19.05.2024 |
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PLAN URBANISTICO CANTABRIA

Municipios sin plan urbanístico en Cantabria. Asignatura pendiente

La demora en la aprobación de los principales instrumentos de ordenación territorial, en particular el Plan Regional de Ordenación del Territorio, aunque no es la única causa, ha contribuido, al retraso aún mayor en la elaboración y actualización de los planeamientos urbanísticos municipales, una de las principales carencias de que adolece Cantabria

Plano urbanístico del municipio de Santaander y alrededores. / ALERTA
Plano urbanístico del municipio de Santaander y alrededores. / ALERTA
Municipios sin plan urbanístico en Cantabria. Asignatura pendiente

La falta de herramientas adecuadas y los retrasos en la actualización de los planes urbanísticos han desencadenado conflictos en el ámbito urbano. Un ejemplo evidente de esto son las sentencias de demolición que afectan a numerosas urbanizaciones y cientos de viviendas en los municipios costeros, donde la presión inmobiliaria es más intensa.

Estos problemas se han convertido en un serio obstáculo para la gestión de la ordenación territorial y ambiental, como lo demuestra la creciente tendencia a modificar la normativa existente como un intento de resolver de manera inmediata los problemas urbanísticos actuales. Sin embargo, esta alternativa conlleva el riesgo de retroceder en la incipiente dinámica de ordenación territorial en Cantabria.

El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), elaborado por el Ayuntamiento y aprobado por la Comisión Regional de Urbanismo, es el pilar fundamental del planeamiento municipal y se rige por criterios establecidos. Su desarrollo se realiza mediante Planes Parciales, que en su mayoría no pueden alterar el PGOU. La aprobación de estos Planes Parciales corresponde a los Ayuntamientos en municipios con más de 2.500 habitantes, o a la Comisión Regional de Urbanismo en los municipios más pequeños.

La normativa establece que los municipios con Planes Generales de Ordenación Urbana o Normas Subsidiarias en vigor deben adaptar sus instrumentos de planeamiento a lo establecido en la LOTRUSCA en un plazo de cuatro años, o en cualquier caso, durante la primera modificación que se tramite después de ese plazo.

Pasados cinco años desde la entrada en vigor de la Ley, el Consejero encargado de asuntos de urbanismo podría instar al Ayuntamiento a comenzar el proceso de adaptación de los Planes y Normas preexistentes. Si el Ayuntamiento no cumple, la Comunidad Autónoma podría tomar el control municipal en todos los aspectos. A pesar de que todos estos plazos han sido ampliamente superados, el Gobierno regional aún no ha ejercido la competencia prevista en la Ley.

EL PROT CONTINÚA EN FASE DE REDACCIÓN

El Plan Regional de Ordenación Territorial de Cantabria (PROT) sigue en proceso de redacción. Según la Ley 2/2001, era necesario desarrollar este plan para establecer las directrices de la ordenación del territorio en la Comunidad Autónoma. Esto implicaba identificar las pautas generales para el desarrollo socioeconómico y definir el modelo territorial deseado, que serviría como base para que otras Administraciones Públicas crearan sus propios instrumentos de planificación específicos.

En resumen, el PROT se concebía como un elemento fundamental para la ordenación del territorio en Cantabria, con el objetivo de promover su desarrollo sostenible. A pesar de esta obligación legal, el PROT aún no ha sido elaborado.

Desde el año 2008, los gobiernos han anunciado en numerosas ocasiones la realización de estudios y trabajos preliminares necesarios para redactar el PROT y su pronta presentación.

Sin embargo, hasta la fecha, ninguno de estos anuncios se ha materializado.

LA REALIDAD

En la actualidad, solo dieciocho municipios cuentan con Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU), y de estos, solo cinco han sido actualizados después de 2001, cumpliendo con la Ley 2/2001 (Santillana del Mar, Potes, Argoños, Comillas y Medio Cudeyo). Cincuenta y ocho municipios se rigen por Normas Subsidiarias, otros veinticinco dependen de Proyectos de Delimitación de Suelo Urbano, y dos no tienen ningún plan de ordenamiento (San Pedro del Romeral y Tresviso).

En resumen, de los ciento dos municipios de Cantabria, solo once (10.8%) tienen planes urbanísticos elaborados en el siglo actual y conformes a la Ley cántabra del Suelo vigente.

En contraste, cuarenta y ocho municipios siguen basándose en instrumentos urbanísticos anteriores, incluso en la Ley del Suelo de 1992 y la Ley del Suelo de 1976.

Esta situación plantea un problema significativo en el planeamiento urbanístico de Cantabria, ya que muchos de estos instrumentos carecen de adecuación legal para abordar las necesidades y demandas socioeconómicas y urbanísticas actuales, especialmente durante el auge de la construcción residencial desde mediados de los años noventa hasta el inicio de la actual crisis inmobiliaria.

Esta falta de adaptación se debe en parte a retrasos en la actualización de los planes a la legislación y normativas actuales. A pesar de la promulgación de la Ley de Cantabria 2/2001, algunos municipios aún aprobaron planes que no se ajustaban a ella. Además, durante los cinco años de plazo otorgados por la ley para adaptarse a las nuevas disposiciones, solo algunos municipios cumplieron, como Santillana del Mar en la costa occidental y Potes en la zona montañosa meridional de Liébana.

Esta resistencia local a elaborar planes acordes con la normativa regional ha provocado parálisis en el proceso de revisión y aprobación de los instrumentos de ordenación, lo que ha sido ampliamente denunciado por diversas instancias.

Como consecuencia, muchos municipios de Cantabria están experimentando un retraso perjudicial en su desarrollo económico y social, con PGOU paralizados durante más de una década en algunos casos, como Los Corrales de Buelna, Laredo y Camargo.

Varios factores contribuyen a esta situación, como la inacción de las administraciones local y regional, errores administrativos, demoras en la elaboración de planes territoriales regionales, falta de voluntad política, uso partidista del planeamiento, complejidad de la legislación urbanística, altos costos económicos y larga duración del proceso. También existe una falta de coordinación entre los ayuntamientos y la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU), que solo ha aprobado cinco planes generales entre 2004 y 2010.

No se debe pasar por alto que muchos proyectos han sido rechazados o devueltos por la CROTU y, en algunos casos, anulados por sentencias judiciales debido a diversas deficiencias, incluidas las medioambientales y las relacionadas con el crecimiento urbanístico desmedido y la clasificación incorrecta de suelo urbano. Esto ha sido más común en proyectos presentados durante la llamada «burbuja inmobiliaria».

Aunque la presión urbanística en Cantabria es menor que en otras regiones españolas, varios municipios, tanto en la costa como en el interior, han desarrollado planes urbanísticos desproporcionados, generalmente orientados a la construcción de viviendas vacacionales.

Muchos de estos planes desmesurados, incluidos algunos de los municipios con mayor crecimiento edificatorio, han sido anulados por sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, como Alfoz de Lloredo, Santa Cruz de Bezana, Polanco, Bareyo o Colindres.

Las sentencias definitivas de demolición en Cantabria

 

En muchas ocasiones, estas situaciones tienen su origen en la falta de coordinación entre las distintas instancias administrativas responsables de la ordenación territorial y el planeamiento urbanístico, lo que da lugar a auténticos conflictos urbanísticos. Estos problemas también ponen de manifiesto la avaricia de las entidades que promueven proyectos abusivos en el territorio.

Las sentencias relacionadas con el Plan Parcial del Alto del Cuco aumentaron el número de viviendas declaradas ilegales en Cantabria a casi mil trescientas desde 1994, cuando el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad emitió la primera orden de derribo. La demolición de los cuarenta y dos apartamentos en La Arena marcó un hito en el largo proceso judicial contra las construcciones ilegales en Cantabria.

Esto abrió la puerta a la posibilidad de que los afectados presenten reclamaciones millonarias contra los Ayuntamientos y el Gobierno regional, quienes autorizaron las construcciones y otorgaron las correspondientes licencias urbanísticas. Una vez finalizada la demolición, la empresa Cenavi presentó al Ayuntamiento de Arnuero una factura de 300,000 euros por los trabajos realizados.

Luego, la propia empresa, como propietaria de los edificios derribados, presentó una demanda civil reclamando una indemnización de cerca de ocho millones de euros por responsabilidad patrimonial al Ayuntamiento de Arnuero y al Gobierno de Cantabria. Este hecho también se ha utilizado ampliamente para generar una aparente oposición pública debido a los costos económicos y humanos involucrados.

En la actualidad, más de seiscientas viviendas en la costa de Cantabria, ubicadas en Argoños, Arnuero, Escalante, Miengo, Piélagos y Santillana del Mar, tienen sentencias firmes de demolición. En el municipio de Piélagos, varias urbanizaciones en Liencres tienen sentencias definitivas de demolición. Esto incluye a la urbanización Entrelindes, con una sentencia del Tribunal Supremo de septiembre de 2001 debido a su construcción en suelo no urbanizable. También las urbanizaciones Cerrias I y II tienen sentencias basadas en la falta de publicación del Estudio de Detalle, una clasificación inapropiada de los terrenos como suelos urbanos y, en el segundo caso, la infracción del artículo 138 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992.

En resumen, las carencias y deficiencias en la ordenación territorial y el planeamiento urbano, junto con las nuevas tendencias en el crecimiento residencial y la expansión urbana dispersa, están generando efectos perjudiciales de desarticulación espacial y degradación ambiental y paisajística en Cantabria, especialmente en las zonas costeras.

Sin embargo, lo que es aún más preocupante es el uso actual de los escasos instrumentos de planificación territorial disponibles para abordar problemas inmediatos a través de alteraciones poco claras y no coherentes con los principios, criterios y objetivos originales.

Esto ha llevado a una virtual desnaturalización de estos instrumentos, como en el caso de las recientes modificaciones de las Leyes del Suelo y el Plan de Ordenación del Litoral, que inicialmente se crearon para proteger el territorio y el paisaje, pero que ahora se enfocan en la conservación de urbanizaciones con numerosos problemas legales.

También es preocupante la introducción de mecanismos legales de complicidad entre los planes de ordenación territorial y los urbanísticos para eludir las decisiones judiciales contra las irregularidades e ilegalidades. Además, resulta difícil de entender cómo las modificaciones en los planes urbanísticos que convierten en urbanizables terrenos donde se llevaron a cabo actuaciones ilegales conforme a la normativa vigente en el momento de la construcción pueden tener un efecto retroactivo favorable.

Es igualmente incomprensible que la degradación posterior de un paisaje pueda justificar la legalización de actuaciones inmobiliarias y urbanísticas que contribuyeron a esa degradación, basándose en la filosofía relativista de adaptar las leyes a una «nueva realidad».

D.G.DE VIVIENDA Y SUELO. Base de datos de Planeamiento General Municipal. Actualización: 31 Mayo 2022
D.G.DE VIVIENDA Y SUELO. Base de datos de Planeamiento General Municipal. Actualización: 31 Mayo 2022
D.G.DE VIVIENDA Y SUELO. Base de datos de Planeamiento General Municipal. Actualización: 31 Mayo 2022
D.G.DE VIVIENDA Y SUELO. Base de datos de Planeamiento General Municipal. Actualización: 31 Mayo 2022

 

D.G.DE VIVIENDA Y SUELO. Base de datos de Planeamiento General Municipal. Actualización: 31 Mayo 2022
D.G.DE VIVIENDA Y SUELO. Base de datos de Planeamiento General Municipal. Actualización: 31 Mayo 2022
D.G.DE VIVIENDA Y SUELO. Base de datos de Planeamiento General Municipal. Actualización: 31 Mayo 2022
D.G.DE VIVIENDA Y SUELO. Base de datos de Planeamiento General Municipal. Actualización: 31 Mayo 2022

 

Municipios sin plan urbanístico en Cantabria. Asignatura pendiente
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