada en San Miguel de Aguayo y Bárcena de Pie de Concha.

Refuerzo del sistema eléctrico en Cantabria

El proyecto contempla una potencia de 1.014 megavatios de turbinación y 1.181 megavatios de bombeo, además de las infraestructuras necesarias para la evacuación de energía. La iniciativa tiene como objetivo la construcción de una central hidroeléctrica reversible destinada a la generación de energía eléctrica, su conexión a la red de transporte eléctrico y el almacenamiento mediante bombeo hidráulico.

Este modelo de bombeo reversible permite alternar la producción y el almacenamiento en función de la demanda del sistema eléctrico, garantizando mayor estabilidad, eficiencia y seguridad energética.

Entre las características técnicas destacan cuatro turbinas hidráulicas con una potencia de 253,5 megavatios cada una, lo que convierte la actuación en uno de los proyectos energéticos más relevantes en Cantabria.

Nuevas infraestructuras eléctricas

La ampliación incluye una subestación eléctrica de 400 kV, una línea subterránea de 400 kilovoltios de aproximadamente un kilómetro, una línea aérea de alta tensión de 400 kV de 3,3 kilómetros y una línea de 12 kilovatios para el suministro auxiliar durante los periodos de inactividad.

La autorización administrativa previa queda sujeta al cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y a los condicionantes técnicos y ambientales aceptados por el promotor durante la tramitación.

Plazos administrativos y requisitos ambientales

El Estado ha fijado un plazo máximo de tres meses para solicitar la autorización administrativa de construcción. Antes de que concluya ese periodo, el promotor deberá justificar si las condiciones impuestas por la Declaración de Impacto Ambiental afectan a la potencia inicialmente prevista.

En caso de modificación, se deberán adoptar medidas para mantener la potencia autorizada en la solicitud presentada. El proyecto deberá acompañarse de la documentación técnica completa y de una declaración responsable de cumplimiento ambiental.

Si no se presenta la solicitud en el plazo establecido, la autorización quedará sin efecto por caducidad administrativa.

Recurso ante la Secretaría de Estado de Energía

La resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde su publicación.

Con este avance, Cantabria refuerza su posición en el desarrollo de infraestructuras energéticas, almacenamiento a gran escala y proyectos estratégicos vinculados a la energía hidroeléctrica, en un contexto de transformación del modelo energético nacional.