25.04.2024 |
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Cantabria toque de queda: La justicia cántabra se pliega ante las presiones del Gobierno regional

El auto cuenta con un voto particular de la magistrada Paz Hidalgo, quien considera que “las dos medidas limitativas de derechos fundamentales no son proporcionales ni están justificadas”.

Varias personas transitan con mascarilla por las inmediaciones de Puertochico en Santander. / S. Díaz
Varias personas transitan con mascarilla por las inmediaciones de Puertochico en Santander. / S. Díaz
Cantabria toque de queda: La justicia cántabra se pliega ante las presiones del Gobierno regional

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria dio luz verde a una nueva la limitación a la circulación y las reuniones de un máximo de seis personas entre la una y las seis de la mañana en 53 municipios de Cantabria.

En un auto dictado, el tribunal autoriza así al Gobierno de Cantabria a que adopte esta medida en un número determinado de municipios de la región y por un tiempo inicial de catorce días.

La resolución considera que las medidas que propone Sanidad “superan el juicio de proporcionalidad” y son “necesarias” y “equilibradas” ya que, tal y como recoge de la resolución del ejecutivo sometida autorización, “la transmisión comunitaria está descontrolada y se está generando una ola epidémica con las incidencias más altas jamás registradas en Cantabria”.

Las principales medidas que afectaban al derecho fundamental de movimiento, el cual está recogido en el artículo 19 de la Constitución Española, no se contemplaban fuera del marco del estado de alarma.

De este modo, el toque de queda quedaba fuera de la ecuación. Sin embargo, las comunidades autónomas se guardan la opción de acudir al Tribunal Superior de Justicia de cada región para avalarlos.

¿Es legal por tanto que existan toques de queda? En principio no, salvo que el Tribunal Superior de Justicia lo avale. Por ejemplo, el Tribunal Supremo se pronunció sobre este hecho y dejó la puerta abierta a implantarlo «si hay proporcionalidad».

Vox. La decisión del Tribunal Constitucional sobre el estado de alarma que recurrió Vox, para Ortega Smith, prueba que "todavía queda algo de Estado de Derecho" y de "Justicia que no está politizada".

Revilla. "Hay que tomar medidas restrictivas, pero que al mismo tiempo no paremos el desarrollo económico y, sobre todo, en este periodo estival donde en Cantabria esperamos tener una gran afluencia de gente", ha afirmado. Algo que para muchos hosteleros les está afectando enormemente y estas palabras del presidente de Cantabria, no tienen mucho de ciertas. 

Hostelería. Ha criticado que "una vez más la única solución que se impone para atajar estas situaciones es limitar la hostelería, el ocio controlado".

"¿Quién repone las lesiones de 450 empresas de Cantabria que se van a ver directamente afectadas?", ha cuestionado Cuevas, para demandar indemnizaciones urgentes a los negocios afectados.

"Ustedes no pueden con los botellones, ¿verdad?", ha preguntado a los dirigentes públicos, a los que ha instado a continuación a que "con el mismo bolígrafo que anuncian las restricciones, anuncien las ayudas".

EL TRIBUNAL.  La Sala de lo Contencioso entiende las medidas que limitan la circulación y las reuniones durante el horario nocturno “persiguen un fin de elevada relevancia constitucional” como es el derecho a la vida, “lo cual no puede justificar sin más cualquier medida restrictiva, pero permite afirmar la preponderancia de tal derecho sobre los que quedan afectados en este caso”.

En este sentido, señalan los magistrados que aparte de la vacunación “una de las medidas más apropiadas es la limitación del contacto social y de las actividades que lo propician”.

Además, añaden, “el avance de la vacunación no ha logrado, de momento, parar la expansión del virus” mientras que “la disminución de las hospitalizaciones y fallecimientos (fruto de la vacunación) no justifica la inactividad administrativa ante el alarmante aumento de los contagios”.

Voto particular. La magistrada Paz Hidalgo ha expresado su voto discrepante pues entiende que la medida planteada por el Gobierno de Cantabria “no supera el juicio de proporcionalidad” ni existe justificación de que la medida “resulte indispensable”.

Cantabria toque de queda: La justicia cántabra se pliega ante las presiones del Gobierno regional
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